Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/1/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 12

BOLETIN OFICIAL

piedad a Liliana Graciela TORRECILLAS; que por escritura Nº 298, de fecha 01/06/2004, pasada al folio 394, del protocolo notarial del Registro Nº 14 entonces a cargo de la Escribana Asunción Reigada, don Juan Ferre LE 7.309.919 donó lisa y llanamente a favor de sus hijas María Alejandra FERRE, argentina, nacida el 30/12/
1964, DNI Nº 17.129.694, CUIT 27-17129694-9, docente, casada en primeras nupcias con Carlos Alberto Goicoechea, domiciliada en calle Clarín Nº 579 de Comodoro Rivadavia y Nelly Noemí FERRE, argentina, nacida el 30/03/1966, DNI Nº 17.622.925, CUIT 2717622925-5, comerciante, de estado civil divorciada, domiciliada en calle Aristóbulo del Valle Nº 1580 de Comodoro Rivadavia, la cantidad de 28.677 cuotas del capital social de la sociedad denominada VIAL
PATAGONIA SRL, en condominio indiviso y por partes iguales; la que fuera aceptada por las donatarias por escritura Nº 199 de fecha 15/10/2010, pasada al folio 379 del protocolo del Registro Notarial Nº 14 a cargo de la Escribana de esta ciudad, María Victoria Reigada, y por escritura Nº 369 de fecha 17/10/2011, pasada ante la Esc. Natalia Lorena Suazo al protocolo del Registro Notarial Nº 6 de su adscripción al folio 945, se efectuó la división del condominio existente entre las señoras María Alejandra FERRE y Nelly Noemí FERRE, adjudicándose las cuotas sociales de la siguiente manera: 15932
en exclusiva propiedad a María Alejandra FERRE y 15932
en exclusiva propiedad a Nelly Noemí FERRE. Por Escritura Nº 371, folio 949 de fecha 18/10/11 se modificó el contrato social en sus cláusulas cuarta y quinta CLAUSULA CUARTA: El capital social se fija en la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS $ 955.900,00 representado en 95590 cuotas de un valor nominal de pesos DIEZ $ 10 cada una.
Cada cuota da al socio derecho a un voto. El capital es totalmente suscripto e integrado por los socios de la siguiente forma: el Socio Héctor Omar TORRECILLAS, es titular de treinta y un mil ochocientos sesenta y tres cuotas $ 31863 que representan pesos trescientos dieciocho mil seiscientos treinta $ 318.630; la socia Liliana Graciela TORRECILLAS, es titular de treinta y un mil ochocientos sesenta y tres cuotas $ 31863 que representan pesos trescientos dieciocho mil seiscientos treinta $ 318.630; la socia María Alejandra FERRE, es titular de quince mil novecientos treinta y dos cuotas 15932 que representan pesos ciento cincuenta y nueve mil trescientos veinte $ 159.320 y la socia Nelly Noemí FERRE, es titular de quince mil novecientos treinta y dos cuotas 15932 que representan pesos ciento cincuenta y nueve mil trescientos veinte $ 159.320.
5º QUINTA: ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de los socios Héctor Omar TORRECILLAS, Liliana Graciela TORRECILLAS, María Alejandra FERRE, Nelly Noemí FERRE, quienes revestirán el carácter de Socios Gerentes, quienes ejercerán tal función en forma indistinta. Los gerentes serán nombrados y removidos por mayoría del capital presente en la asamblea y sus facultades serán fijadas y modificadas de la misma forma. En tal carácter, tienen todas las facultades para administrar y disponer de los bienes sociales y obligar a la sociedad en todos los actos que
Jueves 26 de Enero de 2012

no sean notoriamente extraños al objeto social, pudiendo realizar todos los actos y contratos que se vinculen con el mismo, inclusive aquellos en que la ley requiere poderes especiales, que menciona el artículo 1881 del Código Civil y artículo 9º del decreto ley número 5965/
63, enumerándose con carácter enunciativo y no limitativo la siguiente: presentarse ante las Administraciones públicas y autoridades nacionales, provinciales o municipales y sus dependencias o reparticiones en general tales como Administración Federal de Ingresos Públicos, Dirección General de Rentas, Cajas Nacionales de Previsión Social, y cuantos más actos fueren necesarios para el mejor logro de sus fines sociales. Queda absolutamente prohibido a los gerentes emplear o comprometer la firma social en negocios ajenos a la sociedad, prestaciones a título gratuito, garantías o fianzas, de cualquier naturaleza a favor de terceros, sin el previo consentimiento social, decidido por la mayoría prevista en el Art. 160
última parte de la Ley 19550. Para el caso de venta de bienes inmuebles de la sociedad o constitución de gravámenes hipotecarios a favor de terceros se requerirá la firma conjunta de dos de los cuatro socios gerentes designados.
Dr. MAURO ROBERTO FONTEÑEZ
Dirección de Asuntos Jurídicos Inspección General de Justicia Ministerio de Gobierno P: 26-01-12.
BENITO ZUÑEDA E HIJOS S.R.L.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA
ORDINARIA
Benito Zuñeda e hijos S.R.L. convoca a los señores socios a la Asamblea Ordinaria, a celebrarse el día 25 de Febrero de 2012 a las 8:00 horas en Alem 312 de la ciudad de Comodoro Rivadavia, a efectos de tratar el siguiente Orden del día:
1º Justificación de la convocatoria fuera de término 2º Tratamiento de la gestión de los gerentes y su desempeño en el ejercicio 2011.
3º Consideración del Inventario, Balance General, Estado de Resultados, e informe relativo a la gestión de la sociedad del ejercicio cerrados el 30 de junio de 2011.
4º Destino del Resultado del ejercicio 2011.
5º Designación de Gerentes por vencimiento del mandato.
6º Elección de dos socios para firmar el Acta.
GRACIELA MARTA FAVERIO
Gerente I: 23-01-12 V: 27-01-12.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/1/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha26/01/2012

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones4351

Primera edición07/01/2004

Ultima edición10/07/2024

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