Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/8/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS PROVINCIALES
PODER EJECUTIVO: Créase la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia del Chubut Dto. N 1220/10.
Rawson, 19 de Agosto de 2010.
VISTO:
El Expediente Nro. 3524/10- MCG; y, CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado diseñar e implementar políticas publicas para mejorar el servicio de justicia, así como garantizar que todos los habitantes accedan a él, asegurar la vigencia y cumplimiento efectivo de las garantías constitucionales y los derechos humanos consagrados en la Constitución Provincial. Nacional y en los Tratados internacionales;
Que es función básica del Estado satisfacer de la mejor forma las necesidades del grupo social que lo integra, optimizando la calidad de vida de la gente, asegurando el acceso a la justicia, y tutelando sus derechos;
Que en cumplimiento de las exigencias funcionales actuales, se le impone a este Poder Ejecutivo adoptar modificaciones en su estructura, para que en la medida de las competencias y funciones que le son inherentes, coadyuve en el alcance y obtención de esos objetivos;
Que ese propósito, conlleva a crear la Secretaria de Justicia y Derechos Humanos, que entenderá con exclusividad -entre otras muchasen determinadas funciones y competencias que hoy ostenta dentro de sus múltiples y harto delicadas tareas, el Ministerio de Gobierno y Justicia;
Que el mismo obedece al cumplimiento de una verdadera directriz política del Estado de afianzar la justicia en el ámbito provincial y otorgar la mejor representatividad de los derechos de todos los habitantes del territorio provincial;
Que mediante la creación de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, el Poder Ejecutivo brindará al ciudadano un acompañamiento en conjunto con el Poder Judicial;
Que la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, asumirá las potestades vinculadas a la determinación de las políticas relativas a la relación con el Poder Judicial, oficiando de nexo institucional directo entre ambos poderes, sumándose a ello las competencias vinculadas a la promoción y defensa de los derechos humanos, a la igualdad de oportunidades y a la no discriminación de grupos o personas;
Que con la creación de la Secretaria de Justicia y Derechos Humanos se instaura un enlace directo, institucional y especializado con el Poder Judicial, sin
Jueves 26 de Agosto de 2010

menoscabar por ello el principio de división de poderes, como así también un vínculo inmediato con el Consejo de la Magistratura, la Defensa Pública, la Procuración General, la Defensoría del Pueblo y otros organismos no estatales relacionados con la materia;
Que es potestad del Poder Ejecutivo crear las Secretarías que estime necesarias de conformidad con las exigencias funcionales de la administración cuyas estructuras y funciones serán determinadas en Acuerdo General de Ministros Secretarios, en virtud de lo normado por el artículo 19º de la Ley I N 259;
Que asimismo el Poder Ejecutivo se encuentra facultado a compensar partidas entre distintas jurisdicciones y/o finalidades en los términos del artículo 11
de la ley II N 123;
Que no existen impedimentos legales para crear la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos con el rango y jerarquía que la Constitución y la Ley I N 259 otorgan a los Ministros Secretarios, elevando el status institucional que abarca la materia como política de este gobierno para el adecuado cumplimiento de sus mandas constitucionales;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde relevar de las misiones y funciones del actual Ministerio de Gobierno y Justicia, a aquellas competencias que le serán otorgadas a la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, correspondiendo también determinar una nueva denominación para el citado Ministerio y la actual Subsecretaría de Gobierno y Justicia:
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut en Acuerdo General de Ministros
DECRETA:
Artículo 1º.- Créase la Secretaria de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia del Chubut a partir de fecha del presente Decreto.Artículo 2º.- Apruébense las competencias de la Secretaria de Justicia y Derechos Humanos que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 3º.- Transfiéranse a la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos todas aquellas dependencias, reparticiones y cargos que tengan relación con las competencias asignadas, como así también los recursos humanos existentes, cargos de revista, bienes patrimoniales y partidas presupuestarias existentes.Artículo 4º.- Determínase que la denominación del Ministerio de Gobierno y Justicia y de la Subsecretaría de Gobierno y Justicia dependiente del mismo, será en lo sucesivo Ministerio de Gobierno y Subsecretaría de Gobierno respectivamente; los cuales se encontrarán relevados de las misiones, funciones y competencias que por medio del presente acto se otorgan a la Secretaría creada en el artículo primero.Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial, y cumplido. ARCHIVESE.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/8/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha26/08/2010

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4349

Primera edición07/01/2004

Ultima edición05/07/2024

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