Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/9/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS PROVINCIALES
PODER EJECUTIVO: Desígnase Presidente del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural Dto. Nº 1030
Rawson, 05 de septiembre de 2022
VISTO:
El Artículo 155, Inciso 3 de la Constitución de la Provincia del Chubut; y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 155, Inciso 3 de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Pública Provincial;
Que es necesario y adecuado designar a la persona que se desempeñe en el cargo de Presidente del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural;
Que por tal motivo se propone designar al señor Máximo Gabriel PEREZ CATAN, en el cargo Presidente del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural, Ad Honorem, a partir del 02 de septiembre de 2022;
Que la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- Designar, al señor Máximo Gabriel PEREZ CATAN DNI N 12.047.749 - Clase 1958 en el cargo Presidente del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural, Ad Honorem, a partir del 02 de septiembre de 2022.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamentos de Gobierno y Justicia.Artículo 3.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Sr. MARIO OSCAR RÍOS
A/C Ministerio de Gobierno y Justicia
PODER EJECUTIVO: Ratifícase la Adenda II al Convenio - CONVE-2022-78978591-APNDGDMTR
Decreto Nº 1084
Rawson, 21 de Septiembre de 2022

Viernes 30 de Septiembre de 2022

VISTO:
El expediente N 2550/2022-MGyJ; y, CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la ADENDA II al Convenio CONVE-2022-15912047-APNDGDMTR suscripto el día 17 de febrero de 2022 entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, representado por el Esc. Mariano ARCIONI, en su carácter de Gobernador de la Provincia de Chubut y el Ministerio de Transporte de la Nación representado por el señor Alexis GUERRERA
en su carácter de Ministro de Transporte y por el señor Marcos Cesar FARIÑA en su carácter de Secretario de Articulación Interjurisdiccional;
Que el referido Convenio fue protocolizado el 23 de febrero de 2022 al Tomo: 1 Folio: 143 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno;
Que el Convenio tuvo por objeto dar continuidad a la Compensación tarifaria a las empresas de Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del interior del país;
Que mediante decreto N 169/2022, se delegó en la Subsecretaría de Autotransporte Terrestre la distribución de los fondos transferidos en el marco del referido Convenio, para los meses de enero, febrero y marzo de 2022;
Que mediante decreto N 637/2022 se delegó en la Subsecretaría de Autotransporte Terrestre la distribución de los fondos transferidos en el marco del referido Convenio, para los meses de abril, mayo y junio;
Que a fin de cumplir el objetivo, el Ministerio de transporte de la Nación dispuso la prórroga de la resolución N 82/MTR, de fecha 11 de enero de 2022, para poder liquidar cuatro 4 nuevos pagos para los meses de julio, agosto, septiembre y octubre de 2022;
Que con ese objeto, el 1 de agosto de 2022, se suscribió entre la provincia del Chubut, representada por el Señor Ministro de Gobierno y Justicia y el Secretario de Articulación Interjurisdiccional del Ministerio de Transporte de la Nación, la ADENDA II CONVE-2022-78978591APN-DGDMTR que por este acto se ratifica;
Que la mentada ADENDA II fue protocolizada al Tomo:
3, Folio: 164 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, el 17 de agosto de 2022;
Que conforme lo establece el Convenio suscripto el día 1 de agosto de 2022, las sumas se distribuirán en cuatro 4 nuevos pagos para los meses de julio, agosto, septiembre y octubre de 2022, de acuerdo a la participación de cada una de las jurisdicciones, sin considerar los montos liquidados en el marco de la compensación por atributo social;
Que conforme la Cláusula Tercera del referido Convenio, la Provincia se obliga a dar íntegro cumplimiento a todas las obligaciones establecidas en el CONVENIO AÑO 2022;
Que la distribución será efectuada por la Subsecretaría de Autotransporte Terrestre del Ministerio de Gobierno y Justicia conforme a los Anexos de la resolución N 82/MTR 2022;
Que en virtud del artículo 135 inciso 1 de la Constitución de la Provincia del Chubut, corresponde dar cuenta del presente Convenio a la Honorable Legislatura;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha30/09/2022

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones4351

Primera edición07/01/2004

Ultima edición10/07/2024

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