Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/1/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 15 de Enero de 2014

BOLETIN OFICIAL

con más de cinco 5 años de experiencia en funciones análogas, o registrar en la Administración Pública diez 10 años de antigedad en el manejo de las disciplinas de fauna, medio ambiente o ecología.
ANEXO II
SECRETARIA DE TURISMO Y ÁREAS PROTEGIDAS
SUBSECRETARÍA DE CONSERVACIÓN Y ÁREAS
PROTEGIDAS
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN TÉCNICA
Y OPERATIVA
MISIONES:
- Proponer al Subsecretario de Conservación y Áreas Protegidas y ejecutar el diseño e implementación de instrumentos y acciones para la Conservación y el manejo de las Áreas Naturales Protegidas - Dirigir y supervisar la gestión operativa de las Áreas Naturales Protegidas y actuar de vínculo entre la Subsecretaría de Conservación de Áreas Protegidas y el Cuerpo de Guardafaunas.FUNCIONES:
a Entender en los programas de atención al visitante, referidos a la calidad de la visita y proponer las medidas necesarias para su mejoramiento, en materia de información y de interpretación de la naturaleza.
b Entender y supervisar los programas de interpretación de la naturaleza, extensión y educación ambiental.
c Intervenir en la implementación de buenas prácticas ambientales para las Áreas Naturales Protegidas.
d Entender en la elaboración y actualización de los Planes de Manejo.
e Intervenir en la elaboración de los Planes Operativos Anuales de las Áreas Naturales Protegidas.
f Supervisar el control del cumplimiento de las pautas establecidas en los Planes de Manejo de las Áreas Naturales Protegidas, en los que se refiere a los aspectos de su conservación y uso público.
g Otorgar y fiscalizar las concesiones y permisos, en relación a las ANP autorizadas por el plan de manejo, y disponer su caducidad por incumplimiento del concesionaria o permisionario o por motivos de interés público manifiesto.
h Realizar la gestión operativa de las Áreas Naturales Protegidas en cooperación con los responsables de las mismas.
i Diseñar, Ejecutar o Dirigir las obras necesarias para el funcionamiento de las Áreas Naturales Protegidas.
j Disponer la Logística y Apoyo para el funcionamiento de las Áreas Naturales Protegidas.
k Supervisar el proceso de elaboración de los Planes Operativos Anuales de las Áreas Naturales Protegidas, asegurando su ejecución y cumplimiento.
I Fiscalizar el cumplimiento de los convenios de usos permitidos suscriptos con particulares, como
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asimismo todo lo atinente a los servicios concesionados por el Ejecutivo Provincial en las Áreas Naturales Protegidas.
m Gestionar y administrar la asignación de los recursos financieros, materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de conservación de cada Área Natural Protegida.
n Tener bajo su mandato la coordinación del cuerpo de Guardafaunas, interviniendo en los nombramientos, ascensos y traslados del Sistema de Guardafaunas.
o Supervisar el Programa de Prevención y Lucha contra Incendios en las Áreas, Naturales Protegidas.
p Gestionar y/o impartir las capacitaciones necesarias tanto para el personal técnico como el Cuerpo de Guardafaunas.
q Entender en los procesos de innovación tecnológica que mejoren la funcionalidad de las Áreas Naturales Protegidas.
r Entender en la implementación de Normas ISO
aplicables a las actividades y servicios que brindan las Áreas Naturales Protegidas.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Título universitario o terciario en un área del conocimiento vinculado al Manejo de Áreas Protegidas y/o Ciencias Naturales y Culturales, Gestión Organizacional y/o. Logística o con diez 10 años de experiencia en Áreas Naturales Protegidas,
Dto. Nº 1627

06-11-13

Artículo 1.- Aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados por agentes del Ministerio de Gobierno, a partir del 1º de enero de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2009; desde el 1º de enero de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2010; desde el 1º de enero de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011; desde el 1º de enero de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012 y desde el 1º de enero de 2013 y hasta la fecha del presente Decreto.
Artículo 2.- Prorrogar la incorporación a Planta Transitoria de agentes del Ministerio de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno, SAF 20: Ministerio de Gobierno, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno - Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Actividad 2: Informática Jurídica, Programa 3:
Administración del Ministerio de Gobierno - Actividad 1:
Administración del Ministerio de Gobierno, Programa 4:
Despacho, Personal y Sueldo - Actividad 1: Despacho, Personal y Sueldo, Programa 16: Defensa Civil - Actividad 1: Defensa Civil - Comarca del VIRCH-Valdés, Programa 17: Registro de la Propiedad Inmueble - Actividad 1: Propiedad Inmueble, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas - Actividad 1:
Registro Civil - Comarca del VIRCH-Valdés, Programa 19: Subsecretaría de Asuntos Municipales - Actividad

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/1/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha15/01/2014

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4363

Primera edición07/01/2004

Ultima edición26/07/2024

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