Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/5/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 14

BOLETÍN OFICIAL

mento Tehuelches, como parte del acervo hereditario de la Sucesión ab intestato López Rey Héctor Expte.
N 305 año 2.021 en trámite por ante el Juzgado de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut.
Artículo 2.- APRUEBASE el Plan de Manejo LOTEO
AGRESTE LAGO2 presentado los Sres. Federico Gustavo López Rey y Mónica Susana Miranda; Administradores Judiciales de la Suc. López Rey, Héctor para el predio identificado catastralmente como Lote 10L, Fracción C, Sección HIII, Ejido de Río Pico, Departamento Tehuelches, cuyo Responsable Técnico es el Ingeniero Agr. Arnoldo DIAZ.
Artículo 3.- Supeditar la entrada en vigencia de los dispuesto en el artículo precedente al resultado de la Evaluación Ambiental y de la Comisión de Loteo Agrestes, debiendo someterse los interesados al cumplimiento de las prescripciones de la Ley XI N 35 y de las que la Autoridad de Aplicación considere pertinentes, bajo y apercibimiento de revocar la presente y aplicar las sanciones que correspondiere.
Artículo 4.- Sera responsabilidad del TITULAR DEL
Plan de Manejo y del Responsable llevar adelante las siguientes medidas:
- SOBRE EL CONSORCIO DE COPROPIETARIOS
a Presentar la reglamentación y aspectos de funcionamiento del CONSORCIO de COPROPIETARIOS Vecinos donde se exprese claramente la injerencia del RESPONSABLE TÉCNICO en todas las determinaciones de uso e intervenciones del bosque, sea cual sea el motivo o causa. Esto, tanto para los espacios comunes de Reserva de Bosque, como dentro de los lotes particulares, b Que la totalidad de los costos derivados del cumplimiento del Plan de Manejo, así como la implementación de Pautas para la Prevención y Control de Incendios sean asumidos por CONSORCIO DE COPROPIETARIOS.
c Que los adquirentes de lotes y COPROPIETARIOS sean informados desde un inicio en relación a las normas que aplican sobre el barrio. La determinación de Área de Implantación AIM de las estructuras edilicias, caminos y toda construcción nueva en los lotes particulares deberá estar sujeta a la aprobación del RESPONSABLE TECNICO en el marco de los reglamentos de Anexos del Plan de Manejo, d Que cada nuevo COPROPIETARIO firme ante Escribano Publico un ejemplar de los reglamentos internos, así como la documentación que contenga las normas derivadas del Plan de Manejo, esta documentación que deberá presentarse ante la SB para ser incorporada al Plan de Manejo, junto con los Planos de cada nueva edificación a construir.
e Correrá por cuenta del CONSORCIO DE COPROPIETARIOS, la implementación de un sistema de alerta temprana, pre supresión, prevención y combate inicial de incendios forestales. Sera necesario generar la organización y logística local, incorporar un equipo de ataque inicial conformado por herramientas manuales y autobomba en funcionamiento para iniciar trabajos de control ante un eventual foco de incendios hasta la llegada de la Brigada del SPMF.-SOBRE EL MANEJO DEL BOSQUE Y EL
MONITOREO

Martes 3 de Mayo de 2022

f Que toda la intervención en el espacio cuente con el visado del RESPONSABLE TECNICO del Consorcio. La SB tendrá como INTERLOCUTOR para las solicitudes, permisos y seguimiento de actividades al RESPONSABLE TECNICO.
g Que los titulares de lotes realicen las solicitudes por intermedio del RESPONSABLE TÉCNICO, quien evaluará, dará el visto bueno y gestionará el conjunto de las solicitudes ante la autoridad forestal, h Deberá incorporar en el Reglamento de Responsabilidad con el Medio Natural y Social la siguiente prohibición con respecto; a la extracción de leña dentro del Loteo Agreste Lago 2 QUEDA PROHIBIDO EN TODA EL
AREA DEL LOTEO AGRESTE LA EXTRACCION DE EJEMPLARES PARA PRODUCCION COMERCIAL DE LEÑA, SE
PERMITIRA EL USO DE MATERIAL LEÑOSO QUE SURJA
COMO PRODUCTO DE TAREAS DEBIDAMENTE AUTORIZADAS por las autoridades competentes Secretaría de Bosques, Municipalidad de Río Pico, etc..
i Presentar ante la Secretaría de Bosques, o institución que en el futuro la reemplace, un Informe Anual de Monitoreo de acuerdo al PM de las principales variables de seguimiento de la superficie y calidad del bosque, y los informes que sean necesarios para notificar a la Secretaría de Bosques ante cualquier eventualidad y /o detección de situaciones no previstas y/o no autorizadas.
j La Secretaría de Bosques deberá responder en un plazo no mayor a 30 días corridos, a fin de dar continuidad a la tramitación.
- SOBRE LA PREVENCION Y CONTROLDE INCENDIOS
k Deberá proyectar como medida de seguridad, ante una contingencia de mayores dimensiones p r incendio, dentro de la distribución de los espacios del loteo, un sector libre de vegetación combustible y viviendas, de dimensiones suficientes que pueda ser utilizado como punto de encuentro para una eventual evacuación de vecinos. El mismo debe estar ubicado en un lugar estratégico, conectado con salidas previstas de escape del predio. Como referencia podría tomarse algún predio /
cancha de práctica de deportes, que debe corresponder a un lugar abierto verde o de suelo mineral.
l Incorporar al PM la localización, distribución de los tanques australianos o cisternas para almacenamiento de agua, así como sus capacidades y considerando la importancia de poder contar con una fuente de agua cercana, en un radio no mayor a 300 metros de distancia.
ll Se deberán tomar las previsiones para que al necesitar controlar un eventual foco de incendio, haya suficiente agua en los reservorios. Por lo tanto, es necesario que se cuente con un sistema de recuperación de los reservorios en forma permanente.
Artículo 5.- El TULAR Y LOS FUTUROS COPROPIETARIOS deberán informarse semanalmente del índice de peligrosidad de incendios forestales emitido por el Servicio Provincial de Manejo del Fuego SPMF durante los meses de temporada estival, adecuando las actividades que impliquen el uso del fuego a tales índices.Artículo 6.El TITULAR
Y LOS
FUTUROSCOPROPIETARIOS Y/O personal que ellos designen, deberán capacitarse para iniciar los trabajos de control de ante un eventual foco de incendio, en acuerdo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/5/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha03/05/2022

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones4352

Primera edición07/01/2004

Ultima edición11/07/2024

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