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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 19/2/2008
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
Martes 19 de Febrero de 2008
BOLETIN OFICIAL
2013 siempre que acredite la regularidad en los estudios y demás límites establecidos en el Art. 44º bis de la Ley 3923, Norberto Manuel BARRERA, D.N.I. N
35.693.472 con vencimiento al: 15/01/2010, pudiendo extenderse dicho plazo siempre que acredite la regularidad en los estudios y demás límites establecidos en el Art. 44º bis de la Ley 3923, Alejo Joaquín BARRERA, D.N.I. N 45.882.115 con vencimiento al: 23/07/2023, pudiendo extenderse dicho plazo siempre que acredite la regularidad en los estudios y demás límites establecidos en el Art. 44º bis de la Ley 3923, unida de hecho en aparente matrimonio e hijos del Señor Luis Norberto BARRERA, D.N.I. N 17.748.097, extinto empleado del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 09 de Julio de 2007.
Res. N 131
21-01-08
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Luján Margarita MAFFIA, D.N.I. N 10.028.642.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de diciembre de 2007.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 132
21-01-08
Artículo 1º: RECONOCER bajo el régimen GENERAL de la Ley Provincial N 3923 T.O. N 4251 los servicios prestados por el Señor Alberto DOUCETT D.N.I.
N 5.054.832, en el Ministerio de Economía y Crédito Público por el período del 16-01-73 al 31-01-77, en el Ministerio de Coordinación de Gabinete por el período del 21-09-78 al 31-12-79, y en el Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia por el período del 01-01-80 al 15-0281 y 12-06-81 al 06-07-82, totalizando SIETE 07 AÑOS, SEIS 06 MESES Y SIETE 07 DIAS de servicios con aportes a este Instituto de Seguridad Social y Seguros, no computándose período de licencia sin sueldo del 1602-81 al 11-06-81 en el Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia.
Artículo 2º: El presente Expediente deberá ser enviado a la Caja Previsional donde el solicitante gestione el trámite de JUBILACION.
Res. N 137
24-01-08
Artículo 1 OTORGAR PENSION LEY PROVINCIAL
N 3923, al Señor Carlos Ernesto DOMINGUEZ, L.E. N
5.322.211 y al menor Carlos Rodrigo DOMINGUEZ, D.N.I.
N 29.416.725, con vencimiento al: 05/04/2008 siempre que acredite la regularidad en los estudios y demás límites establecidos en el Art. 44º bis de la Ley 3923, cónyuge supérstite e hijo de la Señora Maria Elena VIDAL,
PAGINA 15
L.C. N 6.366.741, extinta retirada de este Instituto.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 13 de Noviembre de 2007.
Res. N 148
28-01-08
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL N 3923 a la Señora Gloria ALVAREZ, L.C.
Nº 4.522.662, ex-empleada de la Secretaría de Salud.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de enero de 2008.
Res. N 149
28-01-08
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL N 3923 a la Señora María de las Mercedes PAGNANELLI, D.N.I. Nº 6.173.080, ex-empleada de la Municipalidad de Puerto Madryn.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de enero de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 150
28-01-08
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL N 3923 al Señor Lino TEJERINA, L.E. Nº 8.197.228, ex-empleado de la Secretaría de Salud.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de enero de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 151
28-01-08
Artículo 1º: RECONOCER bajo el régimen DOCENTE
de la Ley Provincial N 3923 T.O. N 4251 los servicios prestados por el Señor Norberto Pascual MORBIDONI
L.E. N 5.190.334, en el Ministerio de Educación por el período del 18-03-74 al 15-03-76 y bajo el régimen GENERAL de la Ley Provincial N 3923 T.O. N 4251, en el Ministerio de Economía por el período del 16-03-76 al 19-03-76, totalizando DOS 02 AÑOS Y DOS 02 DÍAS
de servicios con aportes a este Instituto de Seguridad Social y Seguros, no computándose período sin aporte del 14-02-74 al 31-01-75 y no acumulándose a los efectos del cómputo período simultáneo del 01-02-75 al 1503-76, en el Ministerio de Economía.
Artículo 2º: El presente Expediente deberá ser enviado a la Caja Previsional donde el solicitante gestione el trámite de JUBILACION.