Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/7/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 8

BOLETIN OFICIAL

ducentes al encuentro de puntos de entendimiento que permitan la solución del presente conflicto.ARTICULO 4: A los efectos de constatar el fiel cumplimiento de lo dispuesto precedentemente y comenzar las tratativas conciliatorias, designase audiencia de partes para el día MIERCOLES 25 DE JULIO DE
2007, a las 10 horas, en sede de la Delegación Regional de Puerto Madryn, sita en calle Roque Sáenz Peña 187, piso 1.

INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL
Y SEGUROS

Res. N 736

26-04-07

Artículo 1: OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
LEY PROVINCIAL Nº 3923 al Señor Pedro Alonso FERREIRA, D.N.I. N 7.813.603, ex-empleado de la Municipalidad de Gaiman.
Artículo 2: El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Abril de 2007.

Res. N 745

26-04-07

Artículo 1: OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
LEY PROVINCIAL Nº 3923 a la Señora Pura ARAVENA, L.C. N 4.552.822, ex-empleada del Ministerio de Educación.
Artículo 2: El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Abril de 2007.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 751

21-05-07

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Nélida Rosa CONTRERA , D.N.I. N 11.237.616, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Abril de 2007.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 836

21-05-07

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, al Señor Ricardo Horacio RODRIGUEZ, D.N.I. N 7.837.094, ex-docente del Ministerio de Educación equiparado a la categoría 13 de la Administración Pública.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Marzo de 2007.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 838

21-05-07

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Ester Beatriz DIAS, D.N.I. N 10.146.735, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Abril de 2007.

26-04-07

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Olga Estela BRIZZOLA, L.C. N 5.416.789, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Abril de 2007.

Res. N 783

Res. N 835

Martes 31 de Julio de 2007

26-04-07

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
POR TAREA RIESGOSA LEY PROVINCIAL Nº 3923 a la Señora Lidia Gladis FREEMAN, D.N.I. Nº 12.189.724, ex-empleada de la Secretaría de Salud.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Abril de 2007.
Artículo 3 RETENER a la Señora Lidia Gladis FREEMAN el cinco 5% por ciento mensual de los haberes jubilatorios, hasta tanto se cumplimente con el pago total de la deuda de aportes personales comprometida.

Res. N 849

21-05-07

Artículo 1 REAJUSTAR el haber de la Jubilación Ordinaria Decreto Ley Provincial N 1388 que usufructúa el Sr. Federico VAZQUEZ, D.N.I. N 4.899.295.
Artículo 2 LIQUIDAR el reajuste otorgado a partir del 18 de Agosto de 2004.
Artículo 3 DECLARAR prescriptas toda suma que pudiera corresponder en concepto de reajuste con anterioridad a la fecha referida precedentemente.

Res. N 869

22-05-07

Artículo 1 OTORGAR PENSION LEY PROVINCIAL
N 3923, al Señor Antonio AGUILERA MARQUEZ, D.N.I.
N 14.075.486, cónyuge supérstite de la Señora Mirta Haydee LUZ CLARA, D.N.I. N 6.243.746, extinta jubilada de éste Instituto.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 15 de Enero de 2007.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/7/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha31/07/2007

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4353

Primera edición07/01/2004

Ultima edición12/07/2024

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