Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 18/11/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Artículo 2 El derecho al beneficio pensionario se otorga en carácter de mujer unida de hecho, a partir de la fecha de deceso del causante.-

Res. N 1126

11-10-13

Lunes 18 de Noviembre de 2013

Artículo 3 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Res. N 1131

11-10-13

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
N 32, a la Sra. Carmen Teresa COLICOY, D.N.I. N
10.673.482, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del Sr.
Miguel Angel MILLAIN, D.N.I. N 7.888.867, ocurrido el 23
de Julio de 2013.
Artículo 2 El Haber Inicial de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley Provincial XVIII N 32 el beneficio de PENSION a la señora Alicia Belermina FRISSON, D.N.I.
N14.388.306, a Ignacio Alejandro CASTIGLIONE, D.N.I.
N41.040.532 -con vencimiento al: 21/05/2016, pudiendo extenderse hasta los 26 años de edad, siempre que acredite anualmente los requisitos del artículo 48
del referido plexo normativoy a Daniela Agustina CASTIGLIONE, D.N.I. N 42.408.068 -con vencimiento al: 04/04/2018, pudiendo extenderse hasta los 26 años de edad, siempre que acredite anualmente los requisitos del artículo 48 del referido plexo normativo-.
Artículo 2 El beneficio se otorga a la señora FRISSON y a Ignacio Alejandro y Daniela Agustina CASTIGLIONE en carácter de cónyuge supérstite e hijos respectivamente del señor CASTIGLIONE, D.N.I.
N 8.526.588, fallecido el 07 de agosto de 2013.
Artículo 3 El haber inicial de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Res. N 1128

Res. N 1132

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
N32, a la Sra. Estolenda AGUILERA, D.N.I. N 0.561.439, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del Sr. Sofanor QUINTEROS, L.E. N 7.312.216, ocurrido el 28 de Junio de 2013.
Artículo 2 El Haber Inicial de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Res. N 1127

11-10-13

11-10-13

11-10-13

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
N 32, a la señora Adelma GUERRERO, L.C. N 4.159.887, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del señor Rodolfo CORNEJO, D.N.I. N 7.314.812, ocurrido el 24 de Junio de 2013.
Artículo 2 El Haber Inicial de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
- N32, a la Sra. Macedonia NAPAL, D.N.I. N 0.719.874, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del Sr. Segundo SABARIA, D.N.I. N 7.315.435, ocurrido el 15 de Julio de 2013.Artículo 2 El Haber Inicial de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Res. N 1129

Res. N 1134

11-10-13

11-10-13

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
N 32, al señor Oscar Eduardo GOLOVKO, D.N.I. N
7.810.440, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento de la señora Silvia Elena MAMANI, D.N.I. N4.826.737, ocurrido el 20
de Julio de 2013.
Artículo 2 El Haber Inicial de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Artículo 1 REDETERMINAR el haber inicial del beneficio pensionario otorgado a la señora Cristina Noemí GIRASOLE, D.N.I. N12.175.494, mediante Resolución N 1296/12.
Artículo 2 Las diferencias que surjan entre lo abonado y lo que debió percibir la nombrada, serán liquidadas a partir de la fecha en que fue otorgado el beneficio de pensión, esto es 10 de Agosto de 2012.

Res. N 1130

Res. N 1135

11-10-13

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley Provincial XVIII N 32 el beneficio de PENSION a la Sra. Miriam Beatriz ALMONACID, D.N.I. N 20.123.953, y a Juan Antonio GUERRERO, D.N.I. N 40.208.861 -con vencimiento al: 03/06/2015-, pudiendo extenderse hasta los 26 años de edad, siempre que acredite anualmente los requisitos del artículo 48 del referido plexo normativo.
Artículo 2 El beneficio que se otorga mediante el Artículo 1 se concede en carácter de cónyuge supérstite e hijo respectivamente del Sr. Juan Carlos GUERRERO, D.N.I. N 18.346.886, fallecido el 24 de Junio de 2013.

11-10-13

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
LEY PROVINCIAL XVIII N32 al señor Víctor Ricardo VALENZUELA, D.N.I. N 10.023.294, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El haber inicial de la prestación se liquidará a partir del 01 de Septiembre de 2013.-

Res. N 1136

11-10-13

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL XVIII N32 a la señora Ana

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 18/11/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha18/11/2013

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones4369

Primera edición07/01/2004

Ultima edición05/08/2024

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