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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/6/2009
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 4
Artículo 2º.- El Adicional establecido por el Artículo 1º de la presente Resolución podrá ser suspendido o dejado sin efecto por razones de oportunidad y conveniencia o cuando el agente cese de prestar los servicios bajo las modalidades y características que le fueron requeridas.
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0
Gastos en Personal - Servicio Administrativo Financiero 70- Programa 28- Emergencias Sanitarias Actividad 1 Emergencias Sanitarias, del Presupuesto para el año 2009.
Res. N XXI-237
09-06-09
Artículo 1º.- Reconócese el Adicional por Beneficios Especiales y/o Premios previsto por el Decreto Nº 1178/
00 a la agente MARTINEZ Graciela Karina M.I. Nº 22.255.313 - Clase 1971 con funciones en la División Control Contable, Dirección Provincial Area Programática Comodoro Rivadavia de la Secretaría de Salud, en un monto fijo mensual de PESOS MIL $
1.000.-, a partir del 01 de octubre de 2008 y hasta el 30
de abril de 2009.
Artículo 2º.- El gasto que demandó el cumplimiento de la presente Resolución se imputó en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 Gastos en Personal - Servicio Administrativo Financiero 74
- Programa 17 Atención Médica Zona Sur Actividad 1 Atención Médica Zona Sur, del Presupuesto para el año 2009.
Res. N XXI-238
09-06-09
Artículo 1º.- Déjase sin efecto el Adicional establecido en el Artículo 4º segundo párrafo del Decreto Nº 460/07 y sus modificatorias, otorgado mediante Resolución Nº XXI- 71/09 a los agentes consignados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución con funciones en el Hospital Subzonal Puerto Madryn, Dirección Provincial Area Programática Norte de la Secretaría de Salud, a partir del 01 de mayo de 2009.
ANEXO I
APELLIDO Y
NOMBRE
PECCI Horacio Gustavo
SAIRES
RASPANTI
Agustín Solano
Viernes 26 de Junio de 2009
BOLETIN OFICIAL
DOCUMENTO
26.148.600
22.371.511
Res. N XXI-240
CLASE
ESTABLECIMONTO
MIENTO
FIJO
HASTA
1977
Hospital Subzonal Puerto Madryn
$
1.326.-
30/04/09
1971
Hospital Subzonal Puerto Madryn
$
1.326.-
30/04/09
09-06-09
Artículo 1º.- Prorrógase el Adicional por Beneficios Especiales y/o Premios previsto por el Decreto Nº 1178/
00 a los agentes consignados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución con funciones en Nivel Central de la Secretaría de Salud, a partir de las fechas, montos y porcentajes que en cada caso se indica y por el término de un 1
año.
Artículo 2º.- El Adicional establecido por el Artículo 1º de la presente Resolución podrá ser suspendido o dejado sin efecto por razones de oportunidad y conveniencia o cuando el agente cese de prestar servicios bajo las modalidades y características que le fueron requeridas.
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 Gastos en Personal Servicio Administrativo Financiero 70- Programa 01 Conducción de la Secretaría de Salud Actividad 1 Conducción de la Secretaría de Salud, del Presupuesto para el año 2009.
ANEXOI
APELLIDO
Y NOMBRE
BARROS
VENEGAS
Erica Iris BAUDES
María Paula
DOCUMENTO
22.631.730
25.134.463
CAT. DE ESTABLECI MONTO FIJO
CLASE REVISTA
MIENTO
Y/O
DESDE HASTA
Y REG.
HORARIO
PORCENTAJE
1972
1976
Res. N XXI-241
A-I-I-9 c/
40 hs.
Nivel Central
A-I-I-9 c/
44 hs.
Nivel Central Jer. 9 Cat.
18
150%
02/01/09 01/01/10
$ 1.102,70
01/01/09 31/12/09
09-06-09
Artículo 1º.- Otórgase el Adicional Remunerativo por Coordinación General a los profesionales consignados en el Anexo I que forma parte integrante de la Presente Resolución con funciones a cargo del Hospital Rural Sarmiento, Dirección Provincial Area Programática Comodoro Rivadavia de la Secretaría de Salud y a cargo de la Dirección Provincial Salud Familiar de la Secretaría de Salud, previsto por el Artículo 4º último párrafo del Decreto Nº 460/07 y sus modificatorias, por un monto fijo mensual remunerativo de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CINCUENTA CENTAVOS $ 3.655,50 a partir del 01 de febrero de 2009 y por el término de un 1 año.
Artículo 2º.- El Adicional establecido por el Artículo 1º de la presente Resolución podrá ser suspendido o dejado sin efecto por razones de oportunidad y conveniencia o cuando el agente cese de prestar los servicios bajo las modalidades y características que le fueron requeridas.
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 Gastos en Personal - Programa 52
UEPGSS Actividad 1 - UEPGSS, del Presupuesto para el año 2009.