Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/2/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
Lunes 27 de Febrero de 2006

7 Asesorar técnicamente y cooperar en la búsqueda de posibles soluciones en los conflictos laborales a los entes públicos y privados que lo requieran.
REQUISITOS:
Estudios Completos a Nivel de Enseñanza Media o cinco 5 años en tareas similares en el orden provincial o nacional.

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 163

Dto. Nº 162
15-02-06
Artículo 1º.- Modifícanse las misiones, funciones y requisitos para ocupar el cargo Director de Negociación Colectiva y Gestiones Institucionales dependiente de la Subsecretaría de Trabajo del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, establecidos en el Anexo III
del Decreto Nº 511/02 de fecha 15 de mayo de 2002, conforme el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.
ANEXO I
MINISTERIO DE GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
SUBSECRETARIA DE TRABAJO
DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA Y
GESTIONES INSTITUCIONALES

MISIONES:
Controlar el cumplimiento de las normas del derecho colectivo laboral.
Intervenir en las negociaciones y convenciones llevadas a cabo en el ámbito provincial en el marco de los acuerdos celebrados con el Superior Gobierno de la Nación.
Participar en los acuerdos y gestiones con el resto de los organismos provinciales en el ámbito del derecho laboral con el fin de cooperar en la búsqueda de soluciones en los conflictos de los sectores productivos.
FUNCIONES:
1 Recepcionar y tramitar las solicitudes de negociaciones colectivas en el ámbito de la Provincia.
2 Intervenir en las negociaciones colectivas.
3 Llevar un registro provincial de las negociaciones colectivas desarrolladas en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo.
4 Asesorar a las entidades gremiales de las normativas y procedimientos para arribar a las celebraciones y modificaciones de las convenciones colectivas de trabajo en el ámbito provincial.
5 Remitir al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación los trámites colectivos realizados.
6 Coordinar la interacción con los organismos oficiales de la Provincia del Chubut para lograr una funcionalidad laboral efectiva y reglada.

15-02-06

Artículo 1º.- Modifícase el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público
Programa 23: Recaudación y Fiscalización de Ingresos SAF 32 Dirección General de Rentas, eliminándose un 1 cargo Nivel I Agrupamiento Personal Profesional Planta Temporaria e incrementándose el mismo cargo en Planta Permanente.

Dto. Nº 164

15-02-06

Artículo 1º.- Transfiérase a partir de la fecha del presente Decreto, a la Planta Permanente al agente SASSO, Raúl Heberto MI Nº 20.522.177 clase 1969 cargo Analista de Sistemas A Código 4007 Nivel I Agrupamiento Personal Profesional Planta Temporaria de la Dirección General de Rentas dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público trámite éste que se encuentra amparado dentro de los términos establecidos en los Artículos 1º y 2º de la Ley 4952.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará a la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público Programa 23: Recaudación y Fiscalización de Ingresos SAF 32 Dirección General de Rentas.

Dto. Nº 165

15-02-06

Artículo 1º.- RATIFICAR en todos sus términos la Resolución Nº 267/05-CCH que autoriza la entrega de un préstamo ampliatorio del Fondo de Inversión para el desarrollo de Miniemprendimientos Productivos FIDEMI en el marco del Programa de Desarrollo de Miniemprendimientos Productivos, al Sr. Fabián Antonio ANDRADE DNI Nº 24.463.951 con domicilio en Belgrano Nº 243 de la ciudad de Sarmiento, Provincia del Chubut.
Artículo 2º.- AUTORIZAR al Presidente de la Corporación de Fomento del Chubut CORFO CHUBUT
Ing. Jorge Valentín PITIOT DNI Nº 5.503.299 a cel e b r a r u n c o n t r a t o c o n e l S r. F a b i á n A n t o n i o ANDRADE DNI Nº 24.463.951, con el objetivo de otorgarle un préstamo por la suma de Pesos tres mil $ 3.000, para ser destinado a la compra de materiales para refaccionar un local destinado a la venta de chacinados en la ciudad de Sarmiento, Provincia del Chubut.
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/2/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha27/02/2006

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones4365

Primera edición07/01/2004

Ultima edición30/07/2024

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