Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/03/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de marzo de 2021

BOLETIN OFICIAL Nº 5962

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U.F.T Nº 5 - Viedma, a cargo del suscripto.- Considerando: Que las presentes se inician en fecha con la denuncia realizada por la señora Lauriente Cibella Alejandra quien manifestó que su ex marido, el señor Escriva Christian con quien comparte dos hijas menores de edad trasladaba una bomba de agua la cual habría sacado del complejo de departamentos que son propiedad de ambos, siendo ella la administradora del complejo de departamentos por lo que denuncio el hurto de la bomba de agua.- Que este Ministerio Publico Fiscal no ha logrado acreditar la autoria del mismo.- En este sentido, en consideración de las cuestiones particulares de esta causa corresponde el análisis de los elementos probatorios a fin de evaluar la continuidad de la presente. Surge de la propia investigación realizada que no se puede acreditar fehacientemente que el presunto autor haya sido quien sustrajo la bomba de agua, máxime que no se cuenta con prueba independiente que así lo respalde. Por ello; Resuelvo: Proceder el Archivo de la pesquisa, en virtud de lo dispuesto en el articulo 128, inc 4, del CPP. Notifiquese en los términos del articulo 129 del CPP.- Fdo. Maricel Viotti Zilli - Agente Fiscal UFT 5 - Viedma.-El Agente Fiscal a cargo de la Unidad Fiscal Temática N 5: Dra. Maricel Viotti Zilli, hace saber a Jahanna Denil Guerra, DNI 37.785.719, domiciliada en Esc 25 1º D Bo. Guido de Viedma, que en los autos de mención, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 01.02.2020 Autos y Vistos:
Los presentes autos caratulados Guerra Jahanna Denil C/ Sahiueque Roberto Ignacio S/ Daño, MPFVI-03993-2019 en trámite por ésta UFT Nº 5 , correspondiente a la 1º Circunscripción Judicial, a cargo del suscripto. Considerando: Que las presentes se inician en fecha 30.10.2019 con la denuncia realizada por Guerra, Jahanna Denil que relato que su ex pareja Roberto Ignacio Sahyueque, quien en fecha 30
de octubre del corriente año a las 07:00 horas aproximadamente, se hizo presente en el domicilio de la dicente, sito escalera 25, primer piso, dpto. D, del barrio Guido y daño su motovehículo Jing-Cheng 110cc con un tronco el cual estaba en el patio del vecino de la dicente, asimismo a la moto de la hermana de la dicente, Melanie Guerra le daño el motovehículo en su parte delantera; Que se llevaron adelante los trámites correspondientes para la aplicación del Art. 96 del C.P.P. y que los mismos arrojaron resultados favorables, en donde las partes arribaron a un acuerdo que consistió en el pago por parte de Sahiueque del monto de siete mil pesos $ 7000,00, en concepto de los gastos por el arreglo de los daños causados; que se dió cumplimiento a lo acordado, que obra en el presente legajo las constancias de las audiencias y los llamados telefónicos realizados; Por ello, Resuelvo: I.- Disponer el Archivo de las presentes actuaciones , conforme al Art 96, inc 5 y Art128 inc 2; II.- Notifíquese a la denunciante haciéndole saber expresamente que tiene derecho a solicitar al fiscal del caso la revisión del archivo, por un fiscal superior, en el término de tres días de notificado.- Fdo. Maricel Viotti Zilli - Agente Fiscal UFT 5.-El Agente Fiscal a cargo de la Unidad Fiscal Temática N 5: Dra. Maricel Viotti Zilli, hace saber a Graciet, Eduardo Andrés, DNI Nº 38.864.702, domiciliado en Villegas 362 de Carmen de Patagones Bs.As., que en los autos de mención, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 24-07-2020.
Autos y Vistos: Considerando: Que las presentes se inician por denuncia de Eduardo Andrés Graciet quien puso en conocimiento que en fecha 31 de diciembre de 2019 se presentó junto con su amigo Kevin Rieger al domicilio de Claudio Vivanco sito en Bv. Ituzaingó y Rivadavia de Viedma. Que esta persona le reclama por una falla en el arreglo de un vehículo que le había llevado para su reparación y lo amenaza en reiteradas oportunidades con matarlo esgrimiendo un arma de tipo revolver cromado. Asimismo no le permite retirar una batería que había colocado en el vehículo propiedad de KriegerQue del informe de de las cámaras de seguridad no se obtuvieron imágenes de utilidad en tanto las mismas al momento del hecho apuntaban en otra dirección. Que se realizaron dos allanamientos uno en su lugar de residencia y otro en la residencia de Cristian Armando vivanco, arrojando ambos procedimientos resultados negativos. Siendo así, sin perjuicio de los dichos del testigo Rieger quien asegura haber visto a Vivanco amenazar con un arma a Graciet, éste no se trataría de un testigo independiente al ser amigo del denunciante y además resultar damnificado por la pérdida de su batería. Consecuentemente, por lo expuesto, corresponde archivar las presentes actuaciones con la aclaración que dicha medida es provisoria y modificable, para el caso de incorporarse nuevos elementos de prueba que permitan su apertura.- Resuelvo: I.- Disponer el Archivo de las presentes actuaciones de conformidad al Art. 128, inc. 4to. C.P.P.- II.- Notifíquese al denunciante haciéndole saber expresamente que tiene derecho a solicitar al fiscal del caso la revisión del archivo, por un fiscal superior, en el término de tres días de notificado.- Fdo. Dra. Maricel Viotti ZilliFiscal.-El Agente Fiscal a cargo de la Unidad Fiscal Temática N 5: Dra. Maricel Viotti Zilli, hace saber a Oses, Yanina Elisabeth, DNI Nº 27.301.326, domiciliada en AV. Julián Murga Nº 1024 de Patagones Bs.As., que en los autos de mención, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 4 de noviembre de 2020. Autos y Vistos: Considerando: Que las presentes se inician en fecha 25 de agosto de 2020, con la denuncia realizada por la Sra. Yanina Oses en su carácter de Directora de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Guardia Mitres, en razón que tomó conocimiento por intermedio de las coordinadoras del Punto Digital ubicada en la Casa de la Cultura sita en Mauricio Blanco nº 519 , de la sustracción de
Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5962.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/03/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha15/03/2021

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones1924

Primera edición03/01/2002

Ultima edición29/07/2024

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