Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/4/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial RESOLUCION
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Resolución Nº 165/09.
Rawson, 07 de Abril de 2009.
VISTO:
La Ley XXIV Nº 48 antes Ley 5853, el Decreto Nº 386/09 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley XXIV Nº 48 antes Ley 5853 estableció un Régimen Especial de Facilidades de Pago para los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario Rural, Valor Ley XXIV Nº 17 antes Ley 2409 y Tasas Retributivas de Servicios;
Que mediante Decreto Nº 386/09 se reglamentó la citada norma legal, facultando a esta Dirección General dictar las normas necesarias respecto de las formalidades a cumplir por los sujetos alcanzados, en cuanto a presentaciones, vencimientos, plazos y demás condiciones necesarias para la aplicación del régimen;
Que en tal sentido corresponde prever las disposiciones a observar por los sujetos alcanzados por la mencionada Ley a los fines de acceder al régimen establecido en la misma;
Que ha tomado la intervención que le compete, la Dirección de Asuntos Legales;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 10º de la Ley XXIV Nº 38
antes Ley 5450 - Código Fiscal;
POR ELLO:
El Director General de Rentas de la Provincia del Chubut
RESUELVE:
Adhesión al Régimen - Formulario Artículo 1º.- Apruébense los formularios Presentación al Régimen Especial de Facilidades de Pago Ley XXIV Nº 48 antes Ley 5853
disponibles en la página web: dgrchubut.gov.ar, correspondientes a cada uno de los tributos alcanzados por el régimen y que como anexos I a V forman parte de la presente.

Martes 21 de Abril de 2009

Plazo Artículo 2º.- Se considerarán efectuadas en término las adhesiones al presente Régimen que se formalicen hasta el 29 de mayo de 2009, entendiéndose por ello el cumplimiento de los requisitos exigidos y la presentación de los mismos ante cualquiera de las dependencias de esta Dirección General.
Formalidades para el acogimiento Artículo 3º.- Quienes deseen acogerse al régimen de la Ley XXIV Nº 48 antes Ley 5853 deberán presentar el formulario aprobado en el artículo 1º de la presente, conjuntamente con el comprobante de pago del anticipo o total de la deuda, según la forma de cancelación elegida y certificación profesional requerida en el artículo 7º del Decreto Nº 386/09, en caso de corresponder.
Artículo 4º.- Cuando se trate de deudas por Impuesto de Sellos, se deberá presentar juntamente con el formulario de adhesión al régimen, los originales de los instrumentos cuya reposición se pretende regularizar, los que serán intervenidos por la Delegación o Receptoría y devueltos inmediatamente al solicitante. Al formulario de adhesión se deberá adjuntar fotocopia del respectivo instrumento/s.
Artículo 5º.- El acogimiento al Régimen de Facilidades de Pago por deudas en concepto de Valor Ley XXIV
Nº 17 antes Ley 2409, no exime al contribuyente de la obligación de presentar en forma previa las Declaraciones Juradas por los períodos que se declaran en el régimen.
Pago Artículo 6º.- El pago contado o del anticipo y las cuotas deberán efectuarse en las cuentas habilitadas por esta Dirección para cada uno de los tributos, en el Banco del Chubut S.A.
Artículo 7º.- En los casos de vía de apremio las costas deberán ingresarse a la cuenta Costas Judiciales Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut Nº 200398/7, en el Banco del Chubut S.A. Las mismas serán establecidas sobre el monto consolidado, de acuerdo con la normativa vigente.
De Forma Artículo 8º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a las dependencias de la Dirección General, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.Cr. PABLO ALEJANDRO OCA
Director General Dirección General de Rentas Provincia del Chubut I:20-04-09 V: 24-04-09

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/4/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha21/04/2009

Nro. de páginas39

Nro. de ediciones4352

Primera edición07/01/2004

Ultima edición11/07/2024

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