Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/11/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

14 de noviembre de 2022

BOLETIN OFICIAL Nº 6135

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Establecimiento Santalina observa dos masculinos que ingresan al domicilio de su vecino, Sr. Miguel Angel Cacho, ambos con boina, una color blanca y negro y la otra roja y blanca, de vestimenta uno oscuro y el otro color rojo, ambos de alpargata, sustrayendo elementos varios, quienes previo a huir a bordo de vehículo AUDI color gris, techo negro, le efectúan cuatro disparos de arma de fuego, no resultando ser lesionado. Así como también en la denuncia efectuada por el Sr. Miguel Angel Cacho, quien da cuenta que en fecha 06/06/2022 a las 18:30 hs aproximadamente, momento de arribar a su domicilio constata que autor/es que ignora previo a ejercer violencia sobre puerta ingreso de su vivienda, procedieron a sustraerle $800.000 ocho cientos mil pesos en efectivo, que se encontraban dentro de caja de chapa con candado y una Motosierra color negra con cuerda. Que el Cuerpo de Investigación Judicial Viedma en oficio Nº 1351 DG3-V, informa que teniendo en cuenta que para acceder al balneario de la Localidad de San Javier hay que transitar por la Ruta 3 Nueva o por Ruta 3 Vieja, donde se localizan las cámaras de seguridad del Comando 911, es que se solicitan bajo Oficio. Una vez recepcionadas y analizadas se observa un vehículo Audi con las mismas características descriptas por el denunciante Gonzalez. Que luego de identificar al propietario de dicho vehículo solicitan allanamiento, siendo autorizado por el Sr. Juez de Garantías, Dr.
Juan Pedro Puntel, el 08/06/2022. Que el Gabinete de Criminalistica no pudo levantar ningún rastro de huellas dentro del domicilio de la víctima. Que el Cuerpo de Investigación Judicial Viedma en oficio Nº 1415 DG3-V de fecha 14/06/2022 informa que dicha diligencia no se realizó ya que se apersonaron en varias ocasiones de forma discreta a los fines de realizar la diligencia no encontrando moradores en el domicilio ni en el vehículo en cuestión.- Que en fecha 28/06/2022, el Cuerpo de Investigación Judicial Viedma en oficio Nº 1563, solicita nuevamente allanamiento fundamentando la solicitud en que habiendo transcurrido ya varias semanas informan que se realizaron recorridas de forma discreta en el domicilio del sospechado, no localizando el vehículo en cuestión, agregando además que en el domicilio no se observa movimiento, pero no se descarta que el masculino pueda estar allí dentro, siendo autorizado por el Sr.
Juez de Garantías, Dr. Juan Pedro Puntel, el 29/06/2022. Que el Cuerpo de Investigación Judicial Viedma en oficio Nº 1601 DG3-V de fecha 01/07/2022 informa que se efectuó la diligencia de allanamiento, pero que el mismo arrojó resultado desfavorable. Que del análisis de las constancias incorporadas al legajo, entiendo no contar con datos suficientes como para acreditar la autoría responsable del hecho criminoso puesto en conocimiento. Lo cierto es que no se cuenta con elementos de cargo relevantes como para individualizar al autor y/o partícipes del hecho investigado y alcanzar así un grado de sospecha tal que permita realizar formulación de cargos Art. 130 C.P.P.. Que en orden a una racionalización de los recursos de este Ministerio Público Fiscal, corresponde reanalizar la continuación de la pesquisa. Que no es de presumir que aparezcan nuevas fuentes de valoración aparte de las ya producidas, hábida cuenta que la investigación llevada a cabo aparece como agotada y no se advierte que resulte pertinente y útil, ensayar alguna otra medida de comprobación de la que pudiera surgir otro elemento de convicción de valor probatorio. En este contexto, no existiendo elementos suficientes para proceder a la apertura de la Investigación Penal Preparatoria y consiguiente formulación de cargos en los términos de los art. 128 inc.
5 y 130 del C.P.P. Consecuentemente, corresponde archivar las presentes actuaciones con la aclaración que dicha medida es provisoria y modificable, para el caso de incorporarse nuevos elementos de prueba que permitan su apertura.- Resuelvo: I.- Disponer el Archivo de las presentes actuaciones de conformidad al Art. 128, inc. 4to. C.P.P.- II.- Notifíquese a los denunciantes haciéndoles saber expresamente que tienen derecho a solicitar al fiscal del caso la revisión del archivo, por un fiscal superior, en el término de tres días de notificado. Firmado Digitalmente por Gonzalez Sacco Guillermo Martin.-Edicto Nº 11637
La Cámara del Trabajo de la Ira. Circunscripción Judicial de Rio Negro, Presidencia del Dr. Gustavo Guerra Labayén, Secretaria Nro. 2 a cargo del Dr. Martin J. Crespo, en autos caratulados: Sepúlveda, Marcelo Jesús y Otros c/ Maino, Carina Laura y Otros s/ Ordinario - Expte. N: VI-00302-L-2022, notifica al Sr. Dionisio Grandi DNI 20.077.483 las siguientes resoluciones: Viedma, 31 de agosto de 2022. Por promovida la demanda y ofrecida prueba. Córrase traslado de la misma a Dionisio Grandi , para que en el término de diez 10 días, comparezcan a estar a derecho y la contesten bajo el apercibimiento previsto en los arts. 30 y 33 segundo párrafo de la ley 1504, opongan las excepciones de las que intenten valerse art. 34, ley cit. y ofrezcan la prueba que hace a su derecho. Martes y Viernes notificaciones en Secretaría.
Fdo. Martín Crespo Secretario; Viedma, 27 de octubre de 2022 atento el estado de autos, notifíquese al demandado Dionisio Grandi DNI 20.077.483, mediante publicación de edictos por dos 2 días en el Boletín Oficial -art. 22 de la Ley 1504- y a través de la página web del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro -Ley 5.273 y Acordada 04/18-, dejándose constancia que la parte actora goza del beneficio de pobreza -art. 15 Ley 1.504-. Fdo. Dr. Martín J. Crespo Secretario. Asimismo se pone en su conocimiento que en caso de incomparecencia, se le nombrará un Defensor de Pobres y Ausentes para que lo represente en el presente proceso.
Hágase saber que el código para contestar la demanda es PEJH-NVUS y que podrá acceder a la demanda y a la documental anexa a través del link https puma.jusrionegro.gov.ar/expjud/busqueda-publica/
consulta-demanda.-

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6135.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/11/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha14/11/2022

Nro. de páginas53

Nro. de ediciones1924

Primera edición03/01/2002

Ultima edición29/07/2024

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