Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 8/5/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 16

BOLETIN OFICIAL

Carlina LC N 04.637.830, sobre la unidad habitacional de dos 2 dormitorios identificada como Departamento N 479 del Barrio 630 viviendas - plan FONAVI - Código 83 - de la ciudad de Puerto Madryn, de acuerdo a los considerandos.- Artículo 2: En virtud de la caducidad de la adjudicación resuelta por el Artículo 1 la señora GONZALEZ de MORALES, Carlina LC N 04.637.830 y el señor MORALES, Jorge Jacinto LE N 6.937.413, quedan impedidos de acceder en el futuro como adjudicatarios y/o beneficiarios de operatorias ejecutadas a través del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.Artículo 3: Regístrese, Comuníquese, y Cumplido, ARCHIVESE.- RESOLUCION N 825-IPVyDU - FIRMA señor Juan Martin BORTAGARAY Presidente del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.- El acto administrativo transcripto no es definitivo en la vía administrativa y los recursos que contra el mismo pueden interponerse son: A RECURSO DE RECONSIDERACION:
Deberá interponerse dentro del término de tres 3 días de notificado al acto que lo motiva, ante la misma autoridad que lo dictó.- B RECURSO JERARQUICO: Se interpondrá dentro del término de diez 10 días ante la autoridad que dictó el acto que lo motiva, pudiendo deducirse conjuntamente con el de reconsideración, en forma subsidiaria.- C RECURSO DIRECTO: Si la autoridad que produjo el acto recurrido no hiciera lugar al Recurso Jerárquico podrá recurrir directamente ante el Superior, dentro del término de tres 3 días, pidiendo que se le conceda el mismo.
Queda Ud. debidamente notificada.
Rawson, 30 de Marzo de 2017.Ing. Civil NELSON EDUARDO WILLIAMS
Gerente de Obras, Planeamiento y Control de Gestión Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano Tec. IVANA PAPAIANNI
Directora Social I.P.V. y D.U.
RAUL OMAR FERRERO
Abogado Director General de Asesoramiento Legal y Técnico Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano I: 08-05-17 V: 10-05-17
INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y
DESARROLLO URBANO
CEDULA DE NOTIFICACION
Señora SOSA, Ana Inés Casa N 24
B 42 Viv. - Gatica Const. - Código 1756
PUERTO MADRYN - CHUBUT

Lunes 8 de Mayo de 2017

Se notifica a la señora SOSA, Ana Inés DNI N
4.728.393, de la siguiente Resolución: Rawson, 21 de Marzo de 2017, VISTO: El Expediente N 1404/15MIPySP/ipv; y CONSIDERANDO: Que por Resolución N
3375/14-IPVyDU, se otorgó en carácter de Locación a favor de la señora SOSA, Ana Inés la unidad habitacional de dos 2 dormitorios, identificada como Casa N 24
del Barrio 42 viviendas - Gatica Construcciones Renglón II - Código 1756, de la ciudad de Puerto Madryn;
Que de acuerdo a los antecedentes obrantes en el presente Expediente, la citada unidad habitacional no es ocupada por la locataria y su grupo familiar, habiéndosele efectuado las notificaciones legales correspondientes, sin haber aportado las pruebas que hacen a sus derechos, por no ocupación; Que por nota del 1 de febrero de 2017, la señora Sosa, manifiesta que renuncia al beneficio otorgado; Que de acuerdo a lo expuesto se hace necesario regularizar el estado ocupacional de la vivienda en cuestión; Que por Decreto N 05/17, se designa al Presidente del Instituto Provincial de la vivienda y Desarrollo Urbano, quien ejerce las facultades, funciones y atribuciones que la Ley XXV - N 5 le otorga al Directorio del Organismo; POR ELLO: EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA
Y DESARROLLO URBANO RESUELVE:
Artículo 1: Dejar sin efecto la Locación otorgada por Resolución N 3375/14-IPVyDUa favor de la señora SOSA, Ana Inés DNI N 4.728.393, sobre la unidad habitacional de dos 2 dormitorios identificada como Casa N 24 del barrio 42 viviendas Gatica Construcciones - Renglón II - Código 1756 - de la ciudad de Puerto Madryn, por no ocupación.- Artículo 2: En virtud de la caducidad de la Locación resuelta por el Artículo 1 la señora SOSA, Ana Inés DNI N 4.728.393, queda impedida de acceder en el futuro como adjudicataria y/o beneficiaria de operatorias ejecutadas a través del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.- Artículo 3: Regístrese, Comuníquese, y Cumplido, ARCHIVESE.- RESOLUCION N 818-IPVyDU - FIRMA señor Juan Martín BORTAGARAY Presidente del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.- El acto administrativo transcripto no es definitivo en la vía administrativa y los recursos que contra el mismo pueden interponerse son:
A RECURSO DE RECONSIDERACION: Deberá interponerse dentro del término de tres 3 días de notificado al acto que lo motiva, ante la misma autoridad que lo dictó.B RECURSO JERARQUICO: Se interpondrá dentro del término de diez 10 días ante la autoridad que dictó el acto que lo motiva, pudiendo deducirse conjuntamente con el de reconsideración, en forma subsidiaria.- C RECURSO DIRECTO: Si la autoridad que produjo el acto recurrido no hiciera lugar al Recurso Jerárquico podrá recurrir directamente ante el Superior, dentro del término de tres 3 días, pidiendo que se le conceda el mismo.
Queda Ud. debidamente notificada.
Rawson, 30 de Marzo de 2017.Ing. Civil NELSON EDUARDO WILLIAMS
Gerente de Obras, Planeamiento y Control de Gestión Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 8/5/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha08/05/2017

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4363

Primera edición07/01/2004

Ultima edición26/07/2024

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