Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/11/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 1476

06-10-10

Artículo 1.- Modificar los Requisitos para el cargo de la Dirección General de Desarrollo Socio Territorial de acuerdo al Anexo N I que forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será Imputado a la Jurisdicción:
65 - Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería SAF: 65 - Programa: 1 - Conducción y Administración Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería - Actividad: 1 - Conducción y Administración Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería - Ejercicio 2010.ANEXO I
MINISTERIO DE INDUSTRIA, AGRICULTURA
Y GANADERÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO
SOCIO TERRITORIAL
Misión:
Entender en la formulación de políticas de desarrollo agropecuario que contemple al productor agropecuario de la provincia con una visión global compartida.
Crear y fortalecer espacios para la discusión de las problemáticas y diseño de políticas de desarrollo rural para los productores agropecuarios de la provincia.
Funciones:
a Asesorar al Ministro y a las máximas autoridades sectoriales sobre la problemática del sector.
b Coordinar la formulación, evaluación y seguimiento de políticas y programas sectoriales.
c Proponer y coordinar con las otras dependencias del sector agropecuario la realización de estudios básicos y análisis de políticas activas para el sector.
d Participar en la elaboración, puesta en marcha y seguimiento de los proyectos vinculados al sector.
e Supervisar y coordinar la identificación, formulación y evaluación de los proyectos con financiamiento provincial, nacional y/o internacional, participando en la selección y supervisión de la ejecución y evaluación externa.
f Acciones de fortalecimiento de las áreas rurales existentes y anteriores a este proyecto.
g Ejecución de programas específicos de capacitación.
h Formulación de estrategias de desarrollo rural.

Miércoles 10 de Noviembre de 2010

i Diagnostico socio productivos ya ejecutados o en ejecución.
j Definir y delimitar regiones según vocación productiva de los territorios y la institucionalidad presente en los mismos.
k Crear mecanismos para aumentar la legislación referente al Desarrollo Rural.
I Crear mecanismos de coordinación institucional que faciliten la ejecución de políticas de Desarrollo Rural, con visión integradora y abarcadora de los componentes de salud, vivienda y educación.
m Fomentar, crear y fortalecer asociaciones para el Desarrollo Rural.
n Ejercer el poder de actuar en el ámbito local y en la discusión y definición de políticas para el sector agropecuario.
o Crear los espacios pertinentes para instalar un proceso de Desarrollo Rural desde abajo, con análisis holístico y con participación social.
p Realizar los diagnósticos socioproductivos con énfasis en la problemática de los pequeños productores agropecuarios.
q Generar con la nación y con la región un proceso de verdadera participación real y compromiso.
Proponer los mecanismos necesarios para llevar adelante el plan de Desarrollo Rural.
r Generar la institucionalidad jerarquizada para llevar adelante las políticas propuestas.
s Deben acordar planes de financiamiento entre la nación, región y las provincias.
Requisitos:
Profesional Universitario y/o técnico en Ciencias Agropecuarias.

Dto. N 1477

06-10-10

Artículo 1.- Dejar sin efecto a partir de la fecha del presente Decreto las designaciones del Ingeniero Agrónomo Sergio Osvaldo PENA, como Director General de Agricultura y Ganadería según Decreto N 39/04, de la Contadora Mabel QUIROGA como Directora General de Gestión de Proyectos por Decreto N 1414/02 y del Ingeniero Agrónomo Tomas vJosé GORNATTI, como Director General de Desarrollo Socio Territorial designado mediante Decreto N 463/08 todos dependientes del Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería.
Artículo 2.- Designar como Asesora de Gabinete con rango de Director General a la Contadora Mabel QUIROGA M.l N 10.561.255 - Clase: 1953 dependientes directamente del Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería, como Director General de Agricultura al Ingeniero Agrónomo Tomás José GORNATTI M.l N
26.344.064 - Clase: 1978 y como Director General de Ganadería al Ingeniero Agrónomo Sergio Osvaldo PENA
M.l N 13.997.278 - Clase: 1960 dependiente de la Subsecretaría de Recursos Naturales a partir de la fecha del presente Decreto.Artículo 3.- Otorgar al Ingeniero Agrónomo Tomás José GORNATTI y al Ingeniero Agrónomo Sergio Osvaldo PENA el Adicional por Jerarquía Profesional, conforme lo establecido por el Artículo 22 - Inciso f de la Ley I -

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/11/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha10/11/2010

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones4349

Primera edición07/01/2004

Ultima edición05/07/2024

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