Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/05/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5562

forman parte del Anexo único de la presente resolución, entrando en vigencia a partir de las cero horas del 01º de Febrero de 2017. Estos nuevos valores de VAD comprenden el reconocimiento conforme lo dispuesto en el Art. 1 de la presente, de un costo laboral anual por un valor de Pesos Ciento Catorce Millones Ciento Setenta y Un Mil $ 114.171.000.
Art. 3: Téngase por incorporado el Anexo único que forma parte integrante de esta Resolución, con los nuevos valores de VAD CD y CGC
que reconocen los mayores costos laborales 2014, 2015 y 2016.
Art. 4: Regístrese y previo cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 12
de la Ley K N 88, notifíquese a le Distribuidora CEB y publíquese en la página web del EPRE y en el Boletín Oficial. Cumplida la notificación a la Distribuidora, remítanse las actuaciones al Área técnica para el control del cumplimiento de lo dispuesto en los Arts 1 y 2.Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.epren.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE - Diego G. Silvera, Prensa y Difusión EPRE.oOo Resolución EPRE Nº 58/17
Cipolletti, 29/03/2017.
Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 26386/17 caratulado Ajuste Costo de Abastecimiento del cuadro tarifario - Ago/16 - Oct/16 - Dist. EdERSA y Considerando
El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE
Artículo 1: Apruébese el Ajuste del Costo de Abastecimiento correspondiente al trimestre Agosto 2016 - Octubre 2016, de acuerdo a los cálculos realizados por este Ente cuyo resumen se expone en el dictamen técnico a fs, 192-197, el cual se aplicará en oportunidad de la Actualización del Cuadro Tarifario Febrero 2017 - Abril 2017.
Art. 2º: Téngase por incorporado como único Anexo, que forma parte integrante de ésta Resolución, el cuadro de valores monetarios del Ajuste correspondiente al trimestre Agosto 2016 - Octubre 2016.
Art. 3º: Regístrese, notifíquese a la Distribuidora EdERSA, publíquese en la página web del EPRE y en el Boletín Oficial. Cumplida la notificación a la Distribuidora, remítanse las actuaciones al Area técnica para su intervención y control.Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.epren.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE oOo Resolución EPRE Nº 60/17
Cipolletti, 30/03/2017.
Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro N 25128/15 caratulado Contratación Servicio de Limpieza en las oficinas y dependencias del EPRE sede central; y Considerando
El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE
Artículo 1: Autorícese el reconocimiento de los incrementos salariales acordados por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y homologados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en cumplimiento del procedimiento previsto en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N 01/16 y del Contrato de Locación de Servicios suscripto entre este Ente y la Sra. Hernández Alejandra CUIT: 27-18548200-1.
Art. 2: Apruébese un gasto por la suma de Pesos Veinticinco Mil Quinientos Veintiuno $ 25.521 en concepto de reconocimiento de mayores costos laborales devengados entre Octubre 2016 - Febrero 2017, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1 de la presente.
Art. 3: Apruébese un gasto por la suma de Pesos Veintiséis Mil Setecientos Sesenta $ 26.760 en concepto de reconocimiento de mayores costos laborales a devengarse desde el mes de Marzo 2017 - Junio 2017, a pagarse en cuotas mensuales iguales de Seis Mil Seiscientos Noventa $ 6.690 de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1º de la presente.
Art. 4: Regístrese, publíquese en la página web de este organismo y en el Boletín Oficial. Pasen las actuaciones al Area de Administración, notifíquese a la contratista Sra. Alejandra Hernández, prosígase con el cumplimiento del contrato imputándolo al Programa 01 Actividad 01, Partida 335, Fuente de Financiamiento Recurso 12121, cuenta bancaria 900002666 Banco Patagonia.Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.epren.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE -

Viedma, 11 de Mayo de 2017

Provincia de Río Negro MINISTERIO DE GOBIERNO
Inspección General de Personas Jurídicas Resolución Nº 324
Viedma, 28 de Abril de 2017.
Visto: el expediente N 16.289-IGPJ-2017, caratulado Asociación Civil Club Hípico Social y Deportivo El Cuy General Roca S/personería jurídica, adjunta documentación; y CONSIDERANDO:
Que la entidad satisface los requerimientos establecidos en los artículos 168, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
Que de fojas 02/09 obra Acta Constitutiva y Estatuto Social presentado en escritura pública número doce, en el que consta identificación de los constituyentes, nombre de la entidad, objeto. domicilio social, aceptación de cargos, plazo de duración, causas de disolución, contribuciones patrimoniales, régimen de representación y administración, cierre de ejercicio, categoría de asociados, régimen de ingresos, órganos de gobierno, procedimiento de liquidación y entidad beneficiaria;
Que, se encuentran cumplidos los requisitos exigidos por Ley Provincial N 3.827, reglamentaciones vigentes y que su Estatuto Social se ajusta a los preceptos legales en vigor;
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas a esta Inspección General de Personas Jurídicas, por Ley K N 3827 Art. 9, Inc. a, 168 s.s y c.c. del Código Civil y Comercial;
Por ello:
El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1.- Autorízase para funcionar como persona jurídica a la entidad denominada: Club Hípico Social y Deportivo El Cuy, constituida el 03/04/
2.017 y con domicilio en la Calle San Martín entre Islas Malvinas y Maestros Rionegrinos, de la localidad de El Cuy, Provincia de Río Negro y apruébese su estatuto instrumentado a fojas 02/09.
Art. 2.- Inscríbase la misma bajo el número: Tres Mil Trescientos Setenta y Seis 3.376.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, por intermedio del Departamento de Mesa de Entrada de este Organismo, remítase la presente al Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para su publicación y archívese.Dr. Martín Miguel Mena, Inspector General de Personas Jurídicas.
Resolución Nº 337
Viedma, 04 de Mayo de 2017.
Visto, el Registro N 2108 de la Asociación Civil denominada Asociación Civil Moto Kart Valle Inferior, con domicilio en la Localidad de Viedma, Expte N 16292- IGPJ la Ley K 3827, el Decreto Reglamentario 725/07, la nota de socios solicitando reconocimiento de comisión normalizadora; y CONSIDERANDO:
Que la entidad desde que se constituyo como personería ,jurídica no ha realizado asamblea alguna, adeudando tratamiento de los ejercicios contables cerrados al 31/12/05 al 2016 y renovación de autoridades;
Que con fecha 29/03/17 socios de la entidad presentaron una nota solicitando el reconocimiento de una nueva comisión normalizadora, a los fines de regularizar la situación de la entidad;
Que mediante Carta documento de fecha 10/04/17 se intimo a las autoridades de la asociación, a que en un plazo de diez días regularice la situación legal y contable, convocando a una Asamblea General Ordinaria Fuera de Término para considerar lo adeudado, sin haber obtenido respuesta alguna a la fecha;
Que atento a que la entidad no ha cumplimentado con lo establecido por su estatuto social y el animus manifestado por socios siendo los Señores Javier Bernal D.N.I N 18.053.769 y Cristian Calvo D.N.I N 31.359.574, para normalizar la institución de referencia, se estima pertinente el reconocimiento de una Comisión Normalizadora al frente de los socios mencionados, a solo efecto de normalizar la vida institucional de la entidad que hoy nos convoca;
Que la Ley K N 3827, cita en el visto de la presente en su artículo 9, inc. B. faculta a la Inspección General de Personas Jurídicas a fiscalizar permanentemente el funcionamiento, disolución y liquidación de las asociaciones civiles y fundaciones;
Por ello:
El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1.- Reconocer la Comisión Normalizadora de la Asociación Civil denominada Asociación Civil Moto Kart Valle Inferior, con domicilio en la Localidad de Viedma, la que estará integrada por los socios Javier Bernal D.N.I. N 18.053.769 y Cristian Calvo D.N.I N 31.359.574, quienes deberán regularizar la institución con este organismo de control, debiendo regir a todo evento la normativa del estatuto social de la entidad.
Art. 2.- Registrar, Publicar, Comunicar y Archivar.Dr. Martín Miguel Mena, Inspector General de Personas Jurídicas.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/05/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha11/05/2017

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones1915

Primera edición03/01/2002

Ultima edición26/06/2024

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