Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 23/4/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL
ANEXO Nº VI

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR
Y PROFESIONALIZACIÓN DEL PERSONAL
POLICIAL
DIRECCIÓN DE BIENESTAR Y
PROFESIONALIZACIÓN DEL PERSONAL
POLICIAL
MISIÓN:
Colaborar y asistir estrechamente con la Dirección General de Profesionalización del Personal Policial, en promover la profesionalización constante y el bienestar social de los integrantes de las fuerzas policiales y de seguridad desde una perspectiva integral.
FUNCIONES:
1. Colaborar en procesos de evaluación de desempeño del personal de las fuerzas policiales y de seguridad.
2. Colaborar e intervenir en el régimen disciplinario y las políticas de control de las fuerzas policiales y de seguridad.
3. Evaluar la formulación del perfil de los ingresantes a las fuerzas policiales y de seguridad.
4. Diseñar las políticas de promoción del bienestar social de los integrantes de fuerzas policiales y de seguridad desde una perspectiva integral que incluya su bienestar psico-físico, condiciones materiales de vida y condiciones laborales.
5. Elaborar proyectos a la Dirección General de Profesionalización del Personal Policial, respecto a la profesionalización de las fuerzas policiales y de seguridad, así como también capacitaciones.
6. Colaborar en la evaluar del desempeño del personal de las fuerzas policiales y de seguridad.
7. Intervenir en los planes de capacitación y formación del personal policial y de fuerzas de seguridad, con especial atención en la temática de derechos humanos y de género.
8. Capacitar en lo vinculado a mediación en manifestaciones públicas y protestas sociales.
9. Coordinar y acompañar el seguimiento de causas judiciales que investigan el desempeño de agentes de seguridad.
10. Diseñar, Coordinar e implementar políticas de promoción del bienestar social de los integrantes de fuerzas policiales y de seguridad.
REQUISITOS:
a Instrucción estudios de nivel superior completos.
b Experiencia previa afín al área.
ANEXO Nº VII
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
SUBSECRETARÍA DE PLAND7ICACION, FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD

Miércoles 23 de Abril de 2014

MISIÓN:
Compete al Subsecretario de Planificación, Formación y Capacitación de Seguridad asistir al Ministro de Seguridad y Justicia en todo lo concerniente a la seguridad de los habitantes de la provincia; a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los mismos, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.
FUNCIONES:
1- Asistir al Ministro en todo lo concerniente a la seguridad interior y al cumplimiento de los objetivos del Ministerio, conduciendo el sistema policial y de seguridad.
2- Asistir al Ministro en todo lo referido al conocimiento del sistema de seguridad, a través de la producción de la información criminal y estadísticas necesarias para establecer los objetivos.
3- Promover la participación comunitaria y de todos los habitantes de la provincia en aquellos temas, cuestiones, inquietudes y problemáticas que se relacionen con la seguridad pública. Fortaleciendo un posicionamiento colectivo frente a la problemática de la inseguridad.
4- Fortalecer los espacios de participación ciudadana con la incorporación de todos aquellos habitantes y/o instituciones que manifiesten interés en la propuesta, a fin de garantizar campos más amplios de acción y actuación directa.
5- Implementar mecanismos de control del funcionamiento policial con el fin de evaluarlo, construyendo un parámetro para la calificación y promoción del personal policial.
6- Diseñar, implementar y evaluar los programas de formación básica, profesional y técnico operativo que contribuyan al sistema de seguridad Provincial.
7- Desarrollar programas de formación y actualización profesional del personal, para articular con el Plan de Carrera Profesional.
8- Diseñar, administrar y definir los cupos de ingreso anual para cada uno de los subescalafones policiales de acuerdo a las vacantes previstas en la Ley de Presupuesto, teniendo en cuenta la planificación realizada en función de la evolución de la demanda de incorporación existente en el territorio provincial.
9. Diseñar e implementar instrumentos que promuevan un desarrollo armónico de la carrera del personal policial, basado en la mejora permanente de las competencias demostradas en el desempeño de sus funciones.
10. Revisar, analizar y convalidar la existencia de nuevos cargos, así como los cambios en los existentes, promoviendo las correspondientes modificaciones en los Nomencladores de Funciones del Personal Policial.
11. Establecer y mantener un vínculo dinámico y recíproco entre la Provincia y todo otro actor o entidad Internacional, Nacional Provincial o Municipal, público o privado, involucrado o interesado en cuestiones de seguridad de carácter común.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 23/4/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha23/04/2014

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4362

Primera edición07/01/2004

Ultima edición25/07/2024

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