Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 23/12/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 24 Diciembre de 2009

BOLETIN OFICIAL

Artículo 1º.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco suscripto el día 17 de Agosto del año 2007, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre la Provincia del Chubut, representada por el entonces Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Don Máximo Gabriel Pérez Catán, y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, representado por el Señor Subsecretario de Asuntos Penitenciarios, Dr. Federico Horacio Ramos, registrado en el Tomo 01, Folio 089, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno con fecha 14 de Enero de 2008, ratificado por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto Nº 334/08, y destinado a la cooperación técnica-científica en materia carcelaria y penitenciaria.
Artículo 2º.- Ley General. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

PAGINA 3

MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN

APRUÉBASE CONVENIO EJECUTIVO AMPLIATORIO ENTRE EL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO Y LA COMUNA
RURAL DE CARRENLEUFU.

LEY XXV Nº 27
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE

LEY :

Ing. MARIO VARGAS
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
Artículo 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Ejecutivo Ampliatorio, suscripto en fecha 24
de Noviembre de 2008, entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Comuna Rural de Carrenleufú, protocolizado al Tomo 05, Folio 083, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 26 de Noviembre de 2008, para la ejecución de la obra Construcción de siete 7 viviendas de dos 2 dormitorios.
Artículo 2.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CHUBUT, AL PRIMER DÍA DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS
MIL NUEVE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT, AL PRIMER DÍA DEL MES DE DICIEMBRE
DE DOS MIL NUEVE.

Dto. N 1803/09.
Rawson, 18 de Diciembre de 2009.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley por referente a la aprobación en todos sus términos el Convenio Marco, suscripto el día 17 de Agosto del año 2007, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre la Provincia del Chubut, representada por el entonces Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Don Máximo Pérez Catán, y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, representado por el Señor Subsecretario de Asuntos Penitenciarios, Dr. Federico Horacio Ramos, registrado en el Tomo 01, Folio 089, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno con fecha 14 de Enero de 2008, ratificado por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto Nº 334/08, y destinado a la cooperación técnica-científica en materia carcelaria y penitenciaria; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 01 de Diciembre de 2009 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: XX - 33
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.-

Ing. MARIO VARGAS
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Dto. N 1804/09.
Rawson, 18 de Diciembre de 2009.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la aprobación en todos sus términos el Convenio Ejecutivo Ampliatorio, suscripto en fecha 24 de Noviembre de 2008, entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Comuna Rural de Carrenleufú, protocolizado al Tomo 05, Folio 083, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 26 de Noviembre de 2008, para la ejecución de la obra Construcción de siete 7 viviendas de dos 2 dormitorios; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 01 de Diciembre de 2009 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 23/12/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha23/12/2009

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones4368

Primera edición07/01/2004

Ultima edición02/08/2024

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