Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/4/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 21 de Abril de 2022

BOLETÍN OFICIAL

der conforme los artículos 17 inc. m n y 18 inc. c de la Ley V N 71 según corresponda.
Cuarto: Emplazar al nombrado para que dentro del término de quince 15 días de notificado ingrese a la Tesorería de la Municipalidad de José de San Martin o gire a su orden como perteneciente a este expediente, la suma fijada en el artículo primero, debiendo acreditar ante este Tribunal mediante constancia fehaciente y efectuado que fuera - el pago de la multa aplicada.
Quinto: La multa dispuesta en el artículo primero que no se haya hecho efectiva en el término indicado, será descontada de los haberes del responsable, conforme lo dispuesto en el artículo 17º in fine de la Ley V
Nº 71, sin perjuicio de hacer uso, de resultar pertinente, de lo dispuesto en el art. 60 de la Ley citada.
Sexto: Regístrese, notifíquese al responsable y remítase copia de la presente a la Tesorería de la Municipalidad de José de San Martin a los efectos de que registre la multa aplicada. Cumplido, ARCHIVESE.
Presidente Cra. Liliana Underwood.
Vocal Dr. Martin Meza.
Vocal Cr. Sergio Camiña.
Vocal Dr. Tomas Antonio Maza.
Vocal Cr. Antonio Cimadevilla Ante mi Dra. Irma Baeza Morales
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 26/2022
Rawson Chubut, 09 de Marzo de 2022
VISTO: El Expediente Nº 39.520, año 2020, caratulado: MUNICIPALIDAD DE CAMARONES - S/
Rendición de Cuentas Ejercicio 2020;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 063/
21F.3 la Sub-Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de Camarones no ha dado respuesta a la Nota N 008/22F.3.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 18º inc c, según corresponda, de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resultan responsables: Intendente: Sra. Claudia Alejandra LOYOLA; y Tesorero: Sr. Sergio Pablo LOPEZ, de dar respuesta a lo solicitado mediante Nota N008/22F.3.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de CAMARONES: Intendente: Sra. Claudia Ale-

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jandra LOYOLA; y Tesorero: Sr. Sergio Pablo LOPEZ, a dar respuesta a lo solicitado mediante Nota N008/22F.3
dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente art.
40º de la Ley Nº V-71, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme los artículos 17º incisos m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V71, según corresponda.
Segundo: Regístrese y notifíquese hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cúmplase.
Presidente Cra. Liliana Underwood.
Vocal Dr. Martin Meza.
Vocal Cr. Sergio Camiña.
Vocal Dr. Tomas Antonio Maza.
Vocal Cr. Antonio Cimadevilla Ante mi Dra. Irma Baeza Morales
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 27/2022
Rawson Chubut, 09 de Marzo de 2022
VISTO: El Expediente Nº 38.619, año 2019, caratulado: MUNICIPALIDAD DE CAMARONES - S/
Rendición de Cuentas Ejercicio 2019;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 062/
22F.3 la Sub-Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de CAMARONES no ha dado respuesta a lo solicitado mediante Nota N004/
22F.3.
Que por Acuerdos Nros. 408/00 y 220/96 dictados por este Tribunal se aprueban normas para la presentación de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas por los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resultan responsables: Intendente: Sra. Claudia Alejandra LOYOLA; y Tesorero: Sr. Sergio Pablo LOPEZ, de dar respuesta a lo solicitado mediante Nota N004/
22F.3.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de CAMARONES: Intendente: Sra. Claudia Alejandra LOYOLA; y Tesorero: Sr. Sergio Pablo LOPEZ, a dar respuesta a lo solicitado mediante Nota N004/22F.3, dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda Segundo: Regístrese y notifíquese hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cúmplase.
Presidente Cra. Liliana Underwood.
Vocal Dr. Martin Meza.
Vocal Cr. Sergio Camiña.
Vocal Dr. Tomas Antonio Maza.
Vocal Cr. Antonio Cimadevilla Ante mi Dra. Irma Baeza Morales

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/4/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha21/04/2022

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones4344

Primera edición07/01/2004

Ultima edición28/06/2024

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