Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/12/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial LEYES PROVINCIALES
INCORPÓRASE AL PRESUPUESTO GENERAL DE
LA PROVINCIA 2017 LA CONSTRUCCIÓN DEL HOSP I TA L M AT E R N O I N F A N T I L D E C O M O D O R O
RIVADAVIA

LEY II Nº 179.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:
Artículo 1º.- Incorpórase al Presupuesto General de la Provincia 2017, la Construcción del Hospital Materno Infantil de Comodoro Rivadavia.
Artículo 2.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley surgirán de lo establecido en la Ley VII Nº 72 en su artículo 10º inciso d.
Artículo 3º.- Será Autoridad de Aplicación el Ministerio de Salud de la Provincia del Chubut.
Artículo 4.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, AL PRIMER DÍA DEL MES NOVIEMBRE DE DOS MIL
DIECISEIS.
Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. EDGARDO ANTONIO ALBERTI
Secretario Habilitado Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
Miércoles 21 de Diciembre de 2016

POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la: II Nº 179
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial MARIO DAS NEVES
Dr. GILARDINO ALBERTO

SUSTITÚYASE EL ARTÍCULO 34 DE LA LEY XII N9 LEY
ORGÁNICA DE PARTIDOS POLÍTICOS

LEY XII Nº 11
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:
Artículo 1.- Sustitúyase el artículo 34 de la Ley XII
N 9 Ley Orgánica de Partidos Políticos, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 34.- Los Partidos provinciales y municipales deberán respetar, para su organización interna y nominación de sus autoridades, el sistema democrático a través de elecciones periódicas, de conformidad con las prescripciones de su Carta Orgánica.
Artículo 2.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, AL
PRIMER DÍA DEL MES NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.
Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. EDGARDO ANTONIO ALBERTI
Secretario Habilitado Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
Dto. N 1845/16
Rawson, 05 de Diciembre de 2016
Dto. N 1846/16
Rawson, 05 de Diciembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que por imperio de lo prescripto por el artículo 140 de la Constitución Provincial ha quedado automáticamente promulgado el proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura el día 01 de noviembre de 2016 referente a la incorporación de la construcción del Hospital Materno Infantil de Comodoro Rivadavia al Presupuesto General de la Provincia año 2017;

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que por imperio de lo prescripto por el artículo 140
de la Constitución Provincial ha quedado automáticamente promulgado el proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura el día 01 de noviembre de 2016 referente a la sustitución del artículo 34 de la Ley XII N9 Ley Orgánica de Partidos Políticos;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la: XII Nº 11

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/12/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha21/12/2016

Nro. de páginas34

Nro. de ediciones4349

Primera edición07/01/2004

Ultima edición05/07/2024

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