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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/2/2014
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 2
Viernes 28 de Febrero de 2014
BOLETIN OFICIAL
Sección Oficial
nando hasta la fecha, a cuenta de futuros aumentos salariales a otorgar al personal de la Administración Pública Provincial.Artículo 7.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a los respectivos Programas y/o Actividades Específicas.-
DECRETOS SINTETIZADOS
ACTIVIDAD 1: CONDUCCION DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y CREDITO PUBLICO
JURISDICCION - 30 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y CREDITO PUBLICO - S.A.F. 30
PROGRAMA 1: CONDUCCION DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y CREDITO PUBLICO
05-12-13
Artículo 1º.- Modificar el detalle analítico de la Plantas Presupuestarias de Personal en la Jurisdicción 30 - Ministerio de Reconcomía y Crédito Público - Programa 1 Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público - Actividad 6
-Recursos Humanos - Programa 6 - Administración del M.E.y C.P. - Actividad 1 - Administración del M.E.y C.P.-Programa 26
- Administración Financiera y Gerenciamiento - Actividad 2 Programación y Administración de Ingresos y Gastos, Jurisdicción 91 - Obligaciones a cargo del Tesoro - S.A.F. 91 Programa 1: Administración de Obligaciones del Tesoro Actividad 1 - Administración Obligaciones del Tesoro - S.A.F
33 - Programa 7 - Conducción y Ejecución de la U.E.P Actividad 1 - Conducción y Ejecución de la U.E.P; Jurisdicción 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Bosques y Pesca - Programa 16 - Desarrollo Forestal - Actividad 1 Conducción Desarrollo Forestal y en la Jurisdicción 10 - S.A.F.
10 - Programa 1 -Conducción del M.C.G. - Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración del M.C.G y Actividad 4
- Administración de Personal.Artículo 2.- Modificar los Planteles Básicos de Personal en la Jurisdicción 30 - Ministerio de Economía y Crédito Público - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público - Actividad 6 - Recursos Humanos - Programa 6 - Administración del M.E.y C.P. - Actividad 1 - Administración del M.E.y C.P.- Programa 26 - Administración Financiera y Gerenciamiento - Actividad 2 - Programación y Administración de Ingresos y Gastos -, Jurisdicción 91 - Obligaciones a cargo del Tesoro - S.A.F. 91 - Programa 1: Administración de Obligaciones del Tesoro - Actividad 1 - Administración Obligaciones del Tesoro - S.A.F 33 - Programa 7 Conducción y Ejecución de la U.E.P - Actividad 1 -Conducción y Ejecución de la U.E.P, Jurisdicción 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Bosques y Pesca - Programa 16 - Desarrollo Forestal - Actividad 1 - Conducción Desarrollo Forestal y en la Jurisdicción 10- S.A.F. 10 -Programa 1 - Conducción del M.C.G. Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración del M.C.G y Actividad 4 Administración de Personal.Artículo 3.- Dejar sin efecto la incorporación a la Planta Transitoria, a los agentes que figuran en el Anexo Nro. IV, que forma parte del presente Decreto, a partir de 31 de julio de 2013.Artículo 4.- Mensualizar a partir del 1º de agosto de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, a los agentes que figuran en el Anexo Nro. IV, en los cargos allí detallados, que forma parte del presente Decreto.
Artículo 5.- Establecer que los agentes que en razón de su edad superan el límite legal permitido para el ingreso, al momento de cumplir con los requisitos de edad para cumplimentar los trámites jubilatorios, deberán realizar las acciones necesarias para obtener tal beneficio y dejar las vacantes a favor de otros compañeros de la Administración Pública, habilitando al Estado a intimar tal situación cuando se den los extremos legales pertinentes.Artículo 6.- Establecer que los agentes que perciban una remuneración mensual mayor a la del cargo a mensualizar, seguirán percibiendo el mismo sueldo que se le venía abo-
MINISTERIO DE ECONOMIA Y CREDITO PUBLICO
Dto. Nº 1800
ANEXO IV
AÑO 2013