Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/10/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Vétase Proyecto de Ley.
Dto. Nº 1392/14.
Rawson, 23 de Octubre de 2014.
VISTO:
El proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 02 de octubre de 2014, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N 220/
14 - P.HL., el día 09 de octubre de 2014; y CONSIDERANDO:
Que es política de este Poder Ejecutivo velar por el pleno funcionamiento del Sistema Republicano de Gobierno establecido en el Artículo Primero de las Constituciones Nacional y Provincial, y en tal sentido, proveer a la actuación independiente pero coordinada de los Poderes del Estado cuando expresan la voluntad pública;
Que en dicho marco institucional el Poder Legislativo ha sancionado una Ley mediante la cual se sustituye el artículo N 7 de la Ley XIX N 4, de Servicios de Policía Adicional;
Que en plena coincidencia con lo manifestado oportunamente por el Ministerio de Seguridad, este Poder Ejecutivo considera improcedente la modificación del mencionado artículo, por los motivos que se establecen en el presente;
Que en virtud de lo expuesto, al eliminarse el 10 %
que la norma vigente destina al mantenimiento, reparación y reposición de materiales y equipos, resulta manifiesta la alteración que se produce al régimen de ingresos en concepto de realización de servicios adicionales;
Que de ese modo se produce una gran disminución de los recursos de la Policía de la Provincia, atento que el ingreso proveniente de los servicios adicionales constituye la mayor fuente de financiamiento propia del Organismo, resultando el 18 % del presupuesto total del mismo con el destino que ya fuera señalado;
Que la modificación propiciada implica poner en riesgo la continuidad del sistema establecido para la reposición de uniformes policiales por medio del cual el Ministerio de Seguridad destina una suma fija anual de dinero, permitiendo que los propios agentes adquieran los uniformes conforme a sus necesidades personales, y evitando así el procedimiento histórico y burocrático de la distribución estatal de los mismos;
Que en el mismo sentido, el proyecto de Ley resulta poco beneficioso al Estado Provincial, que ve disminuida una fuente de ingreso destinada a la adquisición de elementos propios del servicio de seguridad y que
Viernes 31 de Octubre de 2014

no se ve compensado de manera tal que se justifique la modificación mentada;
Que, por otro lado, el presente proyecto de Ley no considera que el porcentaje de adicionales que percibe el Organismo implica una forma indirecta de control sobre la distribución y realización de estos servicios, ya que el destino del 100% de lo recaudado por las tasas para el personal constituye una privatización lisa y llana del servicio público de seguridad cumplido mediante servicios adicionales;
Que, finalmente, resulta evidente que la clara operatividad que ha tenido la Policía del Chubut mediante la utilización de fuentes propias se vería menguada por la restricción del acceso al recurso proveniente del 10% de las tasas del Servicio de Policía Adicional;
Que en razón de lo expuesto y en uso de la facultad que le otorga el artículo 142 de la Constitución Provincial éste Poder Ejecutivo considera necesario vetar totalmente el Proyecto de Ley sancionado;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1.- Vétase el Proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 02 de octubre de 2014, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N 220/14 - P.HL., el día 09 de octubre de 2014.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
Dr. MARTIN BUZZI
JUAN CARLOS GARITANO

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 1323

20-10-14

Artículo 1.- Dejar sin efecto la incorporación a la Planta Transitoria conforme Decreto N 836/08 de fecha Io de julio de 2008, al agente Darío Ezequiel BUSTAMANTE DNI N 28.482.498 - Clase 1981, a partir de la fecha del presente Decreto.
Artículo 2.- Mensualizar a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2014, al agente Darío Ezequiel BUSTAMANTE DNI N 28.482.498
- Clase 1981, en el cargo Oficial Superior Administrativo, Código 3-001- Clase I, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Dirección Registro Civil Delegación Trelew Norte de la Dirección General del Registro del Estado Civil y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/10/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha31/10/2014

Nro. de páginas34

Nro. de ediciones4372

Primera edición07/01/2004

Ultima edición08/08/2024

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