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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 23/11/2012
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 10
Res. N 876
BOLETIN OFICIAL
20-09-11
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL XVIII N32 a la señora Silvia Haydée REDONDO, D.N.I. N 10.561.249, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de agosto de 2011.
Res. N 877
20-09-11
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL XVIII N32 al señor Antonio GARCIA, L.E.
N 7.316.076, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de agosto de 2011.-
Miércoles 23 de Noviembre de 2011
42.133.236 con vencimiento al: 13/09/2017, en carácter de hijo del Sr. David ALTAMIRANO, D.N.I. N
12.616.881, fallecido el 17 de junio de 2011.
Artículo 2 El derecho al beneficio del nombrado en el Artículo 1º podrá extenderse hasta alcanzar los 26 años de edad, siempre que acredite anualmente la regularidad en los estudios y no desempeñe actividades remuneradas, ni goce de pensión o prestación no contributiva, artículo 48º de la Ley XVIII Nº32.
Artículo 3 El Haber Mensual de la prestación, en la cuotaparte correspondiente al momento del otorgamiento, se fija en el veinticinco por ciento 25% del total de la pensión y deberá abonarse -a partir de la fecha del decesoa la Sra. Graciela MUÑOZ, D.N.I. Nº 18.218.833, madre del menor.
Res. N 883
20-09-11
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL XVIII N32 a la señora Lilian Susana HARRIS, D.N.I. N 10.028.257, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Agosto de 2011.-
Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
N32, a la Sra. Ana CURIQUEO, D.N.I. Nº 4.592.097, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del Sr. Wenceslao ROLDAN, L.E. Nº 7.307.890, ocurrido el 11 de agosto de 2011.Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.
Res. N 879
Res. N 884
Res. N 878
20-09-11
20-09-11
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL XVIII N32 a la señora Orfelina ARRATIA, D.N.I. N 4.608.951, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de agosto de 2011.
Res. N 880
20-09-11
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL XVIII N32 al señor Angel RIOS, D.N.I. N
7.819.402, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de junio de 2011.
Res. N 881
20-09-11
Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
N32, a la Sra. Elsa Amelia BASTIDA, D.N.I. Nº 10.147.159, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del Sr.
Jorge Angel BOWMAN, L.E. Nº 7.331.249, ocurrido el 05 de agosto de 2011.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.
Res. N 882
20-09-11
Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
N32, a la Sra. Nélida REINACUL, D.N.I. Nº 0.878.561, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del Sr. Cristóbal Marcial Mateo RAMOS, D.N.I. Nº 3.457.902, ocurrido el 13 de agosto de 2011.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.
20-09-11
Artículo 1 OTORGAR PENSION LEY PROVINCIAL
XVIII N32 a Fernando David ALTAMIRANO, D.N.I. Nº
Res. N 885
20-09-11
Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
N32, a la Sra. Irma JARAMILLO, D.N.I. Nº 6.251.516, el beneficio de PENSION, derivado del fallecimiento del Sr.
Carlos AZOCAR, D.N.I. Nº 7.810.348, ocurrido el 02 de abril de 2011.
Artículo 2 El El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.Artículo 3 El beneficio de la Sra. JARAMILLO se otorga en carácter de mujer unida de hecho con el causante, en los términos establecidos en la norma de encuadre.
Res. N 886
20-09-11
Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
N32, al Sr. Lucio Lorenzo BARROSO, L.E. Nº 7.309.977, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento de la Sra. Teresa AGUILAR, D.N.I. Nº 2.049.472, ocurrido el 30 de julio de 2011.-