Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/8/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 26

BOLETIN OFICIAL

902 - CUIT N 30-53109044-2, con domicilio en Matías Strober N 3.775 Ciudad de Mar del Plata Provincia de Buenos Aires, por el término de Ciento Ochenta 180
días corridos contados a partir del día 21 de Agosto de 2017 hasta el 16 de Febrero de 2018 inclusive, una Constancia de No Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la Jurisdicción Chubut.-

Jueves 31 de Agosto de 2017

BLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A
LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS
MIL DIECISIETE.
Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
I: 29-08-17 V: 04-09-17

Res. N 470

18-08-17

Artículo 1.- Extender a favor del contribuyente PLASTICOS DISE SA, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral, Jurisdicción sede 904 - CUIT N 30-57317742-4, con domicilio en Bv. De Los Latinos N 6.315 de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, por el término de Ciento Ochenta 180
días corridos contados a partir del día 21 de Agosto de 2017 hasta el 16 de Febrero de 2018 inclusive, las Constancias de No Retención y No Percepción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la Jurisdicción Chubut.I: 29-08-17 V: 04-09-17

DECLARACIONES
HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
DECLARACIÓN Nº 15 /17-HL.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECLARA:
Artículo 1.- Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, en el marco de la Ley VII N 79, a través del Ministerio de Coordinación de Gabinete, implemente un Programa de Responsabilidad Social Empresaria orientado al desarrollo de la red y el servicio de tecnologías de la Información y las Comunicaciones a toda la Provincia, en particular a lo largo de la traza de las Rutas Nacionales N 3, 40, 25 y 26 y las Rutas Provinciales N 4 y 20.
Artículo 2.- Que en tal sentido vería con agrado que la Autoridad de Aplicación de dicha Ley convoque a empresas de transporte terrestre de cargas y pasajeros, así como a las empresas de servicios de comunicación y a las Cámaras Empresariales del Chubut a firmar convenios que formalicen el compromiso de Responsabilidad Social Empresaria, destinados a la efectiva implementación del servicio de tecnologías de la Información y las Comunicaciones a toda la Provincia, en particular a lo largo de la traza de las Rutas Nacionales N 3, 40, 25 y 26 y las Rutas Provinciales N 4 y 20.
Artículo 3.- Remitir copia al Ministerio de Coordinación de Gabinete incluyendo los considerandos.
Artículo 4 .- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido ARCHÍVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORA-

DAMIÁN EMANUEL BISS Secretario Legislativo Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
VISTO:
Resolución N 125/2016 de la Honorable Legislatura del Chubut.
Declaración N 028/2016 de la Honorable Legislatura del Chubut.
Ley VII N 79.
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución N 125/2016 la Honorable Legislatura declaró de Interés Legislativo la plena cobertura de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Red de Telecomunicaciones y los Servicios de Telecomunicación, toda la Provincia, en particular a lo largo de la traza de las Rutas Nacionales N 3, 40, 25 y 26 y las Rutas Provinciales N 4 y 20.
Que, por la Declaración N 028/2016, se solicitaba que el Poder Ejecutivo declarase de interés provincial la plena cobertura de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Red de Telecomunicaciones y los Servicios de Telecomunicación.
Que, por la misma, se solicitaba asimismo al Poder Ejecutivo Provincial la instrumentación de medidas necesarias para garantizar la plena cobertura de telefonía celular en la Provincia del Chubut.
Que, del mismo modo se instaba al Poder Ejecutivo del Chubut a desarrollar Políticas Públicas orientadas a que las Empresas prestatarias de los Servicios de Comunicaciones y Telefonía Celular que operan en nuestra Provincia, extiendan la red y el servicio de tecnologías de la Información y las Comunicaciones a toda la Provincia, en particular a lo largo de la traza de las Rutas Nacionales N 3, 40, 25 y 26 y las Rutas Provinciales N 4 y 20.
Que, en este sentido resulta fundamental que el Estado Provincial asuma un rol activo, planificando e implementando Políticas Públicas orientadas a asegurar servicio en condiciones de calidad y accesibilidad para toda la población, basado en el carácter federal de las Telecomunicaciones.
Que, hoy en día las comunicaciones tanto telefónicas como de internet constituyen un servicio fundamental tanto para casos de accidentes como para el desenvolvimiento de las actividades comerciales y de prevención de accidentes o denuncia de ilícitos.
Que, existe una amplia zona del entramado vial de la Provincia del Chubut que en la actualidad no posee cobertura de red de servicio de telecomunicaciones, lo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/8/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha31/08/2017

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones4368

Primera edición07/01/2004

Ultima edición02/08/2024

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