Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/5/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 30 de Mayo de 2013

LA JURISDICCIÓN manifiesta que: a la presente operación está debidamente encuadrada en las normas provinciales vigentes; b no existe dentro del ámbito provincial impedimento legal alguno que implique restricción, prohibición o impedimento de alguna naturaleza respecto de la operación acordada en el presente Convenio; c mediante el Decreto P.E.P. N 1451/97, LA JURISDICCIÓN adhirió a la Ley N 24.855 y al Decreto P.E.N.
N 924/97;
d las Leyes Provinciales II N 111 y 145 facultan al Poder Ejecutivo Provincial a contraer las obligaciones emergentes de este mutuo y otorgar la pertinente garantía, e Es responsabilidad exclusiva de LA JURISDICCIÓN establecer y ejecutar todos los controles necesarios para prevenir, detectar, y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan provenir de la comisión de los delitos de lavado de activos o financiación al terrorismo, establecidos por las leyes y los organismos o unidades de información financiera, de carácter nacional y/
o de la propia Jurisdicción; f ha cumplido con las disposiciones del Decreto P.E.N. N 1731/04.
CUARTA: Asimismo se modifica la Cláusula TRIGESIMONOVENA la que quedará redactada de la siguiente forma:
TRIGESIMONOVENA: DE LA EXENCIÓN DE IMPUESTOS. EL FONDO manifiesta estar exento de todos los impuestos, tasas y contribuciones nacionales existentes y a crearse en el futuro, en virtud del Artículo 12 de la Ley N 24.855. LA JURISDICCIÓN ha adherido a lo sugerido en dicha Ley eximiendo con la exención de todos sus impuestos, Tasas y/o Contribuciones que pudieran gravar el presente Convenio, como asimismo toda la operatoria emergente del mismo.
QUINTA: En todo cuanto no ha sido objeto de modificación conserva plena vigencia el Convenio de Mutuo aprobado oportunamente. De conformidad, ambas partes firman DOS 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Rawson, a los días del mes de de 2013.

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 434

PAGINA 3

BOLETIN OFICIAL

Artículo 2.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2013 en la Jurisdicción 8, S.A.F. S.A.F. 302 - S.A.F. Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.Artículo 3.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

Dto. Nº 527

09-05-13

Artículo 1º.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2013 la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL $
75.000,- en la Administración Central y en la Jurisdicción 30, SAF 30 SAF Ministerio de Economía y Crédito Público.Artículo 2.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

Dto. Nº 534

13-05-13

Artículo 1.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2013 en la Jurisdicción 67, S.A.F. 601 - S.A.F. CORFO Chubut, en la Jurisdicción 70, S.A.F. 70 - S.A.F. Ministerio de Salud y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - S.A.F. Obligaciones a Cargo del Tesoro.Artículo 2.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

Dto. Nº 554

15-05-13

Artículo 1º.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2013 la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTISIETE
MIL CUATROCIENTOS DIEZ $ 627.410,- en la Jurisdicción 25, SAF 25 SAF Subsecretaría de Medios y Comunicación.Artículo 2.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

26-04-13

Artículo 1.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2013 en la Jurisdicción 8, S.A.F. 88 - S.A.F. Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos.
Artículo 2.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

RESOLUCIONES
HONORABLE LEGISLATURA DE
LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESOLUCIÓN N 087/13 - HL.

Dto. Nº 469

02-05-13

Artículo 1º.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2013, la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL $
85.000,- en la Jurisdicción 63, SAF 63 SAF Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable.-

LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DEL CHUBUT

R E S U E L V E:
Artículo 1.- Modificar la integración de las Comisiones Permanentes de esta Legislatura, según la designación efectuada por Resolución Nº 010/13-HL. modi-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/5/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha30/05/2013

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4353

Primera edición07/01/2004

Ultima edición12/07/2024

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