Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/04/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5348
ANEXO DECRETO Nº 284

Viedma, 23 de Abril de 2015

Art. 4.- Afectar a la Jurisdicción N 71 Programa 01.00.00.09 ejercicio financiero 2015, las erogaciones que demande el presente trámite.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Mtro. de Salud.Art. 6º.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. L. F. Zgaib.

ANEXO DECRETO Nº 285

oOo DECRETO Nº 285
Viedma, 06 de Abril de 2015.
Visto: El Expediente N 104.598-D-2.013, del Registro del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el reclamo presentado con fecha 13 de Noviembre de 2.013, por la agente Lía Isabel García DNI. 20.122.262
obrante a fojas 01, solicitando a los fines de la reubicación dispuesta por el Artículo 20 de la Ley L N 1.844, se le reconozca la antigedad por el período que revistó como contratada;
Que la mencionada agente revista y presta servicios en la planta permanente del Instituto, en la categoría 10 del Agrupamiento Servicio de Apoyo del escalafón aprobado por la Ley L N 1.844;
Que la agente Lía Isabel García DNI. 20.122 262 revistó como personal temporario durante el periodo 1 de Marzo de 1989 al 06 de Septiembre de 1990, e ingreso a planta permanente el 07 de Septiembre de 1990 mediante el Decreto N 1676/90. de acuerdo a lo establecido en la Ley L Nº 2291
conforme a certificación de servicios de fojas 48;
Que se debe reconstruir la carrera administrativa de la agente, atento a que al momento del ingreso a planta permanente no se computo la antigedad, conforme a lo previsto en el Artículo 5º de la Ley L Nº 2291, encontrándose acreditada la antigedad ininterrumpida desde el 1 de Marzo de 1989;
Que en consecuencia, a fin de regularizar la situación de revista del agente, corresponde efectuar la reubicación en el marco de la normativa vigente;
Que el presente trámite de reconstrucción de carrera administrativa constituyen un típico caso de reclamo y no de promoción automática, teniendo en cuenta, fundamentalmente las fechas de las normas fundantes de la petición Ley L N 2291 y Decreto del año 1990 de pase a planta permanente y los subsiguientes actos administrativos dietados en el marco de las promociones, colectivas o individuales:
Que sin perjuicio de ello, corresponde el pago retroactivo de la diferencia de categoría, por aplicación analógica a los casos de promoción automática, fundados en razón de que existen principios constitucionales y legales que indican dicho camino, tales como igualdad ante la ley Artículo 22
Constitución Provincial el derecho a la carrera administrativa artículos 47
y siguientes de la Constitución Provincial Que atento el plazo de prescripción previsto en el Artículo 4027 inciso 3 del Código Civil, esto es. cinco años contados a partir de la presentación del reclamo corresponde el pago retroactivo de la diferencia de categoría a partir del 13 de Noviembre de 2008;
Que el presente debe considerarse como Denuncia de Ilegitimidad de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 75 de la Ley A N 2.938, al no constar antecedentes que impliquen que el administrado ha instado vía recursiva o impugnativa, sea contra actos de alcance individual o colectivos;
Que a fojas 74 ha tomado intervención la Subsecretaria de Presupuesto del Ministerio de Economía, en los términos del Artículo 33 de la Ley N
5.021;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoria Legal del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., Secretaría de la Función Pública y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00230-15;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Articulo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Hacer lugar al reclamo como denuncia de ilegitimidad presentado por el agente Lía Isabel García DNI. 20.122.262, atento a lo dispuesto por el Artículo 75 de la Ley A N 2.938.Art. 2.- Reubicar y promover a la agente Lía Isabel García DNI. N
20.122.262, en el Agrupamiento, Categoría y fecha que se detallan en el Anexo Único que forma parte integrante del presente Decreto.Art. 3.- Por el Departamento Liquidación de Sueldos del Organismo proceder a liquidar la diferencia de categoría a partir del 13/11/2008.-

oOo DECRETO Nº 286
Viedma, 6 de abril de 2015.
Visto, el Expte. N 131.359-S-2013, del registro del Ministerio de Salud y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el cambio de Régimen Escalafonario a solicitud de la Sra. Irma Sacco D.N.I. N 11.612.379 - Legajo N 651.148/
1, con situación de revista en la Planta Permanente, Categoría 17 del Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L N 1844, con funciones de Auxiliar de Enfermería en el Hospital Área Programa Cinco Saltos, Jurisdicción: 44 Programa: 14.00.00.01 del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud;
Que a fojas 16, obra la solicitud de cambio Escalafonario presentado por la Sra. Irma Sacco, adjuntando copias certificadas del Título de Licenciada en Enfermería expedido por la Universidad de Maimónides, del Analítico y de la Matrícula Provincial N 8822;
Que de acuerdo a la Certificación de Servicios obrante a fojas 7, expedida por la Subsecretaría de Recursos Humanos y Capacitación, consta que la Sra. Irma Sacco cumple funciones de Auxiliar de Enfermería del Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L N 1844 desde el 13 de septiembre de 1976;
Que el Art. 1 de la Ley N 4861 modificatoria del Art. 7 de la Ley L N
1904, establece que al personal que revistó en el escalafón de la Ley L N
1844, se computará la antigedad acumulada en el mismo, por continuar en el desempeño de tareas propias de la carrera sanitaria del nuevo escalafón;
Que en consecuencia en primer lugar se deben reconocer los años laborados como personal del Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L N 1844;
Que se debe crear una vacante en el Agrupamiento Segundo, Grado V, Profesional Asistencial, Licenciada en Enfermería, de la Ley L N 1904
para reubicar a la Sra. Irma Sacco y suprimir la que posee en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Categoría 17 de la Ley L N 1844;
Que a fojas 37, ha intervenido la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Economía, dándose cumplimiento a lo normado por el Art. 33
de la Ley N 5021;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal de la Subsecretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, la Secretaría de la Función Pública y Fiscalía de Estado mediante Vista N 05311-14, obrante a fojas 29/30;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Reconocer los años laborados por la Sra. Irma Sacco D.N.I.
N 11.612.379 - Legajo N 651.148/1 desde el 13 de septiembre de 1976 en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L N 1844 .Art. 2º - Crear una vacante en el Agrupamiento Segundo - Grado V Profesional Asistencial - Licenciada en Enfermería de la Ley L N 1904 en la Jurisdicción 44 - Programa 14.00.00.01, del Ministerio de Salud.Art. 3º - Reubicar a partir de la fecha de la firma del presente Decreto a la Sra. Irma Sacco D.N.I. N 11.612.379 - Legajo N 651.148/1 en la vacante creada en el artículo anterior, conforme lo dispuesto en la Ley L N
1904, suprimiendo la vacante generada en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial - Auxiliar de Enfermeria - Categoría 17 de la Ley L N 1844.Art. 4º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Salud.
Art. 5º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- L. F. Zgaib.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/04/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha23/04/2015

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones1927

Primera edición03/01/2002

Ultima edición08/08/2024

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