Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/10/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

BOLETIN OFICIAL Nº 6027

25 de octubre de 2021

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Designación de autoridades: Se elige nueva gerencia formada por el Sr. Rodrigo García, D.N.I. 31.359.515
y el Sr. Jesús Elián García, D.N.I. 33.379.865. Se los designa por el plazo de tres 3 ejercicios 31/12/2023.
Ambos aceptan el cargo y declaran bajo juramento no están comprendidos en las prohibiciones e incompatibilidades del 264 de la ley 19.550 y a su vez también declaran que no se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la Nómina de Funciones de Personas expuestas políticamente, aprobado por la Unidad de Información Financiera, ley N 25.246 para que actúen en forma conjunta o alternativa.
Viedma, 30 de septiembre de 2021.Dr. Félix San Martín, Inspector General de Personas Jurídicas, Ministerio de Gobierno y Comunidad.-RADIODIFUSORA SUR S.R.L.
Modificación del Estatuto Social, Cesión de Cuotas Sociales y Designación de Gerentes El Inspector General de Personas Jurídicas, Dr. Félix San Martin, titular del Registro Público, sito en, calle Zatti N 210 de la Ciudad de Viedma, ordena, en los términos de los Arts. 10 y 60 de la Ley 19.550 y sus modificatorias, publicar en el Boletín Oficial, por un 1 día, el acta de reunión de socios N 23 celebrada el 27 de julio de 2021, de la sociedad de responsabilidad limitada denominada RADIODIFUSORA SUR S.R.L.
En la reunión fueron aprobados: a la modificación de las cláusulas sexta y séptima, referidas a las transmisiones de cuotas, quedando redactadas con el siguiente texto: Sexta: Cesión de cuotas. Derecho de preferencia. La transmisión de cuotas entre los socios se puede realizar libremente. Las cuotas sociales no pueden ser cedidas a terceros extraños a la sociedad sin la conformidad del otro socio. El socio que se propone ceder deberá comunicar al socio no cedente su intención, el nombre del interesado, quien deberá reunir todas las condiciones y requisitos exigidos por la legislación vigente para ser titular de licencias de los servicios audiovisuales; así como el precio propuesto para la cesión, otorgándole un plazo de quince 15 días para manifestar su resolución y ejercer el derecho de preferencia. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución alguna, se tendrá por acordada la conformidad con la cesión y por no ejercitada la preferencia. Toda cesión de cuotas, tendrá efecto frente a la sociedad a partir del momento que el cedente o el cesionario entregue a la gerencia un ejemplar o copia del título de la cesión o transferencia, con sus firmas certificadas, en caso de ser instrumento privado. La cesión de cuotas es oponible a terceros desde su inscripción ante el registro de la autoridad de contralor societario y por la autoridad de aplicación de legislación de medios de comunicación si así correspondiere legalmente. Es motivo de justa oposición el cambio del régimen de mayorías. El valor de las cuotas se determinará por el balance del último ejercicio finalizado. Si se impugnare el valor de las cuotas, se estará a la pericia judicial y regirán a tal efecto las reglas de la Ley General de Sociedades. Séptima: Fallecimiento de socios. En caso de fallecimiento de uno de los socios, sus sucesores deberán proponer a la sociedad la persona que habrá de sustituirlo, para lo cual deberá reunir las condiciones exigidas para ser titular de licencias de los servicios audiovisuales o bien proceder a la cesión de cuotas, según el régimen establecido en la cláusula anterior. Asimismo, cuando un socio pierda alguna de los requisitos legales establecidos para ser titular de licencias de los servicios audiovisuales, quedará excluido automáticamente y la sociedad dentro de los tres 3 meses de comprobada esta circunstancia, deberá proponer a la autoridad de aplicación, la persona que reuniendo dichas condiciones y requisitos, habrá de sustituirla; b los instrumentos de cesión de cuotas sociales - de fecha 21/07/2021 mediante los cuales el Sr. Marcelo Eduardo Zouhar, argentino, nacido el 2 de diciembre de 1964, DN.I. N 16.959.234, comerciante, soltero, domiciliado en España N 75 Depto. 2 B de la localidad de Villa Regina, provincia de Río Negro transfirió a la Sra. Sonia Raquel Kriger argentina, nacida el 13 de junio de 1.965, D.N.I. N 17.524.899, comerciante, soltera, domiciliada en Cardenal Cagliero N 205 de la localidad de General Conesa, provincia de Río Negro, la cantidad de diez mil 10.000 cuotas sociales de V.N. $ 1 cada una, con un Valor nominal total de pesos diez mil $10.000 que representan el 50% del capital social, por un precio de pesos doscientos cincuenta mil $ 250.000 y el Sr. Juan José Benini, argentino, nacido el 30 de mayo de 1969, D.N.I. N 20.339.219, comerciante, viudo, domiciliado en Moreno N 899 de la localidad de Río Colorado, provincia de Río Negro, transfirió al Sr Alejandro Sebastián Kriger, argentino, nacido el 26 de octubre de 1.982, D.N.I. N 29.852.848, comerciante, soltero, domiciliado en Sarmiento N330 de la localidad de General Conesa, provincia de Río Negro, la cantidad de diez mil 10.000 cuotas sociales de V.N. $ 1 cada una, con un Valor nominal total de pesos diez mil $10.000 que representan el 50% del capital social, por un precio de pesos doscientos cincuenta mil $ 250.000; Las cesiones de cuotas aprobadas precedentemente serán comunicadas a la autoridad de aplicación de legislación de medios de comunicación ENACOMen los términos del Artículo 13 de la ley 27.078, que regula la actividad específica. De acuerdo con lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera UIF, cada uno de los socios declaran bajo juramento, que los fondos para adquirir las cuotas sociales provienen de actividades lícitas originadas en el ejercicio de sus respectivas actividades comerciales y que cumplen con la totalidad de requisitos y condiciones exigidos para ser titulares de licencias de los servicios audiovisuales conforme la legislación vigente; c el aumento del Capital Social y la modificación de las cláusula cuarta y octava del estatuto social, que quedan redactadas de la siguiente manera: Cuarta: Capital El Capital Social es de pesos
Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6027.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/10/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha25/10/2021

Nro. de páginas133

Nro. de ediciones1916

Primera edición03/01/2002

Ultima edición01/07/2024

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