Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 23/12/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Piso 1º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de noventa 90 días corridos contados a partir del día 19 de diciembre de 2.013, una Constancia de No Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la Jurisdicción Chubut.-

Lunes 23 de Diciembre de 2013

gidas, un informe detallado en original y dos copias acerca del desarrollo de las actividades llevadas a cabo, donde se destacará el accionar conservacionista cumplido. Una copia de dicho informe será remitida a la Dirección de Administración, para ser adjuntada al Expediente respectivo.-

I: 20-12-13 V: 27-12-13

Disp. N 02
Res. Nº 1150

10-12-13

Artículo 1º.- Extender a favor del contribuyente Bardahl Lubricantes Argentina SA, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral bajo el Nº 901-918429-2 - CUIT Nº 30-53611084-0, con domicilio en Pedro I. Rivera Nº 3.454 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de Noventa 90
días corridos contados a partir del día 19 de diciembre de 2.013, una Constancia de No Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la Jurisdicción Chubut.I: 20-12-13 V: 27-12-13

DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARIA DE CONSERVACION
Y AREAS PROTEGIDAS

Disp. N 01

13-04-12

Artículo 1º.- CONCÉDESE permiso de fotografía al Fotógrafo AROSTEGUI Gabriel, D.N.I. Nº 17.969.276 provenientes de Buenos Aires, para que efectúe trabajos de fotografía en el Area Natural Protegida Península Valdés durante cinco 5 días siendo entre el 16 y el 20
de Abril de 2012.
Artículo 2º.- EXCEPTUASE el pago del canon de fotografía establecido para los grupos de fotografía nacionales, según Resolución Nº 179-OPT-06 artículo 3º , II.d.
Artículo 3º.- DELEGUESE en la Dirección General de Conservación de Areas Protegidas, la designación del Veedor correspondiente, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 10º de la Resolución Nº 179-OPT-06.
Dicha designación se realizará por Nota del titular de la mentada Dirección General debiendo recaer la misma sobre personal idóneo.Artículo 4º.- FÍJASE el pago al Veedor que se designe, en cinco 5 días de viáticos a los valores asignados para su categoría de revista, equivalente a PESOS
DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO $ 241 por día, debiendo abonar el importe correspondiente antes del inicio del trabajo en la Dirección de Administración de la Secretaría de Turismo y Áreas Protegidas, sito en 9 de Julio Nº 280 de Rawson o mediante acreditación de depósito en la Cuenta Corriente recaudadora Nº 9000274/3 Banco del Chubut S.A.
Sucursal Rawson.Artículo 5º.- El Veedor, dentro de las Cuarenta y Ocho 48 hs. de efectuado el trabajo, deberá presentar a la Dirección General de Conservación de Áreas Prote-

06-06-12

Artículo 1: Autorizar al Doctor Daniel Udrizar SAUTHIER, Director del Proyecto de investigación científico denominado: Respuesta de los ensambles de micromamíferos Rodentia y Didelphimorphia de la Provincia de Chubut Patagonia central a cambios antrópicos Ganadería y climáticos-ambientales, para realizar las actividades de investigación requeridas en las Áreas Naturales Protegidas Península Valdés y Piedra Parada desde la fecha de la presente Disposición y hasta el 23 de Abril de 2013.Artículo 2º: Autorízase a las personas que figuran en el Anexo I, que forma parte de la presente Disposición, a realizar las siguientes tareas de investigación y monitoreo, en el marco del Proyecto, a saber:
a Realizar capturas de cinco 5 ejemplares de cada especie de micromamíferos, conservando piel y cráneo en fluido y depositarlos en el CENPAT;
Utilizando trampas del tipo Sherman y trampas de golpe tipo Museum.b Utilizar métodos de captura-recaptura para conocer la composición específica de las comunidades y uso de hábitat de cada una de las especies.c Realizar excavaciones y búsqueda de restos de mamíferos del Holoceno tardío en yacimientos estratificados y superficiales.Artículo 3º: Autorízase a aquellas personas que figuran en el Anexo I de la presente Disposición, como asistentes de campo, a ingresar a las Áreas Naturales Protegidas Península Valdés y Piedra Parada en el marco del Proyecto, siempre que estén acompañados de alguno de aquellos que figuran como investigadores.Artículo 4º: La Secretaría de Turismo y Áreas Protegidas, podrá suspender y/o revocar en cualquier momento el permiso de investigación sin responsabilidad alguna para ella, si el investigador no cumpliere con las normas que se obligó a respetar o por razones de interés público sin perjuicio de las demás sanciones que correspondan de conformidad con lo establecido por la normativa aplicable.Artículo 5: La Dirección General de Gestión Técnica y Operativa podrá determinar las inspecciones que estime convenientes sobre las tareas que desarrollarán los investigadores y/o asistentes de campo en el ámbito de las Áreas Naturales Protegidas de la Provincia del Chubut.Artículo 6: El Director del proyecto de investigación científico deberá remitir a la Dirección General de Gestión Técnica y Operativa, el informe final correspondiente a las investigaciones realizadas en las Áreas Naturales Protegidas.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 23/12/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha23/12/2013

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones4353

Primera edición07/01/2004

Ultima edición12/07/2024

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