Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/3/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Primero: Conminar a los ex responsables de la Comuna Rural de Carrenleufú, Presidente: Sr. Raúl GARCETTE y Tesorero: Luis Marino GRIFFITHS a dar respuesta a las observaciones contestadas parcialmente, quedando pendientes las correspondientes a las Notas Nº 439/03; Nº 03/04 fs.15; Nº 247/04 fs.25 y Nº 324/04 fs.29, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 16º inc. h de la Ley 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 40º de la Ley 4139.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y del Informe Nº 25/06F.3. y Notas Nº 439/03 fs.11, Nº 03/04 fs.15, Nº 247/
04 fs.25 y Nº 324/04 fs.29.Pte. Dr. JUAN MANUEL IRUSTA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. VICTOR ANTONIO ZAMORA
Voc. Dr. TOMAS ANTONIO MAZA
Sec. Dr. NESTOR FABIAN PAPAIANI

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 07/06.Rawson Chubut, 20 de febrero del 2006.
VISTO: El Expediente Nº 22.534, año 2005, caratulado: Municipalidad de Rawson - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2005; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 02/06
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 5 da cuenta que la Municipalidad de Rawson no ha contestado las observaciones efectuadas mediante Nota N 44/05 -F.5 . fs.
115.Que el artículo 34 de la Ley 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días;
Que asimismo el artículo 39 de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren en favor del fisco;
Que resultan responsables de la contestación el Sr.
Leopoldo Cayetano Zanelli Responsable Área Despacho y Personal;
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar al Responsable del Área Despacho y Personal Sr. Leopoldo Cayetano Zanelli, a contestar las observaciones efectuadas por Nota N 44/05
- F.5 dentro del término de quince 15 días, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 16º inc. h de la Ley 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 40
de la Ley 4139.

Martes 14 de Marzo de 2006

Segundo: Regístrese y notifíquese al responsable.Pte. Dr. JUAN MANUEL IRUSTA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. VICTOR ANTONIO ZAMORA
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Sec. Dr. NESTOR FABIAN PAPAIANI

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 08 /06.Rawson Chubut, 20 de febrero de 2006.
VISTO: El Expediente Nº 22.524, año 2005, caratulado: COMUNA RURAL DE LAGO BLANCO S/Rendición de Cuentas - Ejercicio 2005; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 29/06
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Comuna Rural de Lago Blanco no ha dado respuesta a la Nota Nº 406/05-F.3.- fs.20 de fecha 28/10/05.
Que el artículo 34º de la Ley 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 39º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación el Presidente: Sr. Cruz MONTIEL y Tesorero: Sr.
Pablo RIQUELME.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar a los responsables de la Comuna Rural de Lago Blanco: Presidente: Sr. Cruz MONTIEL
y Tesorero: Sr. Pablo RIQUELME a dar respuesta a la Nota Nº 406/05-F.3.- fs.20, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 16º inc. h de la Ley 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 40º de la Ley 4139.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y de la Nota Nº 406/05F.3. fs.20.
Pte. Dr. JUAN MANUEL IRUSTA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. VICTOR ANTONIO ZAMORA
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Sec. Dr. NESTOR FABIAN PAPAIANI

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 09/06.Rawson Chubut, 20 de febrero de 2006.VISTO: El Expediente Nº 22957 año 2005, caratulado: SECRETARIA DE PESCA S/ Rendición de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/3/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha14/03/2006

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones4371

Primera edición07/01/2004

Ultima edición07/08/2024

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