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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 22/8/2022
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PÁGINA 30
BOLETÍN OFICIAL
10:00 horas en la sede del Instituto de Asistencia Social, sito en Pedro Martínez y Rivadavia de la ciudad de Rawson Capital de la Provincia del Chubut ante las autoridades correspondientes e interesados que concurran al acto.ADJUDICACION: Se hará por Resolución del Presidente del INSTITUTO DE ASISTENCIA SOCIAL.PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS VEINTICINCO MILLONES $25.000.000,00.EXPEDIENTE: 2722-IAS/22.VALOR DE LOS PLIEGOS: PESOS DIEZ MIL
$10.000,00.VENTA DE PLIEGOS Y CONSULTAS:
Casa Central: Pedro Martínez y Rivadavia - Rawson Chubut - C.P. 9103 - Tel. 0280 4482-106/108/109
Delegación Comodoro Rivadavia: Avda. Fontana Nº 1500 - C.P. 9000 - Tel. 0297 4463334/4467992. Delegación Esquel: San Martín 1046 - C.P. 9200 Tel. 02945 451033/451044. Delegación Puerto Madryn: Avda. Guillermo Rawson Nº 159 - C.P. 9120 - Tel. 0280 4450230.P: 19, 22, 24, 26 y 29-08-22
FE DE ERRATAS
Se comunica al público en general que por un error involuntario en el Boletín Oficial N 13331 de fecha 15
de Enero de 2020, página 5, en la Ley XVIII N 104, se
Lunes 22 de Agosto de 2022
deslizaron errores en los siguientes párrafos del Artículo 2.
DONDE DICE:
A propuesta del Jefe de Policía podrán pasar a retiro aquellos Oficiales Superiores de la Repartición que ejerzan el cargo de Director de la Plana Mayor una vez transcurridos los seis 6 meses en el mismo, y cuenten con el mismo tiempo de servicios exigible en el párrafo anterior, la su vez deberá ser ratificada por el Poder Ejecutivo, quienes se retirarán con los beneficios en este artículo.
El personal pasado a situación de Retiro Obligatorio por aplicación del segundo y tercer párrafo recibirá la totalidad de los beneficios del grado jerárquico de revista al tiempo de quedar incluido DEBE DECIR:
A propuesta del Jefe de Policía podrán pasar a retiro aquellos Oficiales Superiores de la Repartición que ejerzan el cargo de Director de la Plana Mayor una vez transcurridos los seis 6 meses en el mismo, y cuenten con el mismo tiempo de servicios exigible en el párrafo anterior, la que a su vez deberá ser ratificada por el Poder Ejecutivo, quienes se retirarán con los beneficios previstos en este artículo.
El personal pasado a situación de Retiro Obligatorio por aplicación del segundo y tercer párrafo percibirá la totalidad de los beneficios del grado jerárquico de revista al tiempo de quedar incluido.
TASAS RETRIBUTIVAS - AÑO 2022- LEY XXIV N 99
TITULO V: TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS
Artículo 53.- Fíjase el valor Módulo en $ 1,50 PESOS UNO CON CINCUENTA CENTAVOS para los Capítulos I del presente Título, salvo en los casos que se indique expresamente otro valor.
BDIRECCION DE IMPRESIONES OFICIALES
Artículo 55.- Fíjanse las siguientes tasas Retributivas para la venta de ejemplares del Boletín Oficial y para las publicaciones que en él se realizan, que se expresan en MODULOS en el siguiente detalle:
a 1.
2.
3.
4.
5.
Ejemplares del Boletín Oficial.
Número del día Número atrasado Suscripción anual Suscripción diaria Suscripción semanal por sobre
b Publicaciones.
1. Por centímetro de columna y por día de Publicación, de remates, convocatorias, asambleas, balances de clubes, cooperativas y otros 2. Por página y por día de publicación de balances de sociedades anónimas 3. Por una publicación de Edictos Sucesorios 4. Las tres publicaciones de edictos Sucesorios 5. Las tres publicaciones de descubrimientos de minas y concesión de canteras y edictos de mensura minera 6. Las dos publicaciones de edictos de exploración y cateo 7. Las cinco publicaciones de avisos de comercio Ley 11867
8. Por tres publicaciones de comunicado de Mensura 9. Los folletos o separatas de Leyes o Decretos Reglamentarios
M 44
M 52
M 4403
M 9686
M 4843
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66,00
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78,00
$ 6604,50
$ 14529,00
$ 7264,50
M 101
M 2743
M 686
M 2052
M 5030
M 3919
M 3522
M 3522
M 344
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151,50
4114,50
1029,00
3078,00
7545,00
5878,50
5283,00
5283,00
516,00