Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/09/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

16 de septiembre de 2021

BOLETIN OFICIAL Nº 6016

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA
DECRETOS
DECRETO Nº 894/21
Viedma, 30 de agosto de 2021

Visto, el Expediente N 061978-I-2020, del Registro de la Dirección de Vialidad Rionegrina y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la ejecución de la obra: Refuncionalización y Ampliación Ruta: ex-Ruta Nacional N 237 - AvBustillo. Sección I: Monolito Prog. 0+848/ Emp. R. Prov. N 82 Prog. 8+500 1RA
Etapa Prog. 0+848-Prog 4+350- Convenio E/D.N.V Y D.V.R;
Que a fs. 02/17 obra Decreto Provincial N 967 del 09/09/2020, mediante el cual se ratifica el convenio celebrado oportunamente entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección de Vialidad Rionegrina, para la realización de la presente obra;
Que mediante Resolución N 563/20 del Registro de la Dirección de Vialidad Rionegrina se aprobó la Documentación Técnica, el Presupuesto Oficial y se procedió al llamado a Licitación Pública N 06/2020
fs. 1032/1803;
Que se ha cumplido con las publicaciones e invitaciones que exige la legislación vigente fs. 1805/1820;
Que a fojas 1821/1835 luce agregada la circular N 01, junto a las constancias de notificación de las empresas adquirientes de los pliegos, por la cual se introdujeron aclaraciones al proceso licitatorio;
Que conforme se desprende del acta de apertura obrante a foja 1837, con fecha 29 de Diciembre de 2020, se procedió a la apertura de los sobres correspondientes a la Licitación Pública N 06/2020, acto al que presentaron sus ofertas las firmas Codistel S.A. e Hidraco S.A.;
Que se ha dado intervención a la Asesoría Legal de la D.V.R, quien analizó las ofertas presentadas, y determinó mediante Dictamen N 007/2021 obrante a fojas 3577/3578, que la firma Codistel S.A. es formalmente admisible para el presente llamado, mientras que se deberá intimar a la firma Hidraco S.A. a subsanar los defectos de presentación de su oferta en el plazo de 72 hs, bajo apercibimiento de proceder a su desestimación;
Que a fojas 3597 se declara formalmente admisible a la firma Hidraco S.A para el presente llamado mediante Dictamen N 030/2021;
Que atento a lo manifestado por el área técnica de la DVR a fojas 3599/3602 se deberá intimar a las firmas a subsanar lo requerido bajo apercibimiento de proceder a su desestimación;
Que a fojas. 3647 obra el Informe de Admisibilidad Técnica, donde consideran que las propuestas son admisibles técnicamente para el presente llamado, y el ingeniero Jefe presta conformidad;
Que conforme lo expresado mediante Dictamen N 102/2021 y 108/2021 de la Asesoría Legal, obrante a fs 3664 y 3672 respectivamente, se deberá solicitar a la empresa Codistel SA documentación que acredite que el capital accionario mayoritario integrante de la sociedad sean personas físicas radicadas en Rio Negro, a los efectos de la aplicación del Compre Rionegrino Ley N 4187;
Que según consta en Dictamen N 197/2021 de la Asesoría Legal a fojas 3679, la empresa Codistel S.A.
cumple con las exigencias legales para que sea aplicable la Ley Provincial de Compre Rionegrino Ley N
4.187;
Que a fojas 3687/3688 se convoca a la Comisión de Preadjudicación conforme a lo establecido en el Artículo 52 del Reglamento de Contrataciones de esta Dirección, quien de acuerdo a la información analizada y los motivos expuestos recomienda: dado que entre la oferta más económica de la firma HIDRACO S.A y la realizada por la única firma de carácter Rionegrino CODISTEL S.A. existe una diferencia económica del 0,41 %; PREADJUDICAR la obra Refuncionalizacion y Ampliación Ruta: ex-Ruta Nacional N 237 - AvBustillo. Sección I: Monolito Prog. 0+848/ Emp. R. Prov. N 82 Prog. 8+500 IRA Etapa Prog.
0+848-Prog 4+350 - Convenio E/D.N.V Y D.V.R, a la firma CODISTEL S.A cuit 30-68909055-5 por la suma de pesos setecientos catorce millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos diecisiete con 00/100, $ 714.383.417,00, conforme la aplicación del compre rionegrino Ley 4187, Art. 4a inc. 2, por ser su precio razonable, y ajustarse a lo solicitado técnicamente;
Que obra adenda al convenio celebrado oportunamente entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección de Vialidad Rionegrina, para la realización de la presente obra a fojas 3689/3695;

Firmado Digitalmente por GUILLERMO CEBALLOS - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6016.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/09/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha16/09/2021

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones1916

Primera edición03/01/2002

Ultima edición01/07/2024

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