Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 13/5/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 466

25-04-11

Artículo 1.- ADJUDÍCASE a la empresa CALCE S.R.L.
con domicilio legal en la calle Alsina N 720, de la ciudad de Esquel, Provincia del Chubut, la Licitación Pública N
55/10 Obra: RESTAURACIÓN Y AMPLIACIÓN MOLINO
HARINERO COMPAÑÍA ANDES en Trevelin, por un monto de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON
NOVENTA Y CINCO CENTAVOS $ 4.324.759,95, a valores básicos del mes de diciembre de 2010, con un plazo de ejecución de obra de CUATROCIENTOS VEINTE 420 días corridos, por estar ajustada su presentación a las condiciones del Pliego de Licitación y resultar su oferta alternativa técnica y económicamente conveniente a los intereses provinciales.Artículo 2.- RECHAZANSE las ofertas alternativa y básica de la empresa SUDELCO S.A por no estar ajustadas al Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación.Artículo 3.- DESESTIMANSE las ofertas alternativa y básica de la empresa EMECCO LOZA S.A. por no resultar económicamente convenientes a los intereses de la Provincia.Artículo 4.- IMPÚTESE el gasto que demande la presente contratación cuyo monto asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS $ 4.324.759,95, con un plazo de ejecución de obra de CUATROCIENTOS VEINTE 420 días corridos, de la siguiente manera: PESOS
QUINIENTOS OCHENTA MIL $ 580.000,00 en la Partida SAF 88 - Programa 20 - Subprograma 6 - Proyecto 77
Fuente de Financiamiento 1.11 - Inciso 4 - P. Ppal. 2 - P.
Parcial 1 - Ejercicio 2011 PESOS TRESCIENTOS MIL $
300.000,00 en la Partida SAF 88 - Programa 20
Subprograma 6 - Proyecto 77 - Fuente de Financiamiento 3.49. - Inciso 4 - P. Ppal. 2 - P. Parcial 1 - Ejercicio 2011;
y el resto por la suma de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS $ 3.444.759,95 en la partida Presupuestaria que la Subsecretaría de Obras Públicas preverá en el Ejercicio 2012.-

Dto. N 467

25-04-11

Artículo 1º.- Aprobar las Misiones, Funciones y Requisitos para el cargo Director de Coordinación Oficina de Adopciones - dependiente de la Dirección General Oficina de Adopciones - Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia - Ministerio de la Familia y Promoción Social, conforme al Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.-

Viernes 13 de Mayo de 2011

Artículo 2.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente Marcela Haydee ARAMENDI
M.I. N 20.279.910 - Clase 1968, a cargo de la Dirección de Coordinación Oficina de Adopciones - dependiente de la Dirección General Oficina de Adopciones Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia - cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Clase I Planta Temporaria - Ley I Nº 74 - ambos cargos del Ministerio de la Familia y Promoción Social.Artículo 3.- La agente Marcela Haydee ARAMENDI
M.I N 20.279.910 - Clase 968, se hará acreedora a la diferencia salarial entre su cargo de revista y el cargo que subrogará, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 105 - Ley I N 74 y su modificatoria Decreto N
116/82 y Decreto N 700/92.Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40
- Ministerio de la Familia y Promoción Social - SAF 40
Programa 2 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia - Actividad 1 Conducción Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia.ANEXO I
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN OFICINA
DE ADOPCIONES
MISIONES:
Ejecutar las disposiciones de la Dirección General, en el seguimiento y monitoreo de los procesos, actividades, acciones, avances y resultados de la Oficina central de Adopciones de la Provincia y sus Delegaciones.
FUNCIONES:
Coadyuvar en el desarrollo de las funciones inherentes a la Dirección General de Adopciones de la Provincia del Chubut.
La Coordinadora participará del monitoreo y actualización de la movilidad del listado único de pretensos.
- Cumplirá y favorecerá el debido cumplimiento de las disposiciones establecidas en la reglamentación vigente, Ley III N 27.
- Establecer y mantener coordinación y cooperación interinstitucional con organismos o instituciones del Estado, que ejercen funciones de protección integral de la Niñez y Adolescencia.
Promoverá y efectuará abordajes especializados en la temática, conformando un sistema de redes interinstitucional, tendiente a favorecer vínculos, prevención y detección temprana y pertinente, relacionándose con los distintos sectores involucrados en cuestiones referidas a la protección integral de la Niñez y Adolescencia.
Abordará en forma conjunta con la Dirección General, Equipo Técnico Multitidisciplinario de Asistencia y Adopción, encuentros interinstitucionales, con Directores de Hospitales, Mini Hospitales, Centro de Promoción Social y Asistenciales, Centros de Salud, Policía Comunitaria, Servicios de Protección

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 13/5/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha13/05/2011

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones4363

Primera edición07/01/2004

Ultima edición26/07/2024

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