Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 24/11/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 24 de Noviembre de 2008

BOLETIN OFICIAL

POR ELLO:
El Director General de Rentas de la Provincia Del Chubut
RESUELVE:
Artículo 1.- APRUEBASE el Instructivo para Agentes de Recaudación: Registros Seccionales de la Propiedad Automotor de la Provincia del Chubut suscripto con la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor, en Agosto de 2008.
Artículo 2.- La presente Resolución será de aplicación a partir de la fecha de su notificación.
Artículo 3º.- REGÍSTRESE, notifíquese a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor, al Departamento Sellos y Leyes Especiales y cumplido ARCHIVESE.EDUARDO N. RODRIGUEZ
Director de Recaudación A/C Dirección General de Rentas Provincia del Chubut I: 21-11-08 V: 27-11-08

TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 219/08
Rawson Chubut, 20 de octubre de 2008
VISTO: El expediente Nº 25295, año 2007, caratulado:PETROMINERA CHUBUT SOCIEDAD DEL
ESTADO -S/ Rendición de cuentas -Ejercicio 2007, y CONSIDERANDO: Que a fs. 107 el responsable a cargo de Fiscalía Nº 6, da cuenta mediante Informe Nº 44/08 F.6, que Petrominera Chubut Sociedad del Estado ha no contestado satisfactoriamente las observaciones efectuadas mediante Nota Nº 35/08 F.6
fs.58;
Que a fs.105 obra copia de la respuesta dada por Petrominera Chubut Sociedad del Estado, siendo la misma deficiente, lo que da origen al informe Nº 44/08
F. 6, Que el artículo 34º de la Ley 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días;
Que asimismo el artículo 39º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren en favor del fisco;
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 6 de este Organismo, resulta responsable de la contestación el Sr. Interventor Néstor José Di Pierro;
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar al responsable de Petrominera Sociedad del Estado, el Sr. Interventor Néstor José Di Pierro, a contestar las observaciones pendientes deta-

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lladas en el Informe Nº 44/08 F.6 cuya copia se adjunta y que originalmente fueran formuladas mediante Nota Nº 35/08 F.6 fs. 58, dentro del término de quince 15
días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder conforme el artículo Nº 17 inciso c de la Ley Nº 4139.
Segundo: Regístrese y notifíquese, hágase saber a Fiscalía Nº 6 y cúmplase.
Pte. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 230/08
Rawson Chubut, 04 de noviembre de 2008
VISTO: El Expediente Nº 23.785, año 2006, caratulado: COMISION DE FOMENTO DE PUERTO
PIRAMIDES - S/ Rendición de Cuentas - Ejercicio 2006;
y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 595/
08 la Sub Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Comisión de Fomento de Puerto Pirámides no ha dado respuesta a la Nota Nº 107/08-F.3.- fs.63.
Que el artículo 34º de la Ley 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 39º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación el Intendente Municipal: Sr. Alejandro ALBAINI y la Secretaria de Hacienda: Sra. Verónica BIGHI.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Comisión de Fomento de Puerto Pirámides, Intendente Municipal: Sr. Alejandro ALBAINI y Secretaria de Hacienda: Sra. Verónica BIGHI a dar respuesta a la Nota Nº 107/08-F.3 fs.63, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 16º inc. h de la Ley 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 40º de la Ley 4139.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y de la Nota Nº 107/08F.3. fs.63.Pte. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 24/11/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha24/11/2008

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones4368

Primera edición07/01/2004

Ultima edición02/08/2024

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