Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 18/4/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 8

BOLETÍN OFICIAL

INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y
DESARROLLO URBANO

Res. N 262

15-03-22

Artículo 1º.- Dejar sin efecto el comodato otorgado por Resolución Nº 2745/17 IPVyDU, a favor de la señora ALVAREZ, Alcira DNI Nº 0.559.766 sobre la unidad habitacional identificada como Casa Nº 16 del Barrio 16 viviendas P.E.V.E.P Código Nº 15 - de la localidad de Río Senguer, por fallecimiento.
I: 12-04-22 V: 18-04-22

DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN Y CONTROL
AMBIENTAL

Disp. N 26

10-03-22

Artículo 1º.- APRUÉBESE el Informe Ambiental del Proyecto denominado: Montaje de línea eléctrica de media tensión 33kv e instalaciones asociadaszona sur Yacimiento Pampa del Castillo, condicionada a la presentación de la documentación detallada en los artículos subsiguientes, presentado por la empresa CAPEX
S.A. en su carácter de responsable técnico de la elaboración del proyecto.
Artículo 2º.- La empresa CAPEX S.A., deberá presentar de manera previa al inicio de las obras:
a. Presentar Cronograma de obra actualizado con las modificaciones que surgieran y la fecha de inicio, sin excepción.
b. Presentar el permiso del superficiario en original o copia debidamente legalizada.
c. Gestionar de manera integral de las aguas grises y negras generadas, involucrando el tratamiento de nivel primario, secundario y terciario o avanzado, según lo establecido en la Resolución Nº 32/10, y presentar la documentación que así lo acredite de forma previa al inicio de las tareas.
d. Gestionar los residuos a generarse en cada etapa del proyecto, y presentar de forma previa al inicio de la obra la documentación que lo acredite.
e. Adjuntar las especificaciones técnicas en relación a los ensayos/pruebas a ejecutar, sin omitir empresas encargadas de las mismas y su realización, debiendo presentar la documentación que lo acredite sin excepción.
f. Presentar Lay Out correspondiente a la Estación Transformadora Pampa del Castillo, en la cual se visualicen las modificaciones y del Nuevo Centro de Transformación y Distribución.
g. Cumplir y presentar los procedimientos operativos específicos de este tipo de proyectos para controlar emergencias.
h. Cumplir el Plan de Monitoreo Ambiental P.M.A.
propuesto, presentando la documentación que así lo acredite, dentro de los plazos previstos en marco de la legislación vigente.

Lunes 18 de Abril de 2022

i. Cumplir el Plan de Gestión Ambiental PGA.
Artículo 3º.- La empresa CAPEX S.A. deberá presentar, a fin de evaluar la correcta aplicación de las medidas de mitigación propuestas, un Informe de Auditoría Ambiental cuando el proyecto se encuentre en un estado de avance del 50% y otro finalizado el mismo, debiéndose informar de manera previa la fecha de inicio de la obra.
Artículo 4º.- La fecha de inicio prevista para las tareas, no podrá en ningún caso exceder los DOCE
12 meses de aprobada la presente Disposición, caso contrario, la empresa CAPEX S.A. deberá presentar un estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de manera actualizada.
Artículo 5º.- El incumplimiento de los artículos anteriores, condiciona la plena vigencia de la presente Disposición, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder.
Artículo 6.- La presente Disposición de aprobación no exime al titular del proyecto de solicitar las autorizaciones que sean pertinentes para ejecutar el mismo.

Disp. N 27

10-03-22

Artículo 1.- INSCRIBIR con el N108 a la empresa CAPETROL ARGENTINA S.A. C.U.I.T. Nº 30-715654314, con domicilio Legal en Av. Pte. Roque Sáenz Peña Nº811, Piso 6º A, CP 1054 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el REGISTRO PROVINCIAL DE RESIDUOS PETROLEROS, como Generador de Residuos Petroleros a partir de la fecha de la presente.
Artículo 2.- La empresa CAPETROL ARGENTINA
S.A. deberá implementar el uso de bases de datos digitales, debiéndose proceder a su impresión y firma cruzada por parte del representante técnico, lo cual será volcado en un Libro de registros rubricado y foliado, que será acompañado de la presentación en versión digital. La información que deberá constar será la detallada: fecha, sitio de generación, evento casual, categorización del residuo, cantidad kg/m, transportista interno, dominio, chofer, transportista externo, dominio chofer, manifiesto de transporte, repositorio/recinto de acopio, operador, tipo de tratamiento, certificado de tratamiento, disposición final y observaciones. El libro de Registros deberá ser intervenido por este Organismo de manera previa a su utilización, por lo cual deberá remitirse para ello en un plazo que no podrá superar los 10 diez días de notificada la presente, a la Dirección General de la Comarca Senguer San Jorge, sin excepción.
Artículo 3.- La empresa deberá comunicar en forma inmediata, dentro de las DOCE 12 horas, a este Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable toda vez que se produzca un hecho que pueda generar daño al ambiente, en el marco de lo establecido en el Decreto Provincial Nº1151/15.
Artículo 4.- La empresa CAPETROL ARGENTINA
S.A. deberá presentar a este Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 6º del Decreto Provincial Nº1005/16, la actualización de la información establecida en el Anexo II, acompañada del Libro de Registro de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 18/4/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha18/04/2022

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones4368

Primera edición07/01/2004

Ultima edición02/08/2024

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