Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/10/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 31 de Octubre de 2007

BOLETIN OFICIAL

ción a la cuit del primer titular empadronado en el SIRCREB, respetando el orden establecido en la cuenta por la entidad financiera.
Los agentes de recaudación deberán hacer constar en los resúmenes de cuentas que entreguen a sus clientes, el total debitado por aplicación del presente régimen bajo la leyenda REGIMEN RECAUDACION
SIRCREB.
Artículo 4º.- REGISTRESE, notifíquese a las dependencias de esta Dirección General, Publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
Cr. EDUARDO TOMAS WILLIAMS
I: 25-10-07 V: 31-10-07

MINISTERIO DE COORDINACIÓN
DE GABINETE
Resolución Nº V-112/07.
Rawson, 22 de Octubre de 2007.
VISTO:
El Expediente Nº 03072-MCG-2007; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del citado Expediente, el agente Gabriel Alejandro BERRA, solicita el pago de la diferencia salarial existente entre el cargo de revista Maestro Especial de Educación Física de la Escuela Nº 20 de la ciudad de Rawson, dependiente del Ministerio de Educación y el de Director General de Deportes de la ex Secretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social, por el período durante el cual usufructuó treinta y cinco 35 días de licencia anual reglamentaria, pendientes, correspondientes al año 2004 y veintitrés 23 días, parte proporcional, año 2005;
Que por Decreto Nº 209/03, a partir del 30 de diciembre de 2003, se designó como Director General de Deportes de la ex Secretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social, al agente Gabriel Alejandro BERRA;
Que corresponde abonarle al mencionado agente, la diferencia salarial existente entre el cargo de revista Maestro Especial de Educación Física de la Escuela Nº 20 de la ciudad de Rawson, dependiente del Ministerio de Educación y el de Director General de Deportes de la ex Secretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social, por el período durante el cual usufructuó treinta y cinco 35 días pendientes, correspondientes a la licencia anual reglamentaria del año 2004 y veintitrés 23 días, parte proporcional, año 2005, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 3º, Anexo I del Decreto 2005/
91;
Que de acuerdo al Dictamen Nº 006/98, de la Fiscalía de Estado, no existe impedimento para acceder a lo solicitado;
Que la Dirección General de Administración de Personal del Ministerio de Coordinación de Gabinete, ha tomado intervención en el presente trámite;

PAGINA 3

POR ELLO:
El Ministro de Coordinación de Gabinete
R E S U E LV E :
Artículo 1º.- Autorízase a partir de la fecha de la presente Resolución, el pago de la diferencia salarial existente entre el cargo de revista Maestro Especial de Educación Física de la Escuela Nº 20 de la ciudad de Rawson, dependiente del Ministerio de Educación y el de Director General de Deportes de la ex Secretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social, por el período durante el cual usufructuó treinta y cinco 35 días pendientes, correspondientes a la licencia anual reglamentaria del año 2004 y veintitrés 23 días, parte proporcional, año 2005, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 3º, Anexo I
del Decreto 2005/91.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado a la Jurisdicción 12 - Secretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social Programa 92 Reclamos Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores.
Artículo 3º.- La presente resolución será refrendada por el señor Subsecretario de Relaciones Institucionales.
Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese y cumplido, ARCHIVESE.
NORBERTO G. YAUHAR
MIGUEL ÁNGEL ROSSETTO

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR, TURISMO E INVERSIONES

Res. N 92

22-10-07

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio en los términos del Decreto Nº 1304/78, modificado por los Decretos Nº 1232/00 y 2424/04, por la suma de PESOS CINCO MIL $
5.000.-, a favor de la Municipalidad de Cholila, representada por su señor Intendente, don Héctor Miguel CASTRO, DNI Nº 17.642.534 destinados a solventar gastos para el equipamiento del nuevo centro de informes, impresión de folletería y armado de la página Web del Municipio citado.Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución, será imputado en la Jurisdicción 64 SAF 64 Programa 1 Inciso 5
Principal 7 Parcial 6 Fuente de Financiamiento 353
Ejercicio 2007.Artículo 3º.- La Municipalidad de Cholila deberá invertir los fondos dentro de los SESENTA 60 días de recepcionados y rendirlos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los SESENTA 60
días de su inversión con copia a la Dirección de Administración del Ministerio de Comercio Exterior, Turismo e Inversiones.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/10/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha31/10/2007

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4368

Primera edición07/01/2004

Ultima edición02/08/2024

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