Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/7/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 10

Viernes 30 de Julio de 2010

BOLETIN OFICIAL

CUOTAS
VENCIMIENTOS
1 PRIMERA
28 de Septiembre de 2010
2 SEGUNDA
09 de Diciembre de 2010
3 TERCERA
20 de Marzo de 2011
4 CUARTA
14 de Junio de 2011
Artículo 4º: REGISTRESE, comuníquese a los interesados, a la Dirección General de Rentas, a la Prefectura Naval Argentina, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.
Cap. HUGO ALEJANDRO STECCONI Secretario de Pesca Provincia del Chubut
Resolución N 147/10.
Rawson Chubut, 14 de Julio de 2010.
VISTO:
Las leyes I Nº 259 antes Ley 5074, XVII Nº 86
antes ley 5585, las resoluciones Nº 008/07, 019/10, 059/10, 118/10 y 131/10-SP, el expediente Nº 017/09SP; y CONSIDERANDO:
Que la Resolución 008/07-SP, en su art. 1º, estableció como calendario anual para los permisionarios comprendidos en la Ley XVII Nº 86 antes ley 5585 de pesca artesanal, el período comprendido entre el 01 de abril al 31 de marzo de cada año;
Que por Resolución 019/10-SP se especificaron los requisitos generales y específicos para el otorgamiento o renovación de los permisos de pesca artesanal marina en jurisdicción de la provincia del Chubut, y se fijó la fecha de vencimiento para la entrega de documentación requerida para el otorgamiento o renovación de los permisos de pesca artesanal en cualquiera de sus modalidades.
Que por Resolución 059/10-SP se prorrogó el vencimiento para la entrega de documentación referida al otorgamiento o renovación de los permisos de pesca artesanal hasta el 31 de marzo de 2010 y la vigencia de los permisos de pesca artesanal año 2009 hasta el 19
de mayo de 2010;
Que por Resolución 118/10-SP se prorrogó la vigencia de los permisos de pesca artesanal que operan en jurisdicción provincial hasta el 15 de Junio de 2010;
Que la Resolución Nº 131/10-SP prorrogó la vigencia de los permisos de pesca artesanal marina año 2009
hasta el 15 de julio de 2010;
Que en virtud de la necesidad de cumplimentar con el análisis de la documentación obrante en esta Secretaría para la renovación de todos los permisos de pesca artesanal marina y por una cuestión de ordenamiento administrativo, resulta razonable establecer una prorroga respecto a la vigencia de los permisos de pesca artesanal marina otorgados durante el ejercicio 2009, sin perjuicio de extender, durante el lapso que dure esta prórroga, aquellos permisos que cumplan con lo establecido en la Resolución Nº 19/10-SP;

Que la autoridad de aplicación en materia de pesca resulta ser la Secretaría de Pesca, conforme prevé el artículo 19 de la ley I Nº 259 antes Ley 5074;
POR ELLO:
El Secretario de Pesca
RESUELVE:
Artículo 1º: PRORRÓGASE la vigencia de los permisos de pesca artesanal marina otorgados durante el ejercicio 2009 hasta el 13 de Agosto 2010, siempre que observen el marco legal vigente.
Artículo 2º: REGISTRESE, comuníquese a los interesados, a la Dirección General de Rentas, a la Prefectura Naval Argentina, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.
Cap. HUGO ALEJANDRO STECCONI Secretario de Pesca Provincia del Chubut
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SECRETARÍA DE PESCA

Res. N 148

15-07-10

Artículo 1º.- Instrúyase Sumario Administrativo, a fin de investigar los presuntos hechos y deslindar las responsabilidades administrativas, disciplinarias y/o patrimoniales que pudieren corresponder en el Expediente N 1069-SP-2010, en los términos de la Ley N 1510.
Artículo 2º.- Gírense las presentes actuaciones a la Dirección de Sumarios de la Asesoría General de Gobierno a efectos de la instrucción sumarial.

DIRECCION DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE

Disp. Nº 30

16-07-10

Artículo 1.- Autorizar las investigadoras responsables del Proyecto de Investigación: Evolución de los Balaenidae Mammalia, Cetacea, Mysticeti del Mioceno de Patagonia: Sistmática, Filogenia, Paleoecología, Directora Lic. Mónica Buono y CoDirectora la Dra. María Teresa Dozo, y a las personas que figuran en el Anexo I
de la presente Disposición, a realizar tareas de investigación y monitoreo a partir del 05/06/2010 al 31/12/2011, con posibilidad de renovación.
Artículo 2.- Autorizar a la Directora y Co-Directora del proyecto y a su equipo de trabajo Anexo I a realizar las tareas de investigación sobre ballena franca austral Eubalaena Australis en el Golfo Nuevo, desde Puerto Madryn hasta Punta Ninfas, Istmo Ameghino, Puerto Pirámides hasta Punta Delgada, Golfo San José incluyendo Punta Quiroga y Punta Buenos Aires, Punta Norte y Punta Hércules.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/7/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha30/07/2010

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4368

Primera edición07/01/2004

Ultima edición02/08/2024

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