Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/6/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE AMBIENTE Y CONTROL
DEL DESARROLLO SUSTENTABLE

Res. Nº XXIV-21

21-06-12

Artículo 1º.- Abónese la diferencia por la licencia generada por la Ingeniería Química Patricia Leonor ALVAREZ, quien revista en el cargo Tecnólogo A
Código: 4-138- Clase: I, del Agrupamiento Personal Profesional de la Planta Permanente de la Dirección General de Evaluación Ambiental, en el ejercicio de sus funciones como Directora de Comunicación, Sistema de Información Ambiental y registros dependiente de la Dirección General de Gestión Ambiental de la Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable durante el periodo comprendido desde el 21 de abril de 2008 hasta el 26 de agosto de 2011.Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución se imputará en la Jurisdicción 63 SAF 63 Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable Programa: 92 Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores Actividad I Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores Ejercicio 2012.-

MINISTERIO DE ECONOMIA Y CREDITO
PUBLICO

Res. N 94

26-04-12

Artículo 1- Déjese sin efecto la Resolución N 0063/
12 EC.Artículo 2- Determínese como beneficiarios de la bonificación especial remunerativa no bonificable, establecida por Decreto N 2266/11 al personal de la Tesorería General de la Provincial y abónese con el doce puntos porcentuales 12% de la suma de los conceptos Sueldo Básico, el Adicional Remunerativo no Bonificable Ley I N 298 del nivel de Director Categoría 18 de la Ley I N 74 y zona patagónica Ley I N 355, para el personal encuadrado en el nivel de Director y con el diez puntos porcentuales 10% al resto de las categorías de todo el personal que integra el plantel de a Tesorería General de la Provincia, detallado en el listado que como ANEXO I forma parte integral de la presente Resolución.Artículo 3- Apruébase la Reglamentación estipulada por el artículo 1 del Decreto N 2266/11, que como ANEXO II forma parte de la presente Resolución, la que tendrá vigencia desde el 01/01/2012.-.-

Viernes 29 de Junio de 2012

Articulo 4.- El adicional establecido mediante el Decretó N 2266/11, será solo afectado por lo indicado en el ANEXO II de la presente Resolución.Artículo 5.- La Tesorería General de la Provincia elevará mensualmente una Resolución Ministerial, detallando el porcentaje de la bonificación especial remunerativa no bonificable que le corresponde a cada agente, para su liquidación y pago.Artículo 6.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Publico SAF: 30 .ANEXO I
OLSINA, ALEJANDRA NATACHA
NAVARRO TOBAR, CINTHIA CECILIA
ARRAIGADA, VERONICA ANDREA
GIVCOFF, MARIA JOSE
JAMES, NATALIA ELISABETH
AUSTIN, CYNTIA PAOLA
BIANCHINI, CECILIA ALEJANDRA
CRETTON, CRISTIAN ANDRES
DONATI, PATRICIA MONICA
ROMAN, ALEJANDRO JAVIER
MANSILLA, LUCIANA LORENA
BARRIENTOS, NATALIA LORENA

18.679.570
26.304.039
24.121.458
30.190.955
25.656.776
25.138.230
24.133.801
29.618.168
12.834.354
21.959.391
27.750.892
25.407.939

ANEXO II
REGLAMENTACIÓN DECRETO Nº 2266/2011
I La Tesorería General establecerá, cuando razones de trabajo lo hagan necesario o conveniente, con carácter general, turnos adicionales de trabajo hasta VEINTE 20 horas mensuales. Tales turnos serán optativos para el personal y los agentes que opten por ellos, o no cumplan la totalidad de las mismas perderán el derecho a la bonificación.
II La bonificación correspondiente a cada agente, será objeto de las siguientes deducciones:
1 LLEGADA TARDE
Por cada llegada tarde justificada 1%
Por cada llegada tarde injustificada 2%
2 INASISTENCIAS CON O SIN AVISO
se descontarán porcentualmente los días no trabajados 3 PERMISOS
los comprendidos en el artículo 58º del Decreto 2005/91 se descuenta el día completo las salidas con permiso, el 1% por cada hora o fracción 4 LICENCIAS
Las acordadas por accidentes de trabajo al servicio de la repartición, no originarán deducción alguna en el puntaje 5 LLAMADA DE ATENCION
por cada llamada de atención 20%
6 APERCIBIMIENTOS
por cada apercibimiento 40%
7 SUSPENSIÓN
por suspensiones el 100%, las cuales serán deducidas en el mes de su notificación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/6/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha29/06/2012

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4368

Primera edición07/01/2004

Ultima edición02/08/2024

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