Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/9/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 16

BOLETIN OFICIAL

incurrido también en abandono de servicio, negligencia en el desempeño de su función y falta de respeto hacia compañeros y superiores en infracción a lo establecido por el Artículo 44 Incisos a y n del Decreto Ley Nº 1987, por aplicación de lo establecido en los Artículos 47 y 48
Incisos 2º,3º y 4º de la misma norma y Artículo 4º bis del Decreto Nº 81/82 conforme modificación del Decreto Nº 02/83.

Disp. Nº 151

07-07-08

Artículo 1º.- Establecer que el Alojamiento Turístico denominado HOTEL FANTILLI, sito en la calle Mitre Nº 619 de la ciudad de Puerto Madryn e inscripto en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos por Resolución Nº 114-OPT/02, pasará a ser explotado comercialmente, en forma conjunta, por los señores Enzo FANTILLI DNI Nº 93.403.977 y Rocío FANTILLI DNI
Nº 28.138.347.

Disp. Nº 153

07-07-08

Artículo 1º.- Inscríbase en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos, bajo la clase Hotel, al establecimiento denominado TEHUELCHE, sito en la calle 9
de Julio Nº 831 de la ciudad de Esquel, propiedad de CADENA DE HOTELES RH S.A..Artículo 2º.- Establécese que toda modificación que se introduzca en el edificio, en los servicios o en el manejo del establecimiento, deberá ser comunicada por escrito dentro de los plazos que establece el Decreto Nº 1264/80. Caso contrario, será pasible de las sanciones establecidas en el Capítulo VII de la mencionada norma legal, según corresponda.

Disp. Nº 154

07-07-08

ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUASE del pago del ingreso al Área Natural Protegida Península Valdés a los alumnos y docentes de la Escuela Técnica Ecológica Ambientalista de la Ciudad de Puerto Madryn, entre los días 12 y 13 de Julio de 2008.
ARTÍCULO 2º.- ESTABLECESE que el grupo mencionado deberá ser acompañado por un Guía de Turismo Provincial debidamente habilitado, por cada unidad de transporte.

07-07-08

Artículo 1º.- Establecer que el Alojamiento Turístico denominado TY COED, sito en la calle Avenida Roca Nº 2410 de la ciudad de Puerto Madryn e inscripto en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos por Resolución Nº 047-OPT/04, pasará a ser explotado comercialmente, en forma conjunta, por los señores Pablo Alejandro GALLEGOS DNI Nº 16.421.344 y Mario Luis MORAND DNI Nº 16.841.533.

Disp. Nº 152

Disp. Nº 155

Viermes 12 de Septiembre de 2008

07-07-08

Artículo 1º.- Inscríbase en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos, bajo la clase Hospedaje Complementario, Categoría Única, al establecimiento denominado DE LOS ANGELES, sito en el Pasaje Pacheco Nº 1085 de la ciudad de Esquel, el que será explotado por el señor Luís DIAZ DNI Nº 5.265.178.Artículo 2º.- Establécese que toda modificación que se introduzca en el edificio, en los servicios o en el manejo del establecimiento, deberá ser comunicada por escrito dentro de los plazos que establece el Decreto Nº 1264/80. Caso contrario, será pasible de las sanciones establecidas en el Capítulo VII de la mencionada norma legal, según corresponda.

Disp. Nº 156

14-07-08

Artículo 1º.- REASIGNESE a la Dra. Patricia DEE
BOERSMA al frente del proyecto de investigación del pingino de Magallanes y de la Flora y Fauna en las áreas Terrestres y Marinas en la Provincia del Chubut, a partir de la fecha de la presente.

Disp. Nº 157

14-07-08

Artículo 1º.-Exceptuáse el presente trámite del criterio de irretroactividad previsto por el Artículo 32 Punto 3º del Decreto Ley Nº 920.Artículo 2º.-Desaféctese del Programa Provincial de Becas y Pasantías, a partir del día 1º de Julio de 2008, a la señorita Ana María AREVALO DNI Nº 26.067.765, designada como pasante mediante Disposición Nº 090SSTyAP .
Artículo 3º.- Aféctese al beneficio de pasantía en el marco del Programa Provincial de Becas y Pasantías Turísticas Provinciales, a las personas que se mencionan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Disposición.Artículo 4º.- Establécese como fecha de inicio de los beneficios de pasantía dispuestos por el Artículo precedente, el día 1º de Julio de 2008 finalizando el día 31
de Diciembre de 2008.Artículo 5º.- Autorizase a la Dirección de Administración del Ministerio de Comercio Exterior, Turismo e Inversiones a abonar a cada uno de los pasantes, las sumas que se indican en el Anexo de la presente, respectivamente, las que serán abonadas a mes vencido y por el tiempo que dure el beneficio.Artículo 6º.- Establécese como obligación a cumplir por cada pasante, la presentación, ante la sede de la Subsecretaría de Turismo y Áreas Protegidas, sita en Avenida 9 de Julio Nº 280 de la ciudad de Rawson, de la solicitud de inscripción, como declaración debidamente firmada por el beneficiario, expresando la aceptación de la pasantía Asimismo, los pasantes deberán observar las siguientes obligaciones:
1 Remitir a esta Subsecretaría, dentro de los QUINCE 15 días posteriores a su notificación, el comprobante de apertura de Caja de Ahorro ante el Banco del Chubut S.A. a nombre del beneficiario.
2 Cumplir con las actividades, horarios y solicitudes que la Subsecretaría y/o el Municipio o Comuna Rural requiera.
3 Presentarse aseado y bien vestido a la Institución asignada para el cumplimiento de la pasantía;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/9/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha12/09/2008

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones4355

Primera edición07/01/2004

Ultima edición16/07/2024

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