Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/3/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 16 de Marzo de 2009

BOLETIN OFICIAL

nar los recursos que permita afrontar los requerimientos del Sector Industrial Textil Lanero;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
PAGINA 3

Artículo 9º.- REGISTRESE, comuníquese, dése al Boletín Oficial y Cumplido ARCHIVESE.
MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN
LEONARDO A. AQUILANTI

DECRETA:
Artículo 1.- CREASE en el marco del Programa de Fortalecimiento Sectorial, el Programa de Fortalecimiento del Sector Industrial Textil Lanero.
Artículo 2º.- DESIGNASE autoridad de aplicación del Programa creado en el Artículo precedente al Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería, quedando facultado para instrumentar normas reglamentarias y aclaratorias a los fines de permitir la eficacia de la operatoria.
Artículo 3º.- ESTABLEZCASE el reintegro de hasta 12 puntos de la tasa Nominal Anual TNA sobre créditos ya obtenidos o a obtener por intermedio de entidades bancarias y hasta un máximo de capital total de Pesos Cinco Millones $ 5.000.000. El mencionado reintegros se efectuará sobre el excedente de la tasa nominal anual TNA comprometida en el crédito que supere el 12% tomado como tasa de corte. Esta medida será de aplicación mientras que la tasa de los créditos ofrecidos por las entidades financieras no supere el 35%.
Artículo 4º.- ESTABLEZCASE una compensación del 50% de los costos en transporte de personal contratado con empresas locales, el que será determinado de acuerdo al promedio mensual del valor facturado por los transportistas a cada empresa beneficiaria, en los seis meses inmediatos anteriores a la fecha de vigencia del presente Decreto.
Artículo 5º.- A los efectos generales del presente Decreto, el que tendrá un procedimiento operativo definido por la Autoridad de Aplicación, la Empresa deberá cumplimentar los siguientes requisitos mínimos:
- No podrá estar concursada ni en quiebra, perdiendo automáticamente los beneficios establecidos por el presente Decreto si se produjese alguna de estas alternativas en el período de goce de los mismos.
- No podrán realizar despidos sin causa justificada del personal contratado en la planta.
- Deberá presentar toda la información que la Autoridad de Aplicación requiera para poder implementar efectivamente el objeto del presente Decreto.
Artículo 6º.- La Autoridad de Aplicación evaluará y determinará la correspondencia de cada una de las solicitudes en el marco de las medidas implementadas por el presente Decreto.
Artículo 7º.- El programa creado por el artículo 1º del presente, tendrá un presupuesto asignado de Pesos Cinco Millones $ 5.000.000, destinados a gastos corrientes y de capital, el que se afectará a la Jurisdicción 65 - Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería SAF 101 Ejercicio 2009.
Artículo 8º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Industria, Agricultura y Ganadería y de Coordinación de Gabinete.

RESOLUCIONES
HONORABLE LEGISLATURA DE
LA PROVINCIA DEL CHUBUT

RESOLUCIÓN Nº 003/09-HL.
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DEL CHUBUT

R E S U E L V E :
Artículo 1º.- Designar Vicepresidente Primero de esta H. Legislatura al señor Diputado JORGE VALENTÍN
PITIOT.
Artículo 2º.- Designar Vicepresidente Segundo de esta H. Legislatura al señor Diputado RICARDO DANIEL
SASTRE.
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT, AL PRIMER DÍA DEL MES DE MARZO DE
DOS MIL NUEVE.
Ing. MARIO VARGAS
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
RESOLUCION Nº 004/09-HL.
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DEL CHUBUT

R E S U E LV E :
Artículo 1º.- Establecer un cronograma especial para la realización de las sesiones ordinarias de esta Legislatura para el año 2.009, en razón de la construcción y remodelación del edificio donde funciona el Poder Legislativo, autorizándose a sesionar en el Salón de Eventos del Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/3/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha16/03/2009

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones4369

Primera edición07/01/2004

Ultima edición05/08/2024

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