Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 9/5/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 86
Martes, 09 de mayo de 2023
Pág. 3


ADMINISTRACIÓN LOCAL
1369/23

AYUNTAMIENTO DE ANTAS
ANUNCIO
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente 127/2022 de autorización para actuaciones extraordinarias de interés público en suelo rústico, instado por EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, para la instalación de planta móvil de aglomerado asfáltico. POLÍGONO 22, PARCELA 44, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 22 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
El expediente completo se puede examinar en el ayuntamiento y en parte en la sede electrónica del ayuntamiento de Antas Transparencia.
Expediente N.º 127/2022
Resolución con número y fecha establecidos al margen Procedimiento: Solicitud de Licencia o Autorización Urbanística Interesado: EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS SAU

A la vista de los antecedentes obrantes en el expediente.
El art.22.3 LISTA establece que Las actuaciones extraordinarias sobre suelo rústico requieren, para ser legitimadas, de una autorización previa a la licencia municipal que cualifique los terrenos donde pretendan implantarse, conforme a los criterios que se establezcan reglamentariamente. Durante el procedimiento de autorización previa, se someterá la actuación a información pública y audiencia de los titulares de los terrenos colindantes y de las Administraciones Públicas que tutelan intereses públicos afectados, por plazo no inferior a un mes. El plazo máximo para notificar la resolución del procedimiento será de seis meses y el silencio tendrá efecto desestimatorio. La resolución del procedimiento corresponderá al Ayuntamiento.
Una vez declarada de interés público la actividad y aprobado el proyecto de actuación mediante el trámite previsto en la LISTA, deberá solicitarse en el plazo máximo de 1 año, la correspondiente licencia de obras. La actividad tendrá una duración limitada.
1. Una vez declarada de interés público la actividad y aprobado la autorización previa mediante el trámite correspondiente, deberá solicitarse en el plazo máximo de 1 año, la correspondiente licencia de obras. Reglamentariamente, y para concretos y determinados usos o actividades, se podrá establecer una duración limitada de la cualificación con la obligación de restitución de los terrenos finalizada la misma art.22.4 LISTA.
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo dispuesto en el 22.3 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, en relación con el artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVO
Primero. Aprobar la solicitud de autorización presentada por EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, necesaria y previa a la licencia municipal para la ejecución del Proyecto de actuación para la instalación de planta móvil de aglomerado asfáltico.
POLÍGONO 22, PARCELA 44, condicionado a las siguientes observaciones/LIMITACIONES/CONDICIONES que deberán constar en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD conforme a lo previsto en la legislación hipotecaria:
Las establecidas en la RESOLUCIÓN SOBRE EL EXPEDIENTE DE AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA DE
REFERENCIA AAUA/ AL/0015/21, PROMOVIDO POR EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS S.A.U., RELATIVO AL
PROYECTO DE INSTALACIÓN DE PLANTA MÓVIL DE AGLOMERADO ASFÁLTICO, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL
DE ANTAS ALMERÍA
Supeditado al cumplimiento de las condiciones recogidas en el Proyecto, el Estudio de Impacto Ambiental y resto de la documentación técnica presentada por el promotor, así como las establecidas adicionalmente en los siguientes anexos:
Anexo I: Descripción de la Actuación. Anexo II: Condiciones Generales. Anexo III: Límites y condiciones técnicas. Anexo IV: Plan de Vigilancia y Control. Anexo V: Evaluación de la actuación.
Una vez declarada de interés público la actividad y aprobado la autorización previa mediante el trámite correspondiente, deberá solicitarse en el plazo máximo de 1 año, la correspondiente licencia de obras.
Se le advierte que el cese de las actividades que se desarrollan en la misma durante más de cinco años seguidos dará lugar, previa audiencia al interesado, a la pérdida de vigencia de la autorización con obligación de restituir los terrenos a su estado natural.
El transcurso del plazo dará lugar a la pérdida de vigencia de la autorización obligando a las entidades y promotores o a quienes se subroguen en sus obligaciones a restituir los terrenos a su estado natural sin derecho a indemnización.
Las condiciones anteriores se harán constar en la licencia que autorice la ejecución de la actuación y en el Registro de la Propiedad, conforme a lo previsto en la legislación hipotecaria.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 9/5/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha09/05/2023

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones6250

Primera edición26/04/1999

Ultima edición03/07/2024

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