Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/07/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Que a fs. 107/108 obra Resolución N 204/
SAYDS/2014 de la Subsecretaría de Gestión, Planificación y Política Ambiental Provincial donde consta la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental correspondiente del Proyecto denominado Parque Industrial Cinco Saltos;
Que a fs. 109 se anexa información de las Empresas radicadas en el Parque Industrial;
Que a fs. 110/122 se anexa el Proyecto del Parque Industrial de Cinco Saltos;
Que ha tornado debida intervención la Asesoria Legal y Técnica del Ministerio de Economía a fs.
127/130 mediante Dictamen N 627/14 y Fiscalía de Estado a fs. 131/132 mediante Vista N 02437/
14;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por ley E N 4.618 y en el Artículo 15
de la Ley K N 4.794 y su modificatoria Ley N
4.907;
Por ello:
El Ministro de Economía RESUELVE
Artículo 1.- Aprobar el proyecto de creación del Parque Industrial de la localidad de Cinco Saltos obrante a fs. 110/122, en un todo de acuerdo a los considerando expuestos.Art. 2.- Declarar corno Parque Industrial de la localidad de Cinco Saltos al área industrial de dicha localidad comprendida por la fracción catastralmente identificada como:
1 Parcela SIETE-M-Fracción 078, Nomenclatura Catastral 02 IM - 078 - 1;
Art. 3.- Registrar, comunicar al Consejo Provincial de Parques hndustriales, publicar tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. Emmanuel Tobares Secretario de Hacienda, Ministerio de Economía.oOo Provincia de Río Negro MINISTERIO DE GOBIERNO
Inspección General de Personas Jurídicas Resolución Nº 519
Viedma, 21 de Julio de 2014.
Visto: el Expediente N 11.339-IGPJ-2013, mediante el cual la fundación denominada:
Fundación Mandala, San Carlos de Bariloche solicita la obtención de la personería jurídica; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 02 consta nota de presentación suscripta por la Sra. Presidente de la Fundación mencionada, que la misma se presenta ante este Organismo a efectos de tramitar la personería jurídica de la misma, en los términos de los Arts.
33 y 45 del Código Civil;
Que a fojas 02 surge la sede de la fundación en los términos del Art. 11 del Decreto N 725/07, reglamentario de la Ley K N 3827, el cual será tenido como válido para esta Inspección General de Personas Jurídicas a todos los efectos legales de notificación, inspecciones, y demás, debiendo informar todo cambio en el plazo estipulado en el Art. 12 del mencionado Decreto;
Que a tales efectos acompañan, constancias de pago de tasa retributiva de servicios conforme Ley K N 4486. Inc. D, apartado 2.1 fojas 03, Acta Constitutiva por duplicado, Estatuto protocolizado suscrito por los fundadores y certificadas las mismas por notario fojas 04/10, Plan trienal fojas 11/
13, cálculos de ingresos y egresos fojas 14, patrimonio inicial fojas 15;
Que a fojas 20, 32, 42 y 56 por nota del Departamento Personería se efectúan observaciones, dando cumplimiento la Fundación con última presentación a fojas 57;
Que habiendo intervenido el Departamento Personería a fojas 64 y no se han presentado objeciones legales ni formales conforme la Ley K
N 2938 y Ley K N 3827;

BOLETIN OFICIAL N 5271
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas a esta Inspección General de Personas Jurídicas, por Ley K N 3827 Art. 9, inc a, Art.
33 y 45 del Código Civil y Ley N 19.836;
Por ello;
El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1.- Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la fundación denominada:
Fundación Mandala constituida y con domicilio en calle El Lazo N 150 de la ciudad de San Carlos de Bariloche Departamento Bariloche de esta Provincia, el día 16 de Octubre de 2013 y apruébese su Estatuto Social obrante de fojas cincuenta y nueve vuelta 59 Vta. a sesenta y dos 62 del Expediente aludido.
Art. 2.- Innscríbase, a la misma bajo el número:
Tres Mil Ciento Cinco N 3.105.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, por intermedio del Departamento de Mesa de Entrada de este Organismo remítase la presente al Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para su efectiva publicación y archívese.Dr. Félix San Martín, Inspector General de Personas Jurídicas.
Resolución Nº 521
Viedma, 21 de Julio de 2014.
Visto: el Expediente N 12.349-IGPJ-2014, mediante el cual la fundación denominada:
Fundación Mayc, Cipolletti solicita la obtención de la personería jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 02 consta nota de presentación suscripta por el Sr. Presidente de la Fundación mencionada, que el mismo se presenta ante este Organismo a efectos de tramitar la personería jurídica de la misma, en los términos de los Arts.
33 y 45 del Código Civil;
Que a fojas 05 surge la sede de la fundación en los términos del Art. 11 del Decreto N 725/07, reglamentario de la Ley K N 3827, el cual será tenido como válido para esta Inspección General de Personas Jurídicas a todos los efectos legales de notificación, inspecciones, y demás, debiendo informar todo cambio en el plazo estipulado en el Art. 12 del mencionado Decreto;
Que a tales efectos acompañan constancias de pago de tasa retributiva de servicios conforme Ley K N 4486, Inc. D, apartado 2.1 fojas 13, Acta Constitutiva por duplicado, Estatuto protocolizado suscrito por los fundadores y certificadas las mismas por notario fojas 03/08, Plan trienal fojas 09, cálculos de ingresos y egresos fojas 11, boleta de depósito de patrimonio inicial fojas 12;
Que habiendo intervenido el Departamento personería a fojas 13, y no se han presentado objeciones legales ni formales conforme la Ley K
N 2938 y Ley K N 3827;
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas a esta Inspección General de Personas Jurídicas, por Ley K N 3827 Art. 9, inc a, Art.
33 y 45 del Código Civil y Ley N 19.836;
Por ello;
El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE
Artículo 1º.- Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la fundación denominada:
Fundación Mayc constituida y con domicilio en calle H. Yrigoyen 456 piso 1 de la ciudad de Cipolletti Departamento General Roca de esta Provincia, día 28 de Mayo de 2014 y apruébese su Estatuto Social obrante de fojas cinco 5 a siete vuelta 7 Vta. del Expediente aludido.
Art. 2.- Inscríbase, a la misma Fajo el número:
Tres Mil Ciento Cuatro N 3.104.

Viedma, 28 de Julio de 2014
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, por intermedio del Departamento de Mesa de Entrada de este Organismo remítase la presente al Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para su efectiva publicación y archívese.Dr. Félix San Martín, Inspector General de Personas Jurídicas.
Resolución Nº 539
Viedma, 22 de Julio de 2014.
Visto: el expediente N 12.305-IGPJ-2014, caratulado Asociación Civil 16 De Diciembre General Roca S/ personería jurídica, adjunta documentación; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 consta nora suscripta por el señor Presidente y la señora Secretaria de la institución mencionada y se presentan ante este Organismo a efectos de tramitar la personería jurídica en los términos del Art. 33 y 45 del Código Civil, así mismo, surge la sede social de la Asociación en los términos del Art. 11 del Decreto N 725/07, reglamentario de la Ley K N 3827, el cual será tenido como válido para esta Inspección General de Personas Jurídicas a todos los efectos legales de notificación, inspecciones y demás, debiendo informar todo cambio en el plazo estipulado en el Art. 12 del mencionado Decreto. La inobservancia de este artículo, dará lagar a aplicaciones de sanciones por parte de la mencionada Inspección General, de acuerdo a lo normado en los Arts. 11 y 13;
Que a fojas 14 obra Acta Constitutiva, Estatuto Social suscripto por las autoridades fs. 2/9, aceptación de los distintos cargos institucionales fs. 11 y 12, inventario patrimonial fs. 13, nómina de socios fs. 10;
Que a fojas 15 obra informe del departamento de Personería Jurídica solicitando documentación a completar para culminar el trámite, así mismo, a fojas 16 se realiza la presentación por parte de la Asociación Civil de la documentación solicitada;
Que a fojas 25 adjunta nota enviada por el Inspector General solicitando la documentación faltante, respondiendo la entidad a fojas 26;
Que de fojas 27/36 consta copia certificada del Acta Constitutiva y Estatuto Social volcado a Libro de Actas de Asambleas Generales, previamente autorizado con las firmas pertinentes;
Que habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por Ley Provincial N 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su Estatuto Social se ajusta a los preceptos legales en vigor:
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas a esta Inspección General de Personas Jurídicas, por Ley K N 3827 Art. 9, Inc. a, Art.
33 y 45 del Código Civil;
Por ello;
El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1.- Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la asociación civil denominada:
Asociación Civil 16 de Diciembre, constituida y con domicilio en la Calle Los Álamos N 2695 de la localidad de General Roca, Departamento General Roca de la Provincia de Río Negro, el día 20
de mayo de 2014 y apruébese su Estatuto Social obrante de fojas veintinueve 29 a treinta y seis 36 del expediente aludido.
Art. 2.- Inscríbase, la misma bajo el número:
Tres Mil Ciento Seis 3.106.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, por intermedio del Departamento de Mesa de Entrada de este Organismo remítase la presente al Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para su efectiva publicación y archívese.Dr. Félix San Martín, Inspector General de Personas Jurídicas.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/07/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha28/07/2014

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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