Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/07/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 06 de Julio de 2015

Nº 5369

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 36 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 423512 - Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 36

Que a fojas 186, ha intervenido la Subsecretaría de Presupuesto en los términos del Art. 33 de la Ley N 5021;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, DECRETO Nº 867
Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Seguridad y Justicia, Secretaría de la Función Pública y Fiscalía de Estado mediante Vista N 01384Viedma, 16 de junio de 2015.
15;
Visto, el Expte. N 013.579-MSyJ-2014, del registro del Ministerio de Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Seguridad y Justicia, los Decretos N 1305/11, 1734/11, 471/11, 498/10, Art. 181, Inc. 1º de la Constitución Provincial.
1729/11, 1286/11, 1394/11, 554/13, 705/13, 1066/11, 1204/11, 1212/11, Por ello, 1940/11, y:
El Gobernador CONSIDERANDO:
de la Provincia de Río Negro Que por el citado expediente se tramita la promoción automática de los DECRETA:
agentes de Planta Permanente que dependen del Ministerio de Seguridad y Artículo 1º - Promover a los agentes del Ministerio de Seguridad y JusJusticia, Escalafón de la Ley L N 1844, que se detallan en Planillas Anexas ticia, que se detallan en Planillas Anexas I, II, III y IV que forman parte I, II, III y IV, a partir de la categoría y la fecha que en cada caso corresponda;
integrante del presente Decreto, de acuerdo a la fecha, Agrupamiento Que la Ley N 4541 sustituye los Arts. 2, 14, 18 y 22 del Anexo II de la y Categoría que se especifica en las mismas y que en cada caso corresponda, Ley L N 1844, extendiendo la carrera administrativa de los diferentes en los términos de los Arts. 12, 15, 19 y 23 del Anexo II de la Ley L N
agrupamientos, estableciendo que según el Agrupamiento y la Categoría a la 1844.que deba promover el agente, deberá acreditar la permanencia y/o aprobación Art. 2º - Autorizar al Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones de actividades de capacitación pertinente al puesto de trabajo y la función presupuestarias que considere necesarias en cada caso, para dar cumplimiento desarrollada;
al presente Decreto.Que a fojas 121 a 166 obran certificaciones del área de Recursos Humanos Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de del Ministerio de Seguridad y Justicia que acredita que el personal incluido en Seguridad y Justicia.las presentes actuaciones se encuentra en condiciones de promover en Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín forma automática a la categoría inmediata superior en la fecha que en cada Oficial y archivar.
caso corresponda indicadas en las planillas I, II, III y IV Anexas al presente WERETILNECK.- G. Pérez Estevan.
Decreto;

DECRETOS

Planilla Anexa I al Decreto Nº 867
Ministerio de Seguridad y Justicia AGRUPAMIENTO PROFESIONAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/07/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha06/07/2015

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones1920

Primera edición03/01/2002

Ultima edición15/07/2024

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