Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/12/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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b Fecha del Instrumento de Constitución: 15
días del mes de octubre del año dos mil quince.
c Domicilio Real y Legal de la Sociedad: La sociedad tendrá su domicilio legal y real en la calle Avda. Roca Nº 905, Torre G3, Piso 8, Dpto. B, de la ciudad de Cinco Saltos, Provincia de Río Negro.
d Objeto Social: Realizar por cuenta propia o de terceros, o asociados a terceros, o contratando servicios de terceros, todo tipo de construcciones metálicas, soldaduras, montajes, armado de tanques y reparaciones de todo tipo, igualmente las actividades complementarias o conexas como la instalación de industrias y talleres de montaje, talleres mecánicos de reparaciones de máquinas, sus partes y componentes, así como la organización comercial para la provisión de repuestos, combustibles e insumos destinados a sus asociados, o vinculados directamente a la actividad metalúrgica, la sociedad se encontrará debidamente habilitada para la realización de todos los actos jurídicos necesarios para el cumplimiento de su objeto, tales como firmar contratos de servicios, trasladarse y establecer sucursales o bases dentro de la provincia y el país, cumplir el objeto social en forma directa o a través de terceras entidades, celebrar acuerdos o asociarse con otras empresas ya establecidas, formar uniones transitorias de empresas, comprar, vender, explotar y transferir toda clase de concesiones, dar y tomar bienes raíces en arrendamiento hasta por diez años, constituir sobre los bienes propios toda clase de derechos reales, efectuar todo tipo de operaciones en bancos oficiales, privados y entidades financieras. Para la prosecución del objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes vigentes y este contrato autorizan.- Plazo de Duración: El término de duración de la sociedad será de noventa y nueve años.
e Capital Social: El capital societario se establece en pesos ochenta mil $ 80.000,00, dividido en cuatrocientas 400 cuotas de capital de pesos doscientos $ 200 cada una, que se hallan totalmente suscriptas por los socios, de acuerdo al siguiente detalle: El Sr. Mario Alberto Valero, trescientas sesenta 360 cuotas, por la suma de pesos setentas y dos mil $ 72.000,00, en dinero en efectivo, y la Sra. Barabaschi Silvana Analía, cuarenta 40 cuotas, por la suma de pesos ocho mil $ 8.000,00 en dinero en efectivo.
f La administración y fiscalización legal de la sociedad estará a cargo de un socio gerente por tiempo indeterminado, quedando un gerente suplente quien actuará en casos de suplencia, vacancia o impedimento.
g Representación Legal: Estará a cargo del Socio Gerente, Sr. Valero Mario Alberto, por tiempo indeterminado, y Gerente suplente la Sra.
Barabaschi Silvana Analía.
h Fecha de Cierre del Ejercicio: Será el 31 de marzo de cada año.
Cipolletti, Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de Personas Jurídicas - Cipolletti.
oOo ESTANCIA LA NANCY - S.A.
El Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de Personas Jurídicas, a cargo del Registro Público, sito en calle Irigoyen Nº 315, 1º piso, de la ciudad de Cipolletti, ordena, de acuerdo con los términos del art. 10 y modificatorias de la Ley 19.550, publicar en el Boletín Oficial, por un 1 día, la constitución de la sociedad denominada Estancia La Nancy - S.A..- Socios: Roberto Víctor López, argentino, nacido el 24 de febrero de 1952, DNI.
Nº 10.353.226, de profesión abogado, y Nancy Susana Righetti, argentina, nacida el 18 de agosto de 1958, DNI. Nº 12.629.763, de ocupación
BOLETIN OFICIAL N 5416
prestadora de servicios empresariales, ambos casados entre sí, en segundas nupcias, y domiciliados en calle Lanín Nº 550, de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén.
Fecha del Instrumento de Constitución: 23 de septiembre de 2015.
Domicilio Real y Legal de la Sociedad: Primera Junta Nº 148, Cipolletti, Provincia de Río Negro.
La duración de la sociedad se estipula en noventa y nueve años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público, pudiendo ser prorrogado dicho término por resolución de la Asamblea de Accionistas.
Artículo Tercero: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o por intermedio de terceros o asociados a terceros, dentro o fuera del país, a la actividad agropecuaria, mediante las compras, arrendamientos, administración y venta de establecimientos rurales, su explotación en agricultura, avicultura, horticultura, granjas, tambos, viveros, fruticultura, cría, invernada, mestización, cruza y faena de ganado y hacienda de todo tipo, para consumo propio y/o venta en mercados de hacienda, frigoríficos, particulares y/o empresas, distribución de carnes, cueros o cualquier género de sus derivados; explotación de cabañas, criadores, pasturas y cultivos, asimismo la instalación y explotación de frigoríficos, plantas de elaboración y mataderos.
Artículo Cuarto: El capital social se fija en la suma de pesos cien mil $ 100.000,00, representado por mil 1.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables de pesos cien $ 100
valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción.
La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del Directorio, compuesto del número de miembros que determine la Asamblea, entre un mínimo de uno 1 y un máximo de cinco 5
miembros, cuya duración se extenderá por tres ejercicios, reelegibles indefinidamente.
El ejercicio social cierra el 30 de septiembre de cada año.
Suscripción e Integración del Capital: Los constituyentes resuelven suscribir la totalidad del capital social de pesos cien mil $ 100.000,00, representado por mil 1.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables de pesos cien $ 100
valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción, según el siguiente detalle: Roberto Víctor López, acciones suscriptas ochocientas 800, monto suscripto: Pesos ochenta mil $ 80.000,00, monto integrado: Pesos veinte mil $ 20.000,00, naturaleza del aporte, dinero efectivo; y Nancy Susana Righetti, acciones suscriptas: Doscientas 200, monto suscripto: Pesos veinte mil $
20.000,00 monto integrado: Pesos cinco mil $
5.000,00, naturaleza del aporte, dinero efectivo.El setenta y cinco por ciento 75% restante, será integrado por los socios dentro de los dos años, o cuando lo disponga el Directorio.
La sociedad no tendrá sindicatura, conforme a lo establecido por el art. 284, quinto párrafo, de la Ley 19.550, modificada por la Ley 22.903.
Se designa para integrar el Directorio a Roberto Víctor López, como Presidente; y Nancy Susana Righetti, como Director suplente.
Cipolletti, Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de Personas Jurídicas - Cipolletti.
oOo TRANSPORTE JGT - S.R.L.
El Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de Personas Jurídicas, a cargo del Registro Público de Comercio, sito en calle Irigoyen Nº 315, 1º piso, de la ciudad de Cipolletti, ordena, de acuerdo con
Viedma, 17 de Diciembre de 2015
los términos del Art. 10 y modificatorias de la Ley 19.550, publicar en Boletín Oficial, por un 1 día, la constitución de la sociedad denominada Transporte JGT - S.R.L..
Socios: Tarifa Juan Gabriel, argentino, DNI. Nº 23.918.717, de profesión comerciante, nacido el día 20 de octubre de 1974, soltero, con domicilio en Alberdi Nº 863, de la ciudad de Neuquén, Provincia de Neuquén, y Núñez DAlbuquerque María Alejandra, argentina, de profesión comerciante, con DNI. Nº 20.064.036, nacida el 28 de enero de 1968, divorciada, domiciliada en Quinquela Martín Nº 2205, de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro.
Fecha de Constitución: 28 días del mes de julio de 2015.
Domicilio Real y Legal de la Sociedad: Javier Muñiz Nº 1367, Cipolletti, Río Negro.
Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las actividades de: A Alquiler de vehículos, camiones, utilitarios y trailers, propios o ajenos, con o sin chofer, generadores, luminarias, compresores, bombas, piletas, equipos y maquinarias que son propios de la actividad hidricarburífera; B La compra venta de maquinaria, equipos, insumos, artgefactos, instrumentos y demás bienes aplicados en la industria metalúrgica, mecánica y petroquímica; C
Construcción de edificios, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado. Inmobiliaria: Operaciones inmobiliarias, compra venta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, pudiendo tomar la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá inclusive realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes comprendidas en las disposiciones de la ley de propiedad horizontal. También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros; y D Realizar operaciones de compra venta, permuta, alquiler y administración de inmuebles, su fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a viviendas, industrias, clubes de campos, explotaciones agrícolas, ganaderas.
Plazo de Duración: 50 años.
Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil $ 200.000, dividido en 2.000 cuotas sociales de pesos cien $ 100
valor nominal cada una. La suscripción es total y la integración en efectivo es por el veinticinco por ciento, obligándose los socios a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años, copmputados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad.
Cada cuota da derecho a un voto.- Tarifa Juan Gabriel suscribe un mil ochocientas 1.800 cuotas sociales, por la suma de pesos ciento ochenta mil $ 180.000 e integra el veinticinco por ciento 25% en dinero en efectivo por pesos cuarenta y cinco mil $ 45.000; y Núñez DAlbuquerque María Alejandra suscribe doscientas 200 cuotas sociales por la suma de pesos veinte mil $ 20.000, e integra el veinticinco por ciento 25% en dinero en efectivo por pesos cinco mil $ 5.000.- La reunión de socios dispondrá el momento en que se completará la integración.
Administración y Fiscalización:
La administración estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, quienes actuarán en forma individual o indistinta. Prescinden de Fiscalización, estará a cargo de los socios.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/12/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha17/12/2015

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones1918

Primera edición03/01/2002

Ultima edición08/07/2024

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