Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/9/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 27 de Septiembre de 2011

BOLETIN OFICIAL

VISTO: El Expediente Nº 29701, año 2011, caratulado: MUNICIPALIDAD DE EPUYEN -S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2011; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 472/11
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de Epuyen no ha remitido las Rendiciones de Cuentas correspondiente a los meses Marzo y Abril del corriente año.
Que por Acuerdos Nros. 408/00 y 220/96 dictados por este Tribunal se aprueban normas para la presentación de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas por los artículos 17º incisos m y n y 18º de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resultan responsables Intendente: Sr. Antonio F. REATO;
Secretario de Gobierno: Sr. Luís Angel VACA y Secretario de Obras Públicas: Sr. Jorge Luís PORTILLO
DELEBECQ de la presentación de las Rendiciones de Cuentas mencionadas;
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de Epuyen Intendente: Sr. Antonio F. REATO;
Secretario de Gobierno: Sr. Luís Angel VACA y Secretario de Obras Públicas: Sr. Jorge Luís PORTILLO
DELEBECQ a presentar las Rendiciones de Cuentas correspondiente a los meses Marzo y Abril del corriente año dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º incisos m y n y 18º de la Ley Nº V71, según corresponda.
Segundo: Regístrese, notifíquese, hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cúmplase.
Pte. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 182/11
Rawson Chubut, 11 de agosto del 2011
VISTO: El Expediente Nº 29716, año 2011, caratulado: COMISION DE FOMENTO DE PUERTO PIRAMIDES -S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2011; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 481/11
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Comisión de Fomento de Puerto Pirámides no ha remitido las Rendiciones de Cuentas correspondiente a los meses Marzo y Abril del corriente año.
Que por Acuerdos Nros. 408/00 y 220/96 dictados por este Tribunal se aprueban normas para la presentación de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas por los artículos 17º incisos m y n y 18º de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resultan responsables Intendente: Sr. Alejandro ALBAINI

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y Secretaria de Hacienda: Sra. Verónica BIGHI de la presentación de las Rendiciones de Cuentas mencionadas;
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar a los responsables de la Comisión de Fomento de Puerto Pirámides Intendente: Sr.
Alejandro ALBAINI y Secretario de Hacienda: Sra.
Verónica BIGHI a presentar las Rendiciones de Cuentas correspondiente a los meses Marzo y Abril del corriente año dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º incisos m y n y 18º de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Segundo: Regístrese, notifíquese, hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cúmplase.
Pte. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 183/11
Rawson Chubut, 12 de agosto de 2011
VISTO: El Expediente Nº 29699, año 2011, caratulado: MUNICIPALIDAD DE EL HOYO - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2011;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 468/11
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de El Hoyo no ha dado respuesta a la Nota Nº 75/11-F.3. fs.08 de fecha 19.05.11.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 41º de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación: Intendente: Sr. Mario Miguel BREIDE; Auxiliar Administrativo: Sra. Graciela SARQUIZ y Sr. Héctor Gabriel PONCE.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de El Hoyo: Intendente: Sr. Mario Miguel BREIDE;
Auxiliar Administrativo: Sra. Graciela SARQUIZ y Sr.
Héctor Gabriel PONCE a dar respuesta a la Nota Nº 75/
11-F.3.fs.08, dentro del término de quince 15 días

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/9/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha27/09/2011

Nro. de páginas51

Nro. de ediciones4343

Primera edición07/01/2004

Ultima edición26/06/2024

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