Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/6/2011

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
Viernes 17 de Junio de 2011

Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN

LEY PROVINCIAL
PRORROGASE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE
2011 EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 4º DE
LA LEY XVIII Nº 55, REFERIDA A LOS APORTES
JUBILATORIOS DEL PERSONAL DOCENTE QUE FUERA DESIGNADO EN CARGOS POLÍTICOS.

LEY XVIII Nº 60
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:
Articulo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2011, el plazo previsto en el artículo 4º de la Ley XVIII
Nº 55, antes prorrogado por la Ley XVIII Nº 58.
Artículo 2º.- La presente Ley comenzará a regir a partir de la fecha de su promulgación.
Artículo 3º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A
LOS DOCE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL
ONCE.
Ing. MARIO VARGAS
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Dto. N 607/11.
Rawson, 30 de Mayo de 2011.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley por el cual se prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 el plazo previsto en el artículo 4º de la Ley XVIII Nº 55, antes prorrogado por la Ley XVIII Nº 58; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 12 de Mayo de 2011 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140
de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: XVIII 60

DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Declárase el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario a las explotaciones agropecuarias ubicadas en los Departamentos de Gastre, Telsen y Mártires.
Dto. N 636/11.
Rawson, 08 de Junio de 2011.
VISTO:
El Expediente N 3321 - MIAyG - 2011; y CONSIDERANDO:
Que el presente trámite se encuadra en lo dispuesto en la Ley IX - N 52, que establece las condiciones en que puede ser declarada la Emergencia y/o Desastre Agropecuario;
Que se han registrado erupciones volcánicas en el complejo Puyehue - Cordón Caulle en Chile, provocando la emisión de ceniza volcánica, la que por rotación del viento fue esparcida a lo largo de la parte norte de la provincia del Chubut;
Que las principales áreas afectadas por la pluma de ceniza corresponden a la parte centro norte de la provincia, principalmente en los Departamentos de Gastre, Telsen y Mártires en su totalidad;
Que el material volcánico depositado en la superficie de las explotaciones agropecuarias alcanza un espesor aproximado de entre cinco 5 y diez 10 centímetros;
Que como consecuencia de la cantidad de sedimento acumulado numerosos establecimientos agropecuarios ciertamente sufrirán un impacto negativo en la totalidad de su producción agropecuaria como lo serían una merma en el rinde de la lana con la consecuente caída del precio; desgaste prematuro de la dentadura del animal; obstrucción de aguadas y menor disponibilidad de forraje;
Que la provincia en su totalidad se encuentra en período de emergencia por sequía, la cual fue prorrogada desde el año 2007 hasta la actualidad;
Que las emanaciones de ceniza de la cadena volcánica Puyehue - Cordón Caulle en Chile, configuran un agravante al escenario de emergencia por sequía ya declarada y prorrogada mediante Decreto Nº 224/11;
Que se encuentran dadas las condiciones que justifican la Declaración del Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario para las explotaciones afectadas en los departamentos de Gastre, Telsen y Mártires;
Que las producciones agropecuarias afectadas se encuentran en zonas agroecológicas aptas para su desarrollo;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/6/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha17/06/2011

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones4352

Primera edición07/01/2004

Ultima edición11/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2011>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930