Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/1/2013

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 30

BOLETIN OFICIAL

DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO
ECONOMICO E INDUSTRIA

Disp. N 21

18-12-12

Artículo 1.- Autorícese el subsidio de tasa en el marco de la línea de crédito RE 407 B. Convenio de Bonificación de Tasa entre el Ministerio de la Producción y el Banco del Chubut S.A., conforme la cláusula TERCERA de dicho convenio, para préstamos al sector Agropecuario, a favor de CERAMICAS DE LA
PATAGONIA S.A. CUIT 30-70910323-3 sobre un monto de crédito de PESOS OCHOCIENTOS MIL $ 800.000.

Disp. N 22

18-12-12

Artículo 1.- Autorícese el subsidio de tasa en el marco de la línea de crédito RE 407 B. Convenio de Bonificación de Tasa entre el Ministerio de la Producción y el Banco del Chubut S.A., conforme la cláusula TERCERA de dicho convenio, para préstamos al sector Agropecuario, a favor de PATAGONIA ORGANICS S.A.
CUIT 30-70997824-8 sobre un monto de crédito de PESOS CUATROCIENTOS MIL $ 400.000.-.

Disp. N 23

20-12-12

Artículo 1.- Autorícese el subsidio de tasa en el marco de la línea de crédito RE 52 F, Convenio de Bonificación de tasa entre el Ministerio de la Producción y el Banco del Chubut S.A., conforme la cláusula TERCERA de dicho convenio, para préstamos al sector agropecuario, a favor de OVISUR S.A. CUIT 3071003080-0, sobre un monto de crédito de PESOS
TRESCIENTOS MIL $ 300.000.
Artículo 2.- Autorícese el subsidio de tasa en el marco de la línea de crédito RE 52 F, Convenio de Bonificación de tasa entre el Ministerio de la Producción y el Banco del Chubut S.A., conforme la cláusula TERCERA de dicho convenio, para préstamos al sector agropecuario, a favor de JONES MARTIN Y AMARI ESTELA CUIL 20-13733634-1 y 27-14809136-1, sobre un monto de crédito de PESOS CIENTO OCHENTA MIL $
180.000.
Artículo 3.- Autorícese el subsidio de tasa en el marco de la línea de crédito RE 407 B, Convenio de Bonificación de tasa entre el Ministerio de la Producción y el Banco del Chubut S.A., conforme la cláusula TERCERA de dicho convenio, para préstamos al sector agropecuario, a favor de P R O P U L S O R A PATA G O N I C A S . A . C U I T 3 0 51979179-6, sobre un monto de crédito de PESOS
QUINIENTOS TREINTA MIL $ 530.000.
Artículo 4.- Autorícese el subsidio de tasa en el marco de la línea de crédito RE 407 B, Convenio de Bonificación de tasa entre el Ministerio de la Producción y el Banco del Chubut S.A., conforme la cláusula TERCERA de dicho convenio, para préstamos al sector agropecuario, a favor de ANAFER S.A. CUIT 30-

Lunes 7 de Enero de 2013

52346570-4, sobre un monto de crédito de PESOS
OCHOCIENTOS MIL $ 800.000.
Artículo 5.- Autorícese el subsidio de tasa en el marco de la línea de crédito RE 407 B, Convenio de Bonificación de tasa entre el Ministerio de la Producción y el Banco del Chubut S.A., conforme la cláusula TERCERA de dicho convenio, para préstamos al sector agropecuario, a favor de LACOTEX S.A. CUIT 3070753270-6, sobre un monto de crédito de PESOS
CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL $
444.000.

SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL
Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Disp. Nº 259

15-11-12

Artículo 1º.- Renovar la Inscripción Nº 147 a la Empresa REHUNA S.A. en el Registro.Provincial de Prestadores de Consultoría Ambiental, con domicilio declarado en calle 25 de Mayo Nº 281, Local 1, de la ciudad de Esquel, Provincia de Chubut.Artículo 2º.- Los profesionales que conforman el grupo de trabajo se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Disposición.Artículo 3º.- La Empresa REHUNA S.A., deberá solicitar la renovación y actualizar.la.documentación presentada en un plazo de dos 2 años contados a partir de la fecha de la presente y sus integrantes deberán mantenerse actualizados a través de formación académica en temáticas ambientales, bajo apercibimiento de suspender automáticamente la inscripción y no obtener la renovación.ANEXO I: PROFESIONALES DEL GRUPO
DE TRABAJO
1. Licenciada en Ciencias Biológicas Lorena MARTINEZ PECK, D.N.I. 17.340.227, en calidad de Responsable Técnico;
2. Licenciado en Geología Leonardo Fabio FERRO, D.N.I. 17.143.066;
3. Ingeniero Forestal Gabriel POPESCIEL, D.N.I. 14.845.132;
4. Ingeniero Forestal Walter Alejandro SCHMIDT, D.N.I. 20.565.631;
5. Ingeniero Forestal Andrés HAAG, D.N.I. 25.405.836;
6. Licenciada en Psicología Nuria Daniela ETCHEGNO SIMLESA, D.N.I. 25.724.748;
7. Licenciada en Bibliotecología y Documentación María Betina MARQUEZ, D.N.I. 18.335.025;
8. Ingeniera Química Joyce Doris OWEN, D.N.I. 13.720.668;
9. Ingeniero Electricista Jorge Luis MASTRONARDI, D.N.I. 7.648.847.-

Disp. Nº 277

10-12-12

Artículo 1º.- Renuévese la inscripción Nº 041 del Registro Provincial de Consultores para la Realización de Informes de Impacto Ambiental de la Actividad Minera como Consultor Individual, al Licenciado en Geología Leonardo Fabio FERRO, D.N.I. Nº 17.143.066, con domicilio declarado en Av. Perón Nº 636, de la ciudad de Esquel, Provincia de Chubut.Artículo 2º.- El Licenciado en Geología Leonardo Fabio FERRO, D.N.I. Nº 17.143.066, deberá solicitar la renovación, mantenerse actualizado a través de formación académica en temáticas ambientales y actuali-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/1/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha07/01/2013

Nro. de páginas45

Nro. de ediciones4353

Primera edición07/01/2004

Ultima edición12/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2013>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031