Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/12/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 18 de Diciembre de 2017

BOLETIN OFICIAL N 5627

q Organizador: Banco Patagonia S.A.
r Agente Financiero: Banco Patagonia S.A.
s Agente de Cálculo: Secretaría de Hacienda de la Provincia de Río Negro t Colocador: Banco Patagonia S.A.
u Forma e Instrumentación de las Letras del Tesoro Clase 1: Estarán representadas por Certificados Globales a ser depositados en Caja de Valores S.A. Los Tenedores de Letras del Tesoro Clase 1 renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley Nº 20.643 "Régimen de Compra de Títulos Valores Privados", encontrándose habilitada la Caja de Valores S.A. para cobrar aranceles a los depositantes, que estos podrán trasladar a los Beneficiarios.
v Importes de las Ofertas:
1 Tramo Competitivo: El importe mínimo será de valor nominal Pesos Quinientos Mil VN $ 500.000 y múltiplo de valor nominal Pesos Un Mil VN $ 1.000.
2 Tramo No Competitivo: ofertas inferio-res a Pesos Quinientos Mil VN $ 500.000, con un importe mínimo de valor nominal Pesos Diez Mil VN $ 10.000 y múltiplo de valor nominal Pesos Un Mil VN $ 1.000.
Las ofertas que se realicen bajo el Tramo No Competitivo serán adjudicadas a sus respectivos oferentes al precio de corte que se determine en virtud de las ofertas recibidas bajo el Tramo Competitivo.
wRescate Anticipado: A opción del emisor, podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada al valor nominal de las mismas con más aquellos intereses devengados y no pagados a la fecha del rescate anticipado.
x Entidad depositaria: Caja de Valores S.A.
y Forma de liquidación y Compensación: A través del sistema del Mercado Abierto Electrónico S.A. denominado MAE-Clear.
z Tratamiento impositivo: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia. En cuanto a los impuestos provinciales, tanto las letras como el producido de las mismas se encuentran exentos del impuesto de sellos y a los ingresos brutos de la Provincia.
aa Legislación aplicable: República Argentina Art. 2º: Aprobarlos términos y condiciones específicos de emisión de la Clase 2 de la Serie VII de Letras del Tesoro de la Provincia de Río Negro en el marco del "Programa Letras 2017", por un importe de hasta V/N Pesos Cincuenta Millones V/N $ 50.000.000 ampliables hasta el máximo aprobado para el "Programa Letras 2017", con vencimiento a los doscientos setenta y tres 273 días desde la fecha de emisión las "Letras del Tesoro Clase 2":
a Monto total a ser colocado: hasta V/N Pesos Cincuenta Millones V/
N $ 50.000.000 ampliables hasta el máximo aprobado para el "Programa Letras 2017".
b Moneda de denominación y pago: Pesos.
c Denominación mínima y unidad mínima de negociación: V/N Pesos Un Mil V/N $ 1.000.
d Precio de Emisión: A licitar.En caso de que existan varias Ofertas de Suscripción en el nivel del Precio de Emisión que en total supere el valor nominal pendiente de adjudicar, se adjudicará a prorrata.
e Fecha de Licitación: 15 de diciembre de 2017 o aquella otra fecha que se publique en el Aviso de Suscripción.
f Fecha de Emisión: 19 de diciembre de 2017 o aquella otra fecha que se publique en el Aviso de Suscripción.
g Fecha de Liquidación: 19 de diciembre de 2017 o aquella otra fecha que se publique en el Aviso de Suscripción.
h Fecha de Vencimiento: 18 de septiembre de 2018 o aquella otra fecha que se publique en el Aviso de Suscripción.
i Amortización: Íntegra al vencimiento. En caso de que la Fecha de Vencimiento no fuera un día hábil el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
j Tipo de Instrumento: Letra a descuento.
k Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, o aquel que en el futuro lo sustituya.
l Forma de Pago de los Servicios: Los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja de Valores S.A., para su acreditación en las respectivas cuentas de los Tenedores de Letras del Tesoro Clase 2 con derecho al cobro. Si la fecha de vencimiento y/o cualquier fecha de pago no fuera un día hábil, el pago
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se realizará el día hábil inmediatamente posterior. Se considerará "día inhábil" cualquier día en el cual los bancos de la Ciudad de Viedma y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no estuvieren abiertos para operar.
m Mecanismo de colocación: Licitación Pública, a través del Mercado Abierto Electrónico S.A.
n Régimen de adjudicación en la Oferta Pública: Licitación de precio.
o Listado y Negociación: se negociarán en el Mercado Abierto Electrónico S.A. MAE, y podrán ser listadas en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. BYMA y/o en cualquier otro mercado autorizado en la República Argentina.
p Participantes: podrán participar de las ofertas inversores que sean personas humanas o inversores que sean personas jurídicas, a través de los agentes colocadores.
q Organizador: Banco Patagonia S.A.
r Agente Financiero: Banco Patagonia S.A.
s Agente de Cálculo: Secretaría de Hacienda de la Provincia de Río Negro t Colocador: Banco Patagonia S.A.
u Forma e Instrumentación de las Letras del Tesoro Clase 2: Estarán representadas por Certificados Globales a ser depositados en Caja de Valores S.A. Los Tenedores de Letras del Tesoro Clase 2 renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley Nº 20.643 "Régimen de Compra de Títulos Valores Privados", encontrándose habilitada la Caja de Valores S.A. para cobrar aranceles a los depositantes, que estos podrán trasladar a los Beneficiarios.
v Importes de las Ofertas:
1 Tramo Competitivo: El importe mínimo será de valor nominal Pesos Quinientos Mil VN $ 500.000 y múltiplo de valor nominal Pesos Mil VN $ 1.000.
2 Tramo No Competitivo: Ofertas infe-riores a Pesos Quinientos Mil VN $ 500.000, con un importe mínimo de valor nominal Pesos Diez Mil VN $ 10.000 y múltiplo de valor nominal Pesos Un Mil VN $ 1.000.
Las ofertas que se realicen bajo el Tramo No Competitivo serán adjudicadas a sus respectivos oferentes al precio de corte que se determine en virtud de las ofertas recibidas bajo el Tramo Competitivo.
wRescate Anticipado: A opción del emisor, podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada al valor nominal de las mismas con más aquellos intereses devengados y no pagados a la fecha del rescate anticipado.
x Entidad depositaria: Caja de Valores S.A.
y Forma de liquidación y Compensación: A través del sistema del Mercado Abierto Electrónico S.A. denominado MAE-Clear.
z Tratamiento impositivo: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia. En cuanto a los impuestos provinciales, tanto las letras como el producido de las mismas se encuentran exentos del impuesto de sellos y a los ingresos brutos de la Provincia.
aa Legislación aplicable: República Argentina.
Art. 3: Disponerque los importes a ser colocados al momento de cada una de las adjudicaciones de las Letras del Tesoro Clases 1 y 2 podrán ampliarse, no pudiendo superar en su conjunto el monto total autorizado por el artículo 1º del Decreto Nº 09/17, así como también podrá declararse total o parcialmente desierta la oferta de cualesquiera de las Clases de Letras del Tesoro en virtud de las condiciones imperantes en el mercado o decisión de la Provincia.
Art. 4º: Autorizar al Tesorero y/o Subtesorero de la Provincia y/o al Secretario de Hacienda de la Provincia indistintamente, a que suscriba los Certificados Globales representativos de las Letras del Tesoro Clases 1 y 2
referidas en la presente Resolución, así como cualquier clase de documento y/o realice las gestiones, actos y toda otra medida necesaria en representación de la Provincia de Río Negro para instrumentar la garantía establecida para las Letras del Tesoro Clases 1 y 2 referidas en la presente Resolución.
Art. 5º: Autorizar a la Subsecretaría de Financiamiento y Deuda Pública de la Provincia y/o al Secretario de Hacienda de la Provincia indistintamente, a realizar las gestiones, actos y toda otra medida que sea necesaria y/o conveniente a los efectos de obtener las aprobaciones necesarias para las Letras del Tesoro Clases 1 y 2 a ser emitidas en virtud de la presente.
Asimismo, se autoriza a los Sres. Justo Segura, DNI 25.873.341, Antonio Arias, DNI 31.164.261, Ignacio Segundo Bosch, DNI 37.247.332; Michael Simmons, DNI 38.536.16; José Ignacio Sanchez Elia, DNI 38.708.035; y/o Andrea Salvó, DNI 37.989.923 para que indistintamente cualquiera de ellos suscriba cualquier clase de documento y/o realice las gestiones, actos y toda
Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5627.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/12/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha18/12/2017

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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