Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/8/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

Jueves 26 de Agosto de 2010

BOLETIN OFICIAL

- Coordinar la actividad de los Patronatos de Liberados en la órbita del Poder Judicial, con otros organismos del Estado.Asistir y sugerir medidas en el Plan de Construcción y mantenimiento de las unidades carcelarias provinciales.- Controlar y supervisar las acciones con los agentes afectados a la atención de personas privadas de libertad en lo relativo al cumplimiento de las Leyes, normas, reglamentos, pactos y convenciones provinciales, nacionales e internacionales.- Colaborar y asistir al Gobernador en la definición de la currícula de educación del personal policial afectado al servicio penitenciario, formación general, formación en materia de tratados, leyes, capacitación específica y directrices precisas por vía jerárquica sobre los límites de su actuación y respeto por los derechos humanos.- Celebrar Convenios de cooperación y asistencia con el Ministerio de Justicia. Seguridad y Derechos Humanos, la Secretaría de Asuntos Penitenciarios de la Nación atinente a sus competencias.-

PODER EJECUTIVO: Desígnase Secretario de Justicia y Derechos Humanos.

DECRETO SINTETIZADO
Dto. N 1194

Dto. N 1221/10.
Rawson, 20 de Agosto de 2010.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 155 inc. 3º de la Constitución de la Provincia, faculta al Poder Ejecutivo para nombrar y remover los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial;
Que en el marco de la facultad conferida se propone designar al Doctor Diego Maximiliano Martínez Zapata a cargo de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos;
Que el mencionado reúne los requisitos exigidos para ocupar dicho cargo;
Que el Asesor General de Gobierno interviene en el presente trámite;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
18-08-10

Artículo 1º.- OTÓRGANSE subsidios a favor de los Municipios y/o Comunas Rurales que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, por los montos que en cada caso se indican, destinados a la adquisición de leña e insumos para calefaccionar hogares de familias de escasos recursos, en concepto de refuerzo del Plan Calor año 2010, designándose como responsables de la administración y rendición de los mismos a las personas identificadas en dicho Anexo.
Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, el cual asciende a la suma total de PESOS OCHENTA Y TRES MIL $
83.000,00, será con cargo a: Jurisdicción 40 - Ministerio de la Familia y Promoción Social - Programa 22 - Actividad 3 - Inciso 5 - Partida Principal 7 Parcial 6 - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio año 2.010.
Artículo 3.- Los subsidios otorgados deberán ser invertidos dentro de los treinta 30 días de recepcionados y rendidos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta 60 días de su inversión con copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de la Familia y Promoción Social.
ANEXO I
LOCALIDAD

INTENDENTE O
PRESIDENTE
DE LA COMUNA

M.I. Nº
EL MAITEN
EL HOYO
RIO MAYO
RIO PICO
RICARDO ROJAS
LAGO BLANCO
TOTAL

Cociolo Juan Manuel Breide Mario Angel Santos Adriana Paola Gago Miguel Adrián Care Pedro Arturo Cruz Montiel
10.180.295
20.123.005
25.245.798
20.095.029
13.463.111
7.615.064

MONTO
$ 15.000,00
$ 28.000,00
$ 10.000,00
$ 10.000,00
$ 10.000,00
$ 10.000,00
$ 83.000,00

RESOLUCIONES

DECRETA:
Artículo 1.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto como Secretario de Justicia y Derechos Humanos a Diego Maximiliano MARTÍNEZ ZAPATA M.l.
N 28.509.688 - Clase 1981.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN

HONORABLE LEGISLATURA DE
LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESOLUCIÓN Nº 123/10 - HL.
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DEL CHUBUT

R E S U E L V E
Artículo 1º.- Dirigirse a la señora Ministra de Educación, en los términos y alcances establecidos en el artículo 134 inciso 3 de la Constitución Provincial para

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/8/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha26/08/2010

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4349

Primera edición07/01/2004

Ultima edición05/07/2024

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