Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/2/2006

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Impleméntase Seguro Materno Infantil.
Dto. Nº 106/06.
Rawson, 02 de Febrero de 2006.
VISTO: El Expediente Nº 6972/05-SS, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 3º del Decreto nacional Nº 2724
del 31-12-02 se creó el Seguro de Salud Materno Infantil para la atención de la cobertura médico asistencial y de las prestaciones sociales en forma integral y universal, para la mujer embarazada, la mujer en edad fértil y los niños hasta cinco 5 años de edad, bajo la dependencia del Ministerio de Salud;
Que con fecha 22 de marzo del 2003 el Ministro de Salud de la Nación, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron el Acuerdo Federal de Salud en la Casa del Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos, declarando su firme voluntad de reconocer como prioritarias en sus respectivas jurisdicciones y para los próximos años, entre las Políticas de Estado, la realización de acciones conjuntas entre la Nación, las Provincias y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tendientes a disminuir las tasas nacionales de mortalidad infantil en un 25% y la de la mortalidad materna en un 15% en relación a los valores correspondientes al año 2002 en el transcurso del próximo quinquenio, como así también la implementación de un Seguro Nacional de Maternidad e Infancia, para tender a brindar la atención integral de la salud a madres embarazadas y niños menores de cinco 5 años;
Que en virtud de tales antecedentes el Ministerio de Salud de la Nación emitió la resolución Nº 198/03, que con su Artículo 1º crea en la órbita de la Secretaría de Programas Sanitarios el Programa Para la Creación de Seguros de Maternidad e Infancia Provinciales en el marco del Seguro Materno Infantil, para asistir a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la creación, desarrollo, implementación y ejecución de los seguros materno-infantiles locales, mediante el apoyo financiero y técnico;
Que por Decreto Nacional Nº 1140/04 se modifica la denominación de dicho Programa, reemplazándose por la denominación de PROYECTO DE INVERSION
EN SALUD MATERNO INFANTIL PROVINCIAL;
Que mediante Resolución Nº 1173/04 del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación se dispuso denominar PLAN NACER ARGENTINA al Proyecto de Inversión en Salud Materno Infantil Provincial;
Que en septiembre de 2005 la Secretaría de Salud de la Provincia presentó ante el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación una Carta de Intención manifes-

Miércoles 15 de Febrero de 2006

tando la voluntad concreta de llevar adelante todas las acciones tendientes a reducir las tasas de morbi-mortalidad infantil en el ámbito de su jurisdicción;
Que a los fines de adherir formalmente al PROYECTO DE INVERSION EN SALUD MATERNO INFANTIL
PROVINCIAL se estima necesario el dictado de un acto que recepte a nivel provincial el Programa aludido anteriormente, a partir de lo cual se contará con un Seguro Materno Infantil Provincial SMIP;
Que asimismo se torna indispensable proceder a la creación de una Unidad de Gestión del Seguro Provincial, determinándose el compromiso de mantenerla en funcionamiento durante el período en el cual se desarrolle el proyecto, con facultades para dirigir y administrar el SEGURO MATERNO INFANTIL PROVINCIAL, conducir las gestiones ante la Unidad Ejecutora Central Nacional y dotarla de los recursos para su funcionamiento;
Que ha tomado intervención el servicio jurídico de la Secretaría de Salud;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:
Artículo 1º.- Impleméntase en la Provincia y en el marco del Proyecto de Inversión en Salud Materno Infantil Provincial creado por resolución Nº 198/03 del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación un SEGURO MATERNO INFANTIL PROVINCIAL.
Artículo 2º.- El SEGURO MATERNO INFANTIL PROVINCIAL SMIP tendrá por finalidad favorecer el acceso a los servicios de salud de las mujeres embarazadas y hasta cuarenta y cinco 45 días posteriores a la finalización por cualquier causa del embarazo, y a los niños y niñas menores de seis 6 años domiciliados en el territorio provincial sin cobertura médica explícita.
Artículo 3.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Salud la UNIDAD DE GESTION DEL SEGURO PROVINCIAL MATERNO INFANTIL UGSP, con facultades para dirigir y administrar el SMIP y conducir las gestiones ante la Unidad Ejecutora Central del Proyecto.
Artículo 4º.- La UNIDAD DE GESTION DEL SEGURO PROVINCIAL MATERNO INFANTIL se mantendrá en funcionamiento durante el período de tiempo en el cual se desarrolle el Proyecto de Inversión en Salud Materno Infantil Provincial Plan Nacer Argentina y se financiará con los aportes del Presupuesto Nacional, las partidas que le asigne el Presupuesto Provincial y otros recursos que reaporten a tales efectos.
Artículo 5º.- La UGSP será presidida por la Secretaría de Salud, quien actuará secundada por un Coordinador, a designar por la nombrada.
Artículo 6º.- Facúltase a la UNIDAD DE GESTION
DEL SEGURO PROVINCIAL MATERNO INFANTIL a realizar, conforme las normativas vigentes en su jurisdicción, las contrataciones y todo acto que resulte necesario para el cumplimiento de los objetivos del Proyecto.
Artículo 7.- La UGSP deberá proceder a la apertura de una cuenta especial, con el específico y excluyente objetivo de administrar los fondos transferidos por Na-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/2/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha15/02/2006

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4365

Primera edición07/01/2004

Ultima edición30/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2006>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728