Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 24/8/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Ratificase Convenio Marco de Adhesión y Créase en el Ambito de la Secretaría de Salud la Unidad de Gestión Provincial UGP.
Dto. N 1185/10.
Rawson, 13 de Agosto de 2010.
VISTO:
El Expediente N 3811/10-SS, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 5º del Decreto Nacional N
1704/08 se crea la Unidad Coordinadora del Programa de Fortalecimiento de la Estrategia de Atención Primaria de la Salud en el ámbito de la Subsecretaría de Salud Comunitaria del Ministerio de Salud de la Nación;
Que en virtud del Programa de Fortalecimiento, con fecha 29 de Diciembre del 2009 el Ministerio de Salud de la Nación suscribió con el Gobierno de la Provincia del Chubut, representado por el Señor Secretario de Salud, el Convenio Marco de Adhesión al Programa de Fortalecimiento de la Estrategia de Atención Primaria de Salud - Remediar Redes;
Que el mencionado Convenio tiene por objetivo fortalecer el funcionamiento en red de los servicios públicos, el acceso a medicamentos esenciales y el desarrollo e los recursos humanos, como componentes del proceso de implementación de la estrategia de Atención Primaria de la Salud, con el fin último de contribuir a mejorar el estado de salud de la población;
Que por el expediente citado en el visto la Secretaría de Salud solicita la ratificación del Convenio Marco de Adhesión que fuera protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 4 - Folio: 026 del Registro de Contratos de Locación de Obras el 11 de Junio del 2010;
Que la Provincia del Chubut, dentro de las obligaciones acordadas y específicamente en la Cláusula Séptima del Convenio Marco de Adhesión, se compromete a constituir una unidad de Gestión Provincial UGP
y designar un representante del área de salud del gobierno quien será el Responsable a Nivel Provincial de la Ejecución del Programa de Fortalecimiento de la Estrategia de Atención Primaria de la Salud - Remediar +
Redes;
Que a los fines de la ejecución del Programa resulta necesaria la apertura de una cuenta corriente especial por parte de la Secretaria de Salud con objetivo de administrar los fondos transferidos por Nación;
Que ha tomado debida intervención en el presente trámite el Asesor General de Gobierno;

Martes 24 de Agosto de 2010

POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:
Artículo 1.- Ratificase en todos sus términos el Convenio Marco de Adhesión al programa de fortalecimiento de la estrategia de atención primaria de la Salud - Remediar + Redes, firmado entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Gobierno del Chubut el día 29 de Diciembre del 2009, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 4 - Folio: 026 del Registro de Contratos de Locación de Obras.
Artículo 2.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Salud la Unidad de Gestión Provincial UGP para dirigir y administrar el Programa de Fortalecimiento de la Estrategia de Atención Primaria de la Salud - Remediar + Redes.
Artículo 3º.- Facúltase a la Secretaría de Salud a designar un representante quien será el Responsable a Nivel Provincial del Programa mencionado en el artículo anterior.
Artículo 4º.- La Secretaría de Salud deberá proceder a la apertura de una cuenta especial, con el específico y excluyente objetivo de administrar los fondos transferidos por Nación conforme al Convenio Marco citado en el Artículo 1º.
Articulo 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Coordinación de Gabinete y de economía y Crédito Público.
Artículo 6.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial, y cumplido; ARCHÍVESE.
MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN
Cr. VICTOR HUGO CISTERNA

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 1165

09-08-10

Artículo 1.- Modifícase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2009 en la Jurisdicción 40, S.A.F. 40 SAF Ministerio de la Familia y Promoción Social y en la Jurisdicción 70, SAF 70 SAF Secretaría de Salud.

Dto. N 1173

12-08-10

Artículo 1º.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2010, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 88 - SAF Secretaria de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos y S.AF. 303 - SAF
Instituto Provincial del Agua.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 24/8/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha24/08/2010

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4349

Primera edición07/01/2004

Ultima edición05/07/2024

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